Don José Gutiérrez de Palacio, Comisionado de la Compañía de los Cinco Gremios Mayores de la Villa de Madrid de la flota pasada y residente en este pueblo, dijo que el 23 de junio de 1775, don Ramón Valiente y don Juan Valiente, entregaron escritura de obligación a favor de él y de don José Antonio Martínez del Campo, por la cantidad de 322, 876 pesos 7 ½ reales, de los cuales hoy tiene recibidos 150, 000 pesos en reales efectivos, que agregados a los 50, 000 pesos que les entregaron el 4 de noviembre de 1776, hacen el total de 200, 000 pesos de los que les entregaron a los Valiente carta de pago y el resto se los pagarán en los primeros azogues.
MADRID, VILLA DE
7 Description archivistique résultats pour MADRID, VILLA DE
Don Antonio de Izurieta, vecino de la Villa de Durango, se obliga a pagar a los señores Montes y compañeros Comisionados de los Gremios de la Villa de Madrid, en este pueblo de Jalapa, la cantidad de 12, 283 pesos 1 y medio reales en el periodo de 2 años.
Don Diego García de Herrera, residente en esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto don Manuel González de Don Antona [sic], residente en esta villa, por hacerle amistad y buena obra le prestó 400 pesos de oro común, con cargo y calidad que se los había de librar en el Comisario don Francisco García de Herrera su hermano, vecino de la villa de Villaconejos en los Reinos de Castilla, para [roto] que entregue y pague los 200 de ellos al Licenciado don Juan González de Don Antona [sic], Abogado de los Reales Consejos y vecino de la villa de Colmenar de Oreja y los 200 restantes a doña Antonia María Ferrera Ujea y Rosellón, vecina de la villa de Madrid. Asimismo, el otorgante señala que adeuda a dicho Manuel González de Don Antona 250 pesos de oro común. Declara que por la dicha cantidad de 400 pesos tiene dadas dos libranzas sobre dicho su hermano, cada una de 200 a favor de Antonia y don Juan, además le ha dado otra libranza de los 250 pesos sobre don Ignacio de la Herrán y Terán, vecino de la ciudad de Oaxaca, quien le es deudor resto de un [roto] que a su favor hizo de cantidad de 400 pesos [roto] de dichos 250 pesos tiene entregados a dicho don Manuel González. Y por la presente otorga que se obliga a que las dichas dos libranzas de 200 pesos que tiene dadas sobre el dicho su hermano, son ciertas y seguras y las pagará; asimismo, el dicho don Ignacio de la Herrán y Terán pagará puntualmente a don Manuel González los 250 pesos. Por último señala que si para la primera flota que de los Reinos de Castilla venga al puerto de la Nueva ciudad de la Veracruz, pasado un mes de su llegada no estuvieren pagados los 650 pesos, se obliga a pagarlos en reales de contado a dicho Manuel González.
Sans titreJuan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de esclavos que tiene en la ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 del presente por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista de Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende al Capitán Bartolomé Sánchez de Orduña, vecino de la ciudad de los Ángeles, seis piezas de esclavos varones y una pieza hembra de dicha armazón, en precio de [430] pesos de oro común cada pieza, montando las siete 3 010 pesos, cantidad que el Capitán Sánchez se obliga a pagar de la siguiente manera, 1 000 pesos en el despacho de la flota al presente surta en el puerto de San Juan de Ulúa, a cargo del General don Pedro Corbete, y los 2 010 pesos restantes dentro de seis meses, en reales de plata doble del cuño mexicano o columnario, saliendo como su fiador el Capitán Joseph [José] Blanco.
Sans titreJuan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de negros esclavos que tiene en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 del presente por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista con Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende a Juan Daza, vecino de esta villa de Córdoba, una pieza hembra de dicho armazón por esclava cautiva sujeta a servidumbre, habida de buena guerra y recién venida de su tierra, por precio de 405 pesos de oro común, cantidad que se obliga a pagar Juan Daza, saliendo por su fiador el Capitán Joseph [José] Blanco.
Sans titreJuan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de negros esclavos que tiene en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 de enero de este año por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista con Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa, un varón y una hembra de dicha armazón por esclavos cautivos sujetos a servidumbre, bozales y recién venidos de su tierra, por precio de 430 pesos de oro común cada uno, cantidad que se obliga a pagar Joseph [José] Blanco, saliendo como su fiador el Capitán Francisco Valero Grageda [Grajeda]. Joseph [José] Blanco declara que dicha compra la hizo para Juan Moreno, pardo libre, vecino de la jurisdicción de San Antonio Huatusco, en la estancia de Acatengo.
Sans titreDon Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Ordinario por Su Majestad de esta villa de Córdoba y provincias de San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, otorga que da su poder a don Diego Orejón de la Lama, “su hermano [roto] del Consejo de Su Majestad y Secretario Mayor del Ayuntamiento de la villa de Madrid, y a don Pedro Christobal de la Alcasar [Cristóbal de la Alcázar], Caballero del Orden de Calatrava [roto] que convengan y siendo su Majestad servido hacerme dicha merced me remitan a este reino [roto]. Otro se los doy este poder para que me puedan obligar hasta en cantidad de 8 000 pesos que tomen a mi crédito […] y me obliguen en toda forma a que daré y pagaré en este reino la cantidad de pesos que en virtud de este poder me obligue”.
Sans titre