MATLAQUIAHUITL, LUGAR DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0052 · Pièce · 1717/07/02
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente de Capitán General en ella; y el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa por Su Majestad, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Facultad que usan para dar en arrendamiento a don Luis Martínez de Figueroa, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra y 352 varas más en cuadro en el paraje que llaman El Potrero, en el rincón de Matlaquiague [Matlaquiahuitl], que linda por la parte de arriba con el cerro grande, por la parte del sur con tierras de Gertrudis Pérez de Arroyo y cortando para el oriente esta un zapote mamey, y del zapote por lindero a una casa destruida que fue de Sebastián Milián, y por otra parte una ceiba cortada que hace el lindero con tierras de Diego de la Cruz, cortando a la esquina del cerro que está cerca de las casas de Domingo Merodio, junto a la laguna y cerro grande, hacia el oriente que es a la banda del cerro de Matlaquiague [Matlaquiahuitl] y hacia el poniente los cerros de esta villa y comienza desde la ceiba de pastle que está en la esquina del cerro del chorrito de agua. Dichas tierras fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el Real Gobierno. El arrendamiento se hace por tiempo de nueve años, que empezaron a correr y contarse desde el primero de marzo pasado del presente año, por precio de 27 pesos y 4 reales y medio anuales, y se obligan a que este arrendamiento le será cierto y seguro y no le serán quitadas dichas tierras, pena de darle otras y tan buenas en la parte y lugar por el mismo tiempo y precio. Con la condición de que Luis, solo ha de sembrar y cultivar en las tierras y no meterá en ella a otra persona, en caso contrario, se anulará esta escritura para que el cabildo la pueda volver a arrendar a otra persona. En caso de que Luis y sus herederos quieran traspasar estas tierras o rancho, tendrán que notificarlo al cabildo para que reconozca si son buenos o malos inquilinos y sepan a quien deben cobrar el arrendamiento. También es condición, de que en dichas tierras no se debe sembrar caña dulce ni hacer casas de cal y canto [roto] que fueren precisas para las cosechas de sus tabacales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0110 · Pièce · 1715/10/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y su Procurador Mayor, por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, otorga nuevamente en arrendamiento a Juan Moreno Pimienta, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra ubicadas en el paraje que llaman el Rincón de Matlaquiaguatl [Matlaquiahuitl], que linda por la parte que arrima al cerro grande y por otra parte con 2 caballerías de tierra de Manuel Pérez de Rivera, difunto, y cortando para el oriente está un zapote mamey, y de dicho zapote al rancho de Sebastián Milián, y por otra parte una ceiba que hace el lindero con tierras que poseyó Diego de la Cruz, cortando a la esquina del cerro que está cerca de las casas de Domingo Merodio, junto a laguna y ceiba grande, hacia el oriente que es a la banda del cerro de Matliaguiaguitl [Matlaquiahuitl] y hacia el poniente de los cerros de esta villa y comienza desde la sierra de pastle que está en la esquina del cerro del chorrito de agua. Las arrienda por otros nueve años que corren y cuentan desde hoy día de la fecha de esta escritura, en precio de 28 pesos anuales.

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