Alonso Moreno se obliga a comprar en la ciudad de México, de quien y a cuyo cargo [roto] la venta del tributo del maíz de los pueblos de Zongolica y Tequila a cualquier precio que lo hallare y de lo que montase o fuese cobrado del tributo, quedase para en cuenta de las dichas 450 fanegas de maíz y que si acaso no fuesen en él rematados los tributos de los dichos pueblos que le pagaría a Luis de Oliveros a 12 reales por fanega.
MAÍZ
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Luis de Oliveros, beneficiado de Tequila, se obliga a pagar a Juan de Leiva, vecino de la ciudad de Tepeaca, 200 fanegas de maíz, las cuales son por razón de un esclavo negro nombrado Gaspar, que del susodicho recibió comprado.
Luis de Oliveros, beneficiado del pueblo de Zongolica, vende a Alonso Moreno, 450 fanegas de maíz que tiene en la estancia de Omealca y en el pueblo del Naranjal, a razón de 10 tomines la fanega.
Antonio de Aguilar se obliga de pagar a Luis Muñoz Bravo, 100 ducados de Castilla de 11 reales cada uno, los cuales son por razón de 100 fanegas de maíz que el susodicho recibió compradas.
Gabriel Bravo, Escribano de Su Majestad, se obliga de pagar a Alonso de la Rosa Calderón, 66 pesos de oro común, los cuales son por razón de 55 fanegas de maíz que del susodicho recibió compradas.\n\n
Juan Ramírez Pinedo, vecino del pueblo de Tecamachalco, se obliga de pagar a Alonso de la Rosa Calderón, 275 pesos de oro común; los 200 de ellos por dos caballerías de tierra y los otros 75 pesos como pago de 100 fanegas de maíz.
Melchor Felipe del Moral, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Francisco Luis, de la misma vecindad, 5 249 pesos y 6 tomines de oro común, precio de 410 reses, toros y novillos, 37 yeguas, 40 bueyes de tiro, 69 carneros, 19 cabras, 4 mulas aparejadas, 3 hachas y una media luna del servicio del ganado, sementeras de maíz, un esclavo negro llamado Domingo, de tierra Angico, un carro herrado con sus aderezos, un caballo de silla, un garabato, romanas y pertrechos de carnicería, y las deudas de indios laboríos; los cuales dará en esta manera: 2 624 pesos y 7 tomines, para fin del mes de marzo, los 2 624 pesos y 7 tomines restantes, para fin del mes de septiembre de 1619, todos juntos, puestos en este pueblo.
Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, vecino de esta jurisdicción, dio en arrendamiento a Pedro Montiel, vecino de ella, un rancho que tiene en sus tierras nombrado Chiltoyaque, por tiempo de seis años, con cargo que ha de hacer tres chozas, una troje y labrar las tierras, por lo cual durante los primeros tres años no le pagará nada, y en cada uno de los tres restantes, le ha de dar 30 fanegas de maíz o 30 pesos en reales.
Don Alfonso Jiménez, de esta vecindad, labrador, otorga que debe y se obliga a pagar a don Francisco Egües, 600 pesos, resto de una cantidad mayor, valor de una partida de maíz, de lo que se obliga a satisfacer en 3 meses, y para la seguridad del pago ofrece como fiadores a doña Albina y doña Gertrudis Jiménez, sus hermanas.
Ignacio José Aburto, vecino del paraje de las Trancas, camino de Veracruz en términos de esta Villa, otorga que debe al Señor Gaspar de Iriarte, Subdelegado de esta Villa, la cantidad de 412 pesos y 7 reales, en el que ha salido alcanzado en el ajuste y liquidación de las cuentas que han tenido de ventas de maíces, los cuales se obliga a pagar dentro de un año.