Don Diego Hidalgo de Truijillo, vecino del pueblo de Jalapa, en nombre y con facultad de la señora Condesa de la Mejorada, vecina de la jurisdicción de Tepeaca, ha recibido 2, 000 pesos en diferentes géneros y mercaderías que le ha entregado don Mateo de Arcila y Lizarralde, mercader y vecino de Jalapa, de quien se da por entregado y a la paga de dichos 2, 000 pesos obliga a dicha señora y causante en las cargas de trigo que importasen que se han de entregar puestas en sus haciendas a favor de dicho don Mateo, al precio de 4 pesos y 3 reales la carga de trigo, para el año de 1732.
MERCADERÍAS
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[El Capitán] Sebastián de Acosta, residente en esta villa, vecino del lugar de Santa Cruz de Tenerife, una de las islas de la Gran Canaria, hijo de Salvador de Acosta y Juana [roto], otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco en donde acaeciere su muerte y sepultado en el convento de San Francisco, y sino en la iglesia parroquial de dicho lugar. Señala es casado con Inés María de Cámara y Murga, quien no llevó nada al matrimonio y él tenía sólo el menaje de casa y una casita de piedra y barro en el lugar que llaman Las Norias, y han procreado cinco hijos. Tiene cuentas y 100 cargas de trigo con su hermano, don Jerónimo de Acosta, a quien le dio orden de venderlas para que se paguen sus deudas y el resto se lo entregue a sus albaceas. Deja varios bienes en poder de Andrés Morera y otros con don Felipe Fernández de Viveros, vecinos de la Veracruz. Tiene echa remisión a la ciudad de San Cristóbal de la Habana de la cantidad de 12 000 pesos y 6 reales los cuales pertenecen a diferentes interesados de las islas Canarias [roto], por conocimiento y carta que tiene de don Manuel de Mirallas de haber recibido y quedar asegurado en su poder. Declara que a don Juan José de Fao, vecino de la ciudad San Cristóbal de la Laguna, le trajo diferentes efectos que vender de su cuenta [a la ciudad de Maracaibo] cuya cantidad le trajo en cacao, y de su liquidación le pertenecen 4 500 pesos. Declara que dejó orden a don Juan de Vera, vecino de la ciudad de Maracaibo, para que cobrase dos mil noventa millares de cacao pertenecientes al señor Fao, para que cobrados los remitiese a la Veracruz a entregar a don Gaspar Sáenz Rico para que su neto producto lo tenga a la orden de dicho don Juan José de Fao. Declara que, de cuenta de don Juan Puldon y Ángel Ginori, vecinos del puerto de la Otava [Orotava], se les entregue lo que conste en su libro de cuentas. Declara que, de cuenta del Muy Reverendo Padre Fray Juan de Neda, de la Orden de San Francisco, se le entreguen 200 pesos. Señala que de la cofradía de Nuestra Señora Regla tiene 30 pesos que manda se entreguen a don Juan González Cabrera; también, tiene 45 pesos de los cuales la mitad pertenecen a Nuestra Señora de los Afligidos [roto] hospital de la Laguna y la otra mitad a la cofradía de las Benditas Ánimas del puerto de Santa Cruz. Tiene en su poder cantidades de pesos que pertenecen a diferentes personas que se debe entender que en este su testamento han de ser pagadas y satisfechas de acuerdo con las cuentas y memorias de su libro de los 12 000 pesos y 6 reales que están en poder de Mirallas en la Habana. Manda que de sus bienes se den 100 pesos a su cuñado don Antonio de la Cámara. Nombra por sus albaceas a don Gaspar Sáenz Rico, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y al Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, su hermano, y por su falta a don Manuel de Mirallas, para que recoja y aperciba los efectos que de su cuenta llevare y constare por conocimiento y en el puerto de Santa Cruz y Tenerife; y a la dicha su mujer por tenedora de bienes y tutora y curadora de sus hijos. Nombra por únicos herederos a sus hijos. Tiene un pendiente en la ciudad de México con don Juan Jerónimo de Tolosa, de una escritura de 3 900 pesos pertenecientes a su compadre don Juan José de Fao, manda a sus albaceas recauden dicha cantidad y la remitan a su dueño, rebajando todos los costos, y en caso de dicho otorgante fallezca saquen los autos y se remitan para que por ellos y por la información se reconozca que dicha cantidad pertenece a él.
Zonder titelJacinto de Ledos [y Pasos], vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Portonobo [Portonovo] en el Reino de Galicia, hijo legítimo de Antonio de Ledo [Ledos] y de Alberta de Opasso [Opazo] y Saavedra, vecinos de dicha villa, otorga su testamento en el cual ordena se dé a los padres del convento de San Antonio dos hechuras que tiene de su devoción, una de cristo crucificado hecha de marfil, que mide media vara de alto, y otra de la Limpia Concepción, también de marfil, para que las pongan en la capilla de la Tercer Orden, donde ha de ser enterrado. Declara la cantidad de 1 551 pesos que le deben diferentes personas, vecinos de esta villa como de la ciudad de los Ángeles y Nueva Veracruz, asimismo, jura no deber a ninguna persona. Declara por bienes una tienda de diferentes géneros de Castilla y de la tierra y de otras partes. Declara ser casado con doña Gertrudis López [de Guzmán], hija legítima de Bernardo López [de] Guzmán, difunto, y de doña María Martín Lomelín, vecina de esta villa, con quien procreó un hijo llamado Antonio de Ledos, niño de catorce a quince meses de edad. Dijo que cuando contrajo matrimonio tenía un caudal de 5 000 pesos y que los padres de su esposa le dieron como dote la cantidad de 2 276 pesos. Declara le es deudor Roque Martín, vecino del puerto del Príncipe en la isla de la Habana, de la cantidad de 431 pesos por concepto de mercaderías y géneros que le dio para vender a su cuenta, y que para su cobranza tiene otorgado poder al Capitán Juan de Chavarría y don Gregorio Peña, y a Alberto de Opasso [Opazo], vecino de la isla. Nombra como albaceas a Gaspar Rendón y a Juan Joseph [José] Coronado, vecinos de esta villa. Asimismo, nombra por tutor y curador de su hijo a Gaspar Rendón, su albacea y tenedor de bienes, y como herederos a su hijo y a su mujer.
Zonder titelJoseph [José] de Mañas, vecino de esta villa de Córdoba, padre y universal heredero de Fernando [de] Mañas [y Soto], difunto, dijo que por cuanto su hijo le era deudor de 1 731 pesos que lo importaron diferentes mercaderías que Baltazar Díaz [Pérez], mercader y vecino de la ciudad de los Ángeles, le dio a su crédito para la tienda del dicho su hijo, en el cual se constituyó por su fiador en cantidad de [roto] por un vale que otorgó a favor de Marcos [Ramírez]. Y para que haya persona por su parte para que cobre dicha herencia, otorga poder especial a don Fernando del Monxe [Monge] y Mendoza, para que en su nombre y representación pida, demande, reciba y cobre de los bienes y albaceas de dicho difunto, la cantidad de 2 431 pesos con más lo que hubiere de herencia, parezca ante los señores justicias de Su Majestad y haga los pedimentos, requerimientos, citaciones, protestas y todo lo necesario.
Zonder titelEl Tesorero don Juan Ortiz de Rosas, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Diego de Palma, vecino de esta villa y próximo a realizar viaje a la ciudad de México, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre, judicial o extrajudicialmente, a Juan Díaz, vecino de la ciudad de Tlaxcala, el procedido de 65 varas y tres cuartas de paño de Castilla acanelado, “las 32 varas y las 34 varas plateado”, que le dio al otorgante para que las vendiera en tierra adentro en el año 1710, asimismo, le cobre 18 pesos en reales de resto de un poco de tabaco.
Zonder titelCorrespondencia entre Juan Alonso Camacho y Juan Morera de Silva, Escribano, en la cual Camacho le habla de mercaderías y de Juan Gutiérrez, quien está haciendo cosecha de tabaco. Menciona que no se ha remitido azúcar ni panela, que si enviara se vendería bien, porque ahora “vendrá menos con haberla hecho bajar [roto] del enemigo, que parece se [ha sosegado este] porque ya se fueron del paraje [donde] estaban sino es que vuelven. Juzgo los despacharan breve, han entrado cuatro navíos, tres de Caracas…”
Zonder titelDon José Antonio de Quesada, vecino de Guanajuato y residente en Jalapa, ha recibido de don Antonio Sáenz de Santamaría, vecino de España, la cantidad de 4, 649 pesos 5 reales, en varias mercaderías de Castilla que ha comprado en la presente feria, mismos que se obliga a pagar en este pueblo en un plazo de 6 meses que corren a partir del 18 del corriente.
Domingo [de] Merodio, vecino de esta villa, en nombre de Balthazar [Baltazar] Díaz Pérez, vecino y mercader de la ciudad de la Puebla, otorga que ha recibido de Francisco Machado, vecino de esta dicha villa, “ciento setenta y [roto]” y tres reales por los mismos que el susodicho estaba debiendo a Baltazar Díaz de cantidad de mercaderías que le dio de su tienda; por tanto le concede carta de finiquito.
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