José Antonio de Acosta, mercader y vecino de este pueblo de Jalapa, vende al Alférez Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, una casa construida de piedra y lodo cubierta de teja, incluyendo un solar y que mide 26 varas de frente y 53 de fondo, linda al frente con la Calle Real que va de la plaza para el Camino Real de la Veracruz, y con casas de Diego de Castro y Pascual de Castro, por el fondo con solar y casa de María de Acosta, por el sur y por el oriente con casa de don Diego de Castro y Gamboa y por el poniente con casa del vendedor, por el precio de 446 pesos y 5 reales.
MERCADERES
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El Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Antonio Millán Quijada, mercader y vecino de esta villa, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, que se compone de sala, recamara y otros cuartos, edificada en medio solar de 25 varas de frente y 50 varas de fondo, en la calle Real que sale de la plaza Pública para abajo camino de la Veracruz, que linda por una parte con casa de la morada del dicho Antonio Millán Quijada; por otra con casa del Capitán don Gregorio Martínez de Solís; por el fondo con casa y solar de José Pascual de Canoas Pérez; y hace frente con casa que fue de la morada de don José Gómez Dávila. Cuya casa es la misma que compró de don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta dicha villa, en precio de 1 250 pesos a censo redimible; y al presente la vende por precio de 1 250 pesos de oro común, que sobre ella se han quedar en censo redimible a razón del 5 por ciento en cada un año, y por lo consiguiente se ha de obligar el dicho Antonio Millán Quijada a dar y a pagar por sus tercios corridos cada cuatro meses al dicho don Hipólito del Castillo, mientras no quitare y redimiere el valor de dicha casa, la cual la vende con permiso y consentimiento del dicho Hipólito del Castillo, y cuyos réditos empezaran a correr desde el día de esta escritura en adelante y bajo las condiciones que se mencionan en el acta.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALFrancisco Estévez, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a José Pascual de Canoas Pérez, vecino de ella, una casa baja de cal y canto cubierta de teja, que se compone de una sala, cocina, corredor y caballeriza, edificada en medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, en la calle Real que sale de la plaza Pública para el camino de la ciudad de la Veracruz, linda por una parte con casa y solar de los herederos del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera y por otro con casa de Isabel de Rojas, y por las espaldas y fondo con casas de Antonio Millán Quijada, hace frente calle en medio con casa de Jorge Salmerón. La vende en precio de 400 pesos de oro común que por ella le ha de pagar, los 200 de ellos para fin del mes de julio de este corriente año y los otros 200 pesos para fin del mes de julio de 1706. Por último, estando presente José de Canoas otorga que acepta la escritura y para seguridad del pago de la deuda hipoteca la citada casa.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBartolomé de Lecea y su mujer, María de la Cruz [de Villanueva], vecinos de esta provincia, venden a Lucas Cardeña Malpica, vecino y mercader de Jalapa, un solar ubicado en el camino real que va para la Veracruz, linda con solar de Francisca Ramírez, viuda, y por la otra, con solar y casa de Diego Sánchez, Teniente de Alguacil Mayor de esta provincia, y por la otra parte, con la fuente de Techacapa, libre de censo, hipoteca y otra enajenación por el precio de 15 pesos de oro común.
Petrona de Arauz, parda libre, viuda de Pedro de Licona, vecina de Jalapa, otorga que debe y se obliga a pagar a los herederos de Juan de Thormes, que fue mercader, en este caso al Alférez Sebastián de Flores Moreno, su albacea, la cantidad de 500 pesos que le ha prestado por hacerle buena obra, cuya cantidad pagará en 2 años con los réditos de 5% que empezaron a contar a partir del 22 de mayo, y para la segura paga, hipoteca su casa baja de cal y canto ubicada en la calle que va al Calvario, al poniente colinda con calle que sale de este pueblo para el Camino Real, al norte con otra calle que atraviesa y sale a la antecedente, al sur con casa y solar que fue de Cristóbal de Zárate, que se halla libre de censo, empeño e hipoteca.
María López de Villardoy, viuda de Francisco Machado, por interés propio; y Miguel de Salcedo, vecino de esta villa de Córdoba, curador de Juan, Josefa, María, Ana, Nicolasa y Francisco Machado hijos de dicho difunto; en virtud de la licencia que les otorgó la Real Justicia de esta villa, la cual usan para vender a don Cristóbal Calderón, vecino y mercader de esta villa, a saber la casa que quedó por bienes del difunto Francisco, baja de piedra y madera cubierta de teja, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública para el camino Real que va para la Nueva ciudad de la Veracruz, fabricada en solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, que por una parte linda con casa de los herederos de Jorge Salmerón y por otro lado, calle en medio, con casa de don Ignacio de Tembra y Simanes. La vende con sus entradas, salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbre, libre de empeño, censo e hipoteca, al precio de 1 000 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMaría de Zúñiga, vecina de esta villa de Córdoba, viuda mujer que fue Pedro Canales de la Feria y Medina, otorga que vende a Gaspar Rendón, mercader y vecino de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de teja que se compone de dos salas una alta y otra baja, cercada de palos, cubierta de teja, que tiene en esta villa, en la calle que de la plaza Pública de ella sale para el camino de la Nueva ciudad de la Veracruz; linda por el oriente y norte con casa del Capitán Mayor don Gregorio Martínez de Solís, por el poniente con medio solar accesorio al de dicha casa que pertenece a Rosa de la Candelaria mujer de José Pascual de Canoas Pérez, y por el sur con casa y solar del Capitán [roto] López del Castrillo, la cual dicha casa está en medio de un solar de 25 varas de frente; la vende por precio y cantidad de 500 pesos en reales de contado.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Manuel Martín, mercader español, vecino de este pueblo de Jalacingo, y Tomás Francisco, indio natural vecino de este mismo pueblo, Mayordomos actuales de la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción cita en la iglesia parroquial de San Bartolomé de este dicho pueblo, otorgan en arrendamiento a Julian de Aburto, dueño de recua y vecino de San Miguel Perote, medio sitio de ganado mayor de uno perteneciente a la dicha cofradía en los llanos del Camino Real que va para Perote, con merced del agua que baja de la Sierra de Perote junto al hospital, por tiempo de 5 años comenzando desde el 1 de enero de 1724, por la cantidad de 50 pesos de renta anual.
Domingo de Oliver, vecino de Jalapa, dio en arrendamiento a Bartolomé de Castro, mercader, vecino de este pueblo, una casa baja que tiene en la esquina de la plaza pública de él y calle que sale para el camino que va para la Veracruz, por tiempo de tres años, a partir del día 8 del presente mes y año, al precio de 55 pesos de oro común anuales.
Benito Rendón, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de Juan Camaño, difunto, vecino que fue esta villa, por cuanto Juan Camaño en su testamento dejó como única y universal heredera de sus bienes a su alma, por la presente impone 1 700 pesos de oro común, de los bienes que quedaron de dicho difunto, sobre su persona y bienes a censo principal redimible, especialmente sobre unas casas que tiene en esta dicha villa, de cal y canto y cubiertas de teja, en esquina de la calle que de la plaza Pública sale para el camino que va a la Nueva Veracruz, con 25 varas de fondo cercado y las 26 en que está fabricada dicha casa, compuesta de dos salas bajas y una alta, que linda por el oriente con casa y solar de Mariana Martín; por el sur con solar y casa de Melchora de Ávalos; y por el norte hace frente, calle en medio, con solar del Regidor don Gaspar Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente]; y por el poniente con casa y solar de Francisco Machado, calle en medio. Obligándose a pagar 85 pesos de réditos anuales a los capellanes y patronos de la capellanía que se fundó con los bienes del difunto.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL