Pedro Sánchez Monge, vecino de la provincia de Jalapa, natural de la Villa de Chiclana, Ducado de Medina-Sidonia, dio carta poder a Diego Sánchez Barragán, vecino de Cádiz, para que pueda vender en su nombre todos sus bienes en la Villa de Chiclana, compre mercaderías, y pueda traer a sus hijos a esta Nueva España.
MERCADERÍAS
78 Archivistische beschrijving results for MERCADERÍAS
Sebastián Salguero, que vino en la presente flota, recibe de don Francisco Escalante, vecino de Jalapa, 797 pesos y 5 tomines de oro común, valor de ciertas mercaderías que le vendió en la nueva ciudad de la Veracruz.
Cristóbal de Salazar, mercader, vecino de Jalapa, y Juan de Sosa del Castillo, confitero, vecino de la nueva ciudad de la Veracruz, se convinieron en esta forma: que el dicho Cristóbal de Salazar se obligó a entregar a Juan de Sosa una tienda en este pueblo con 600 pesos de mercaderías, para el día de Pascua de Navidad del presente año, y el dicho Juan de Sosa se comprometió a comprarle la referida cantidad en mercaderías, de contado, el día del entrego de la tienda.
Don Juan Mateo Fermín, vecino de México y residente en Jalapa, otorga que debe a don Silvestre Villar, la cantidad de 2, 001 pesos 6 reales en plata doble, por el valor total de varios efectos de Castilla que le tiene comprados en la presente flota, y se obliga a pagarlos dentro de todo el mes de enero de 1778 en la parte y lugar que le señale.
Don Antonio Carrera y Aramburu, vecino de la Villa de Nuestra Señora de la Asunción de Aguascalientes y residente en este pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don José María Lasquetti y don Matías Fernández de Rábago, compañeros y vecinos de España, residentes en este pueblo de Jalapa, la cantidad de 5, 000 pesos por concepto de varias mercaderías de Castilla, los cuales pagará el 15 de septiembre de 1773; para asegurar la deuda hipoteca 8, 000 pesos que otorgará don Pedro Gaitán y 1, 907 pesos de la otorgante.
Juan Antonio de Villanueva, vecino de esta jurisdicción, dijo que Juan Antonio de Esain, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, por hacerle bien y buena obra le dio cantidades de pesos y diferentes géneros de mercaderías para tratar y contratar como lo ha hecho en esta jurisdicción, y respecto a que Antonio Villanueva le es deudor de todas ellas, otorga que se las cede, renuncia y traspasa para que como suyas propias las recaude y cobre en virtud de escrituras, vales, cuentas de libro, confesión de partes.
El Capitán Miguel Castellanos de Ibarra y Ezpeleta, vecino de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, residente en el pueblo de Jalapa, tutor y curador de un hijo menor de Pedro Miguel de Thormes, su yerno difunto, en cuya representación como hermano de Juan de Thormes y en cuenta de pago de la herencia, declara haber recibido del Alférez Sebastián de Flores Moreno y de doña Gertrudis de la Gala y Thormes, sus albaceas, 8, 168 pesos y 3 tomines de oro común por la tercia parte del caudal que dejó Juan de Thormes en los Reinos de Castilla en poder de don Andrés Martínez de Murguía; confiesa que dicha cantidad la recibió en mercaderías que remitió compradas en España a precios corrientes con el mencionado caudal.
José Antonio de Santa Ana \"Alías\" Cagigas y Gertrudis Margarita Velásquez Zavala, marido y mujer, vecinos del pueblo de Jalapa, dijeron que deben al Capitán José Camino y Velasco, Juez Oficial Real de las Cajas de Veracruz, 1, 621 pesos 1 tomín, mismos que por hacerles bien y buena obra les ha prestado en reales y géneros de mercaderías y cosas comestibles de su tienda, por lo que se obligan a pagar 621 pesos y 1 tomín al despacho de los azogues que están en el puerto de San Juan de Ulúa.
Gregorio Fernández Mantilla y don Luis Ruz Sotomayor, vecinos del pueblo de Jalapa, declaran han recibido de doña Maríana de la Cruz Flores Moreno Moreno, viuda del Capitán Luis González de Lucena, 2, 879 pesos 6 reales en varios géneros y mercaderías así de la tierra como de castilla, más 120 pesos 2 tomines en reales de contado, sumando un total de 3, 000 pesos de oro común, los cuales se obligan a pagar bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
Diego Prieto de Alarcón, don Francisco de Castro, don Juan Matías, don Santiago Andino Trechuelo, don José Manuel de Arechaga, entre otros vecinos de la Villanueva, todos del comercio y universidad de mercaderes de la ciudad de Cádiz en España quedados de la última flota a cargo del Marqués de Mari, otorgan poder especial a don Manuel Agesta en primer lugar, y en segundo a don Martín de Embila, vecinos de la Ciudad de México, a ambos con igual facultad, para que en sus nombres parezcan ante el Rey y superior gobierno, Real Audiencia y tribunales superiores e inferiores que residen en la Ciudad de México, a reclamar y suplicar bajo la venia debida, sobre la nueva providencia dada por la real contaduría de alcabalas de la ciudad de México para la paga de las ventas que hubieren hecho de las mercaderías que les quedaren.