Don Domingo María Franceschi y Castro, de esta vecindad, dijo que sus padres don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro fundaron con el principal de 3 000 pesos, fincados en un mesón nombrado de las Ánimas en esta ciudad, una capellanía que obtuvo el Presbítero don José Ignacio de Echagaray, y que habiendo fallecido éste, debe recaer el beneficio en un hijo del comparente, que lo es el joven Manuel Franceschi, de acuerdo a la escritura de fundación. Situación en la que el actual patronato no ha querido hacer el nombramiento a causa de estar encaprichado en un error, por lo que se tendrá que acudir al juzgado de capellanías de este obispado. Por lo cual, el comparente otorga poder especial a don José Antonio Sánchez y Angón, vecino de la ciudad de Puebla, para que en nombre y representación de su persona, derechos y acciones se presente en los juzgados de la Puebla de los Ángeles y solicite se declare pertenecerle la mencionada capellanía al nominado joven Manuel Franceschi.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOMISANTLA, CANTÓN DE
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Un ciudadano que asentó llamarse Juan de Dios Pérez y ser vecino del cantón de Misantla, otorga poder a don Felipe Cortés, de esta vecindad, para que en su nombre perciba y cobre de todas y cualquiera persona las cantidades y bienes que le adeuden; y se lo otorga general para todos los pleitos que al presente le ocurren o en lo sucesivo se le ofrecieren.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODon Antonio Rodríguez Rojo, residente en este suelo y vecino en territorio del cantón de Misantla, hizo manifestación de un documento, en el cual, los acreedores de Antonio María de Casas le conceden seis años de esperas para que cumplidos les pague los créditos que les debe bajo las condiciones que se mencionan. Asimismo, dijo que estando llano a prestar por don Antonio María de Casas, su hermano político, la caución que va referida en dicho documento, otorga que, siempre y cuando le concedan a Casas sus acreedores las esperas de los seis años en los términos que explican las cláusulas que contiene dicho documento, se constituye como su fiador liso y llano pagador del déficit que tal vez resulte, si vencidos los seis años no verificase el pago dicho Casas, ni alcanzaren sus bienes para satisfacer los créditos de los acreedores, en cuyo evento de no ser bastantes los bienes de dicho deudor, Rodríguez Rojo satisfará el resto de su propio peculio, sujetando a dicha responsabilidad la hacienda de ganado que posee en términos del cantón de Misantla.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl señor Esteban Guinot, dijo que desde principios de abril último, recibió la cantidad de 2 800 pesos que por influencia de don Juan Francisco de Bárcena, se le mandaron franquear por el juzgado de capellanías y obras pías del obispado de Puebla, mismos que se obliga a redimir en el término fijado en la escritura que formalizó el señor don Joaquín de Haro y Tamariz, y que se ratificará en la hipoteca que otorgará el señor don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad, pagando el 5 por ciento anual. Asimismo, se obliga el comparente a satisfacer dicha cantidad, de manera que el señor Bárcena no tendrá perjuicio alguno y sujeta la responsabilidad en un rancho y en cuanto en el labrare y aumentare, sus llenos, enseres, utensilios y todos los demás bienes que en la actualidad posee y en futuro adquiera. Dicho rancho se ubica en el cantón de Misantla, cuyos linderos son por el norte con el desemboque del arroyo de Pedernales, debajo de Gallineros; por el oriente el mismo arroyo de Pedernales hasta su nacimiento; por el sur, del nacimiento de dicho arroyo a la boca del Chapachapa; y por el poniente con el río del Palmar para arriba hasta la boca de Chapachapa. Por último, el comparente consiente se tome razón en los libros de hipotecas de este cantón y el de Misantla, quedando advertido el señor Bárcena de que la toma de razón de aquí se ha de verificar dentro de 6 días y la de Misantla dentro de veinte.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon José María Nadal, vecino del Morro de Boquilla, en el cantón de Misantla y presente en este suelo, otorga que da poder especial a don Pedro Bon y Cornide, vecino de Veracruz, para que en su representación, diligencie el cobro de cantidad de pesos que le adeuda la federación y de lo que percibiere y cobrare, formalice los recibos, cartas de pago y demás instrumentos que le sean pedidos. Asimismo, lo confiere para que en el evento de no conseguir el pago lisa y llanamente, practique cuantas gestiones sean necesarias, ocurriendo a los juzgados, tribunales superiores, ministerios, oficinas y demás autoridades que importe.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOUn ciudadano que expresó llamarse José María Nadal y ser vecino del Morro de Boquilla en el cantón de Misantla, otorga poder especial a don José María Bausa, residente en esta villa, para que en su nombre cobre 16 250 pesos 4 reales que le adeuda la Hacienda Federal de esta República, a cuyo fin practique las gestiones que estime conducentes.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO