El Alcalde Mayor de esta jurisdicción, el señor Cura de este pueblo y vecinos, dijeron que han convenido por iguala con el médico Manuel Francisco de Velasco, vecino de México, para que a ellos y a sus familiares los asista en las curaciones que se les ofrezcan, por el tiempo de 3 años, que empezarán a correr desde el 15 de agosto del presente año, ofreciendo pagarle anualmente 462 pesos 4 reales.
MÉDICOS
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Don Francisco Hidalgo, Médico aprobado por el Real Tribunal del Protomedicato de este reino, dijo que acordó con los vecinos de este pueblo para curarlos y asistirlos en sus enfermedades, nombrándose en esta escritura las personas, condiciones y cantidades que pagarán; dicha iguala será por 3 años, empezando a contarse desde el 8 de marzo próximo, señalando tanto vecinos y médico que cumplirán lo estipulado en ésta y se obligan con sus bienes.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, dueño de hacienda y vecino de esta Villa de Xalapa, se constituye en fiador de don Francisco Hidalgo, Médico Examinador, con título de Visitador de las Boticas de esta villa, quien se obliga a presentar anualmente ante los ministros de la Real Hacienda de Veracruz, una relación jurada de los emolumentos, resueltas y condiciones que sucedan durante los 4 años que dure en su cargo el mencionado Francisco Hidalgo.
El Capitán don Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que hace gracia y donación al Doctor don Gregorio Ballesteros y Picaso, que lo es de medicina, vecino de la ciudad de México, de un esclavo negro de su propiedad nombrado Tiburcio, que será de edad de doce años poco más o menos, nacido en su casa, hijo de José y de Lucía, negros, también sus esclavos; cuya donación hace por el amor, voluntad y buenos afectos le tiene a dicho doctor.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Muros en el Reino de Galicia, Arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Juan Camaño e Inés Camaño, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se digan por su alma, la de sus padres [y las] de su intención 1 000 misas. Ordena que de sus bienes se den 25 pesos para la obra material de la santa iglesia parroquial y 25 pesos para la del Señor San Antonio de esta villa. Declara no estar casado y no tener hijos. Declara tuvo compañía con Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa, en el trato de diferentes mercaderías, la cual terminaron extrajudicialmente quedando separados y cada uno con su principal y ganancias. Es su voluntad se den de sus bienes 200 pesos de oro común a Gertrudis López [de Guzmán], niña de quince años de edad, hija de Bernardo López [de Guzmán] y de María [Martín] Lomelín, vecinos de esta villa, para ayuda del estado que elija. Declara por bienes una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, ubicada en la calle Real de esta villa, que va del mesón a la plaza Pública y hace esquina, fundada en solar de 50 varas de frente. Otra casa contigua a la anterior, que compró en almoneda de los bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, con el cargo y gravamen de 800 pesos pertenecientes a Joseph [Josefa] Marcela de la Rosa, hija y heredera de dicho capitán. Declara por bienes un negro esclavo nombrado Joseph [José], de veintisiete años de edad, que compró a Juan Pacheco, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Declara que el Licenciado don Bernardo de Valdivia [de las Roelas], Cura Beneficiario de San Pablo Soquitlan [Zoquitlán], obispado de la Puebla de los Ángeles, le debe 96 pesos resto del valor de un esclavo negro que le vendió. Nombra como albacea y tenedor de bienes a Benito Rendón, vecino y mercader de esta villa, y como albacea a Pedro Trillo de Figueroa. Nombra como heredera a su alma, para que con sus bienes se funde una capellanía de misas rezadas que goce juntamente las del purgatorio, sus padres y demás de su intención.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJosé Martín, vecino del pueblo de Medellín, jurisdicción de la ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, con poder de don Diego Ignacio de Valverde y Barrios, vecino de dicha ciudad, otorga que vende al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, Alcalde Ordinario en ella, un negro esclavo de dicho su parte nombrado Manuel, casta Congo, que será de edad de dieciocho años, el mismo que hubo y compró del Bachiller don Diego Nieto, Presbítero, Médico, vecino de dicha ciudad; lo vende por esclavo cautivo en precio de 250 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que ha recibido de Domingo Mucio, vecino de ella, 1 050 pesos de oro común en reales, los mismos que se obligaron a pagar Miguel de Prado, Médico que fue de esta villa, como principal, y el dicho Mucio como su fiador, por escritura de 29 de mayo de 1699; de cuya cantidad se dio por entregado, otorgó carta de finiquito y cancelación de la citada escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REALDon Manuel de Garaita, vecino y mercader de esta villa, otorga poder especial a don Francisco Carlos Galván, Médico, residente en esta villa, para que en nombre y en representación de su persona venda una mulata, su esclava, nombrada Rosa que se le huyó de esta villa con su hijo, por el precio que ajustare al contado o al fiado. En caso de no hallar comprador se la traiga consigo a esta villa y habiéndolo otorgue la escritura de venta que le fuere pedida.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Hidalgo, vecino del pueblo de Jalapa, Profesor de Medicina, otorga poder especial a don Francisco Maniau y Ortega, vecino de la Ciudad de México, para que en su nombre se presente en el Real Tribunal Protomedicato de dicha ciudad y pida, gane y obtenga el título de Comisario Visitador.
Mister Francisco Oliverio Doucet, natural de Truarivier [Trois-Rivières], en el bajo Canadá, hijo legítimo de Juan y de Magdalena de Amino, él difunto y ella vive en el lugar expresado, estando enfermo hizo la declaración siguiente: Que es casado con Luisa Julia Querteoison, residente en París de Francia y no tienen ningún hijo. Que en esta ciudad tiene un baúl con ropa, dos caballos y algunas cuentas pendientes de cantidades que le deben. Que en su casa habitación de Veracruz tiene su librería, muebles y demás cosas. Que tiene cuentas a su favor en la casa de los señores Duport y compañía en Veracruz. Que le son deudores varios como sigue: El cónsul inglés en Veracruz 4 onzas, por curación del vómito del canciller y una onza por curación de la cocinera; los señores Leverger Hermanos cuatro onzas por curación del señor Perret, 4 onzas por Mister Agustín su dependiente, cuatro onzas por Francisco el criado y 4 onzas por el cocinero; y tiene recibido a cuenta 4 onzas del señor Perret; don Modesto Ville, señor Médico, vecino de Veracruz, 30 pesos; Ortega, Cirujano del hospital de San Carlos de Veracruz 3 onzas; don Pedro Cullen, comerciante de Veracruz, 100 pesos; la casa de Perret en Veracruz está encargada de los negocios del señor Bellange, quien falleció en Perote, y por sus honorarios le adeuda 100 pesos; el señor Fulton por compra de muebles de casa que son sobre 300 pesos; el cónsul americano que reside en Veracruz le debe 4 onzas por la curación de una americano que falleció; el señor Francisco Colombet que pasó a México 64 pesos de curación de vómito. Que debe 2 onzas a la casa de Levi y Briavoine; 200 pesos a Adoue Hermanos. Que todo lo que se recoja de su pertenencia se remita a los señores Jewitl [Jewett] y Condo de esta ciudad que lo remitirá al señor Alejandro Bellange socio de la casa Duport Hermanos de Veracruz. Que en su carpeta en Veracruz se encontrará una memoria que tiene formalizada y firmada en cuya disposición declara su última voluntad y la persona que es su albacea, que es don Alejandro Bellange, cuyo nombramiento ratifica.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO