El Gobernador, Alcalde, principales y demás naturales del pueblo de Orizaba, arriendan a Juan de Moya, un mesón que tienen en este pueblo, por el tiempo de 2 años, en precio y cuantía de 120 pesos de oro común.
Mesones
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Don Miguel de Mendoza, Gobernador; don Juan García y don Baltazar del Castillo, Alcaldes; don Diego de Castañeda, Juan de los Ángeles, Pedro Hernández y Diego Hernández, Regidores, y demás naturales del pueblo de Orizaba, arriendan a Andrés de Lebrija, el mesón que ellos han tenido por tiempo y espacio de 2 años, por precio de 120 pesos de oro común.
Andrés de Lebrija traspasa el arrendamiento del mesón, que en virtud de escritura pública, los naturales del pueblo de Orizaba le otorgaron por tiempo de 2 años, a Pedro Sánchez Galeote, por el tiempo que resta con los indios e indias al servicio y todo lo demás anexo al mesón.
Marcos Hernández Linares y Felipe Hernández, Alcaldes; Juan Hernández y Vicente García, Regidores; y Pedro Hernández, Cándido García, Alguacil Mayor; y Simón Hernández, indios principales del pueblo de Maltrata, mediante lengua de Juan García, dijeron que arriendan el mesón de dicho pueblo a Andrés de Lebrija, por tiempo de un año por razón de 40 pesos de oro común.
Parecieron los indios naturales y principales del pueblo de Acultzingo, en nombre de su comunidad, mediante y por lengua de Gaspar Dávalos, dijeron que arriendan el mesón del dicho su pueblo a Juan Mejía, por tiempo y espacio de un año y por precio de 60 peso de oro común.
Domingo Sánchez, vecino del pueblo de Orizaba, vende a Gabriel Bravo, vecino de este pueblo, medio solar de edificar casa, el cual compró a Alonso Mirueña, vecino de este pueblo, que linda con otro medio solar del susodicho y con las espaldas del descargadero del mesón de este pueblo, el cual vende junto con un jacal y piedra que hay en dicho solar, por precio y cuantía de 41 pesos de oro común
Don Manuel José Bellido, vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, tutor de doña María Luisa, doña Manuela Josefa, don José Valentín, doña Rafaela Josefa y don Dionisio Ángel Salvo; herederos de doña Ángela Francisca del Pino, mujer del difunto don Bartolomé Salvo, otorga que adjudica a doña Manuela Josefa Salvo, de estado doncella de 26 años de edad, el Mesón de las Ánimas situado en la plaza principal de esta Villa, y el otro Mesón que llaman de San Antonio ubicado en la calle Real de este pueblo, y también los muebles de ambos mesones; asimismo la casa situada en la esquina del callejón del Diamante. El total adjudicado suma 9, 789 pesos 7 reales.
Justiniano, Ignacio JoséAnte el Capitán Juan de Sámano y Quiñones, Alcalde Mayor de Jalapa, el gobierno indígena del pueblo Jalapa solicitó licencia para dar en arrendamiento un mesón que la comunidad nativa tiene en la plaza pública, con cuya renta pagan los tributos a Su Majestad; otorgada la licencia, los Alcaldes, Alguaciles y principales indígenas, arrendaron el citado mesón a Luis Hernández, vecino de esta provincia, por tiempo de tres años y a razón de 150 pesos de oro común anuales.
Carrillo, LuisDon Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, otorga en arrendamiento a don José Cordera, del mismo comercio y vecindad, la casa mesón que nombran de Las Ánimas, situado en la Plaza principal de esta Villa, de edificio alto y bajo, con las habitaciones, caballerías, cocina y los demás muebles que le son anexos y de que tienen formado su inventario o minuta extrajudicial, y con exclusión de las tiendas y trastiendas de los portales, cuyo arrendamiento es por el término de 7 años, siendo expresa condición que aunque fallezca alguno de los dos contenidos en esta escritura, siempre ha de cumplirse este arrendamiento por los herederos o albaceas. Lo arrienda en 35 pesos mensuales.
Cardeña, Juan FranciscoEl Alférez Miguel Jerónimo Maldonado, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de doña María Jiménez, viuda que fue de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, su legítima mujer, tutora y curadora de sus menores hijos y del dicho difunto; en virtud de su poder, otorga que da en arrendamiento a Juan Fernández de Ávila, vecino de esta villa, una casa de piedra y madera que se compone de una sala; dos tiendas, la primera por armar, y la otra de armadura de tabla; y un mesón de hospedería de pasajeros. Lo arrienda por tiempo de cuatro años que empezaron a correr desde el primero de julio del presente año, en precio de 300 pesos cada uno. El arrendamiento se realiza bajo las condiciones siguientes: Es condición que el arrendatario se obligue a que cumplido el primer tercio del arrendamiento entregue al arrendador los cinco cuartos terminados, con sus divisiones de tablas que tiene empezados en dicho mesón; es condición que a cuenta de este arrendamiento el arrendatario ha recibido la cantidad de 300 pesos.
Morera de Silva, Juan