Don Diego Francisco Uptón de Fuentes, vecino de la Ciudad de Sevilla y residente en este pueblo de Jalapa, cargador de la flota a cargo del Marqués de Mari, otorga poder especial A Don Juan Andrés de Uriarte, Don Juan de Araujo Sotomayor y Don Justo Caballero, vecinos de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que pidan, demanden y reciban diferentes efectos que tiene remitidos con don Bernabé González de Amaya.
MARQUESES
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Francisco de Aguilar, uno de los Regidores del número de esta villa de Córdoba a título despachado por el Excelentísimo Señor Marqués de la Laguna, Virrey que fue de Nueva España, otorga poder especial a don Isidro Manuel de Rocaforte [Roccaforte], [roto] del Consulado de la ciudad de Sevilla, y en su ausencia u otro impedimento a don Andrés Pérez de Mansilla [Mancilla], Secretario de Gobierno, para que en su nombre parezcan ante Su Majestad y en su Real y Supremo Consejo de Indias presentando testimonio del su real título, pidan y supliquen sea servido confirmarle dicho oficio de regidor.
Zonder titelDon Diego Francisco de Upton de Fuentes, residente en este pueblo de Jalapa, y vecino de la Ciudad de Sevilla, cargador de la flota a cargo del Marqués de Mari, con poder de don Manuel de Castañeda, vecino de la Ciudad de Granada, informa que recibió de don Cristóbal Riveros y don Manuel de Riveros, hermanos y vecinos de la Ciudad de Ayamonte, la cantidad de 7, 875 pesos, escudos mexicanos, los que han pagado, dándose por cancelada la escritura de dicho adeudo.
Don Gabriel Sancho Ferrer de Espejo, vecino de este pueblo, dijo que su difunto padre, don Juan Sancho Ferrer de Espejo, dejó una huerta nombrada El Bombero, junto a la Ciudad de Sevilla, la cual había enajenado don Diego de Saldarriaga, tutor que fue de don Juan Sancho, y quien había dado por dicha finca algunos reales, por lo que don Gabriel otorga poder especial en primer lugar al señor Marques de Campo Verde, y en segundo a don Antonio Montenegro, su hijo, para que en su nombre puedan proceder a liquidar la referida cuenta a doña Antonia Montero, viuda de don Diego Saldarriaga.
El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de primer voto por ausencia del Alcalde Mayor de esta villa; el Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda]; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leyva [Leiva] y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos que actualmente tiene esta villa, otorgan poder al Capitán y Sargento Mayor Francisco de Contreras Chávez, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Mayor y vecino de la ciudad de Sevilla y Prior de Consulado; a Pedro de Castro y al Capitán Joseph [José] de Castro, vecinos de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, para que en representación del Cabildo, parezcan ante el Rey y Real Consejo de Indias y pidan se confirme y apruebe la sentencia dada y pronunciada el año pasado de 1687 por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, en el pleito que contra esta villa, sobre sus [privilegios] y tierras [roto], siguió el Doctor Martín de Solís Miranda [roto] Consejo de Su Majestad y su Fiscal en dicha Real Audiencia; asimismo, se confirme a dicha villa el título de su fundación y erección dado por el Excelentísimo señor Marqués de Guadalcázar siendo Virrey de esta Nueva España por el año de 1617; y también pidan se le conceda a esta villa todo lo que fuera para su mayor utilidad y aumento como si cada cosa fuese especificada en este poder. Por otra parte, si en atención a que por dicha sentencia se manda, se remita testimonio de esta sentencia y de los autos en dicho pleito hecho al Supremo y Real Consejo de las Indias y que según sea entendido por este Cabildo, aunque dicho testimonio esté sacado no sea remitido en la flota que está surta en el puerto de Veracruz para salir al Reino de Castilla, que pidan a su Majestad y Real Consejo de Indias se sirvan de que se les despache Real Cédula para que dichos señores de esta Real Audiencia manden que dicho testimonio se despache a dicho Real Consejo como está mandado, respecto de haberlo podido hacer este Cabildo. También dan este poder para que el ajuste de gastos de lo contenido en este poder y de lo que por [roto] de dicho Alguacil Mayor Francisco [de] Solís como Procurador Mayor que es de esta villa a los susodichos se les debiere, saque los pesos de oro, reales y maravedís de cualesquier personas que se los quieran dar, obligándolos a pagarlos con los premios e interese que corrieren, y para todo lo referido y su dependiente en cualquier manera dan este poder con libre y general administración.
Zonder titelDon Francisco Javier González, vecino y mercader de la Ciudad de México, debe a don Juan Teodoro, cargador de la presente flota a cargo del señor Marqués de Mari, vecino de la ciudad de Sevilla y residente en este pueblo de Jalapa, la cantidad de 4, 035 pesos y 4 reales y medio de oro común en calidad de préstamo, los cuales se obliga a pagar durante el año próximo de 1731.
Don Diego Francisco Upton de Fuentes, residente en este pueblo de Jalapa y vecino de la Ciudad de Sevilla, cargador de la flota a cargo del Marqués de Mari, con poder otorgado por don Martín de Arrate, comerciante y cargador de dicha flota, el cual le concede la facultad de cobrar, deudas propias y consignaciones por escrituras de obligación, poder, facturas o conocimiento.