Andrés Vázquez y Doña Aldonza Clara de Vargas, su legítima mujer, vecinos de Jalapa, dieron poder cumplido, cesión y traspaso, a Antonio de Dueñas, mercader, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, para que pueda pedir, recibir y cobrar judicial o extrajudicialmente del ingenio nombrado San Sebastián Maxtlatlán, 2315 pesos de oro común que dicho ingenio del debe de plazo cumplido, según consta de la obligación firmada por el Capitán Don Fernando Ruiz de Córdova y Arellano y Miguel de Tramoya, difuntos, como dueños del dicho ingenio, a favor de Doña Aldonza de Vargas, Doña Ana Francisca Matamoros y Doña María de Vargas, abuela, madre y tía de la otorgante. Y cobrados los referidos 2315 pesos con sus réditos, los haya para sí, por razón de otra tanta cantidad que Antonio de Dueñas les pagó.
MERCADERES
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Esteban Martín Morón, mercader, residente en este pueblo de Jalapa, se obligó a pagar al Capitán Francisco García López, vecino de Jalapa, 1000 pesos de oro común por razón de otros tantos que le prestó de contado para comprar géneros, luego que se los pida, sin plazo alguno.
Juan Díaz de la Cueva, como principal deudor, y Lorenzo Romero, dueño de recua, y Alonso Díaz de la Cueva, maestro de sastre, como sus fiadores, se obligaron a pagar a Gaspar de Thormes, mercader, vecino de Jalapa, 9 quintales y medio de purga llamada de \"Jalapa\", que valieron y montaron 94 pesos de oro común, para la Navidad que viene del presente año, con las costas de la cobranza.
El Capitán Don Gaspar de Herrera, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, residente en este pueblo de Jalapa, se obligó a pagar al Capitán Francisco de Echeverría, su cuñado, vecino y mercader de la ciudad de México, 7000 pesos de oro común que le ha suplido y prestado en reales en diferentes partidas, menos el valor que se hiciere en España de 33 quintales de purga de Jalapa, que remitió por su cuenta el otorgante y ha de percibir por la suya el dicho capitán Francisco de Echeverría, cada y cuando se los pida, con las costas de la cobranza.
Bartolomé Díaz, vecino de esta provincia, se obligó a pagar a Cristóbal de Lozana Salazar, mercader, vecino de Jalapa, 190 pesos de oro común, precio de tres mulas aparejadas y un macho, a 47 pesos y 4 tomines cada uno, en esta manera: la mitad cuatro meses después de la fecha de esta escritura y la otra mitad de allí en otros cuatro meses corridos.
El capitán Roque Gutiérrez de Ceballos como albacea de su hermano el racionero Boecio Gutiérrez, se convino con don Francisco Escalante, mercader, vecino de Jalapa, en dar por finiquitadas el uno con el otro, todas las cuentas, dares y tomares que tuvo con su hermano Boecio Gutiérrez.
Cristóbal de Lozana Salazar, mercader, vecino de Jalapa, haciendo de deuda ajena suya propia, se obligó a pagar por Francisco Luis, mulato libre, vecino de Naolinco, 480 pesos de oro común de una ejecución, a Francisco Estupiñán o a quien su poder hubiere, para dentro de los tres meses siguientes.
Francisco Martín, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Alonso Guilarte, mercader residente en esta provincia, 312 pesos de oro común, precio de 6 mulas de arria, en esta manera: 156 pesos para fin de octubre del presente año y los 156 pesos restantes, para fin del mes de abril de 1619.
Manuel Hernández, mercader, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Bartolomé Buzón,vecino de la nueva ciudad de la Veracruz, y a Francisco Luis, vecino de este pueblo, 500 pesos de oro común, por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado en Veracruz, en esta manera: 260 pesos para fin de septiembre y los 240 restantes para fin del mes de octubre del presente año.
Francisco de Escalante, mercader, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Esteban de Valladares, mercader, su compañero en una tienda que tienen en este pueblo, para que lo represente en todos sus pleitos, causas civiles y criminales y para que pueda cobrar cualesquier pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías, bienes raíces y muebles que le debieren; especialmente, para que pueda comprar a crédito en la Veracruz o en otra parte, mercadería de creas, ruanes, fardos, frutas de Castilla, pipas de vino y lo obligue a la paga en los tiempos y plazos que concertare.