Don Alonso Juan, Gobernador del pueblo de Jalcomulco, Pedro de la Cruz y Marcos de la Cruz, Alcaldes; y Juan Andrés, Escribano, en su nombre y de los naturales de ese pueblo por quienes prestan voz y caución, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete de esta jurisdicción, que en cumplimiento de la órdenes para la continuación de las escuelas, por la presente se obligan a pagar a José Vanegas, vecino de Atempa, 60 pesos de oro común en cada año, más 12 fanegas de maíz, ración de chile y sal cada semana, un huevo todos los viernes por cada muchacho que asistan a la escuela, con cargo y calidades de que les ha de enseñar la lengua castellana y en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir ocupando en esto 3 horas por la mañana y 3 por la tarde.
INTÉRPRETES
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MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0194
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Stuk
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21/05/1722
Part of Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0203
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Stuk
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15/07/1724
Part of Archivo Notarial de Xalapa
Andrés Martín, Gobernador de Jalcomulco; Juan de la Cruz y Sebastián Fabián, Alcaldes; y Juan Andrés, Escribano, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete, que en cumplimiento de lo que se tiene mandado de que en todos los pueblos haya escuela, se obligan a pagar durante 3 años a Andrés Pimentel, residente en esta jurisdicción, 60 pesos de oro común en cada año, que han de correr desde el 1 de agosto venidero, más 12 fanegas de maíz, un huevo cada viernes por muchacho, y el maestro será obligado a tener escuela para enseñar la lengua castellana, a leer y escribir; a los muchachos desde los 5 años hasta que tomen estado y las muchachas hasta los 10 años.