El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, vecino de ella y dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y en representación de su persona fenezca la demanda que está siguiendo ante los señores de la Real Audiencia contra bienes del Provincial don Francisco Cruzado, por los cuatrocientos treinta y tantos pesos que le quedó debiendo.
Zonder titelHACIENDAS
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Don Gaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a don Alonso de Quintanilla [roto], Caballero del Orden de Alcántara, vecino de la ciudad de México, una mulata su esclava nombrada Juana, natural de dicha ciudad, que será de edad de veintidós años poco más o menos, misma que hubo y compró de doña Ignacia María de Monterde y Antillón, mujer del Coronel de Caballería don Nicolás Ventura de Chavarría, del Orden de Santiago, Corregidor y Gobernador que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz. La vende por esclava cautiva sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de deuda, empeño, hipoteca y de otra enajenación y sin asegurarla de ninguna enfermedad, al precio de 366 pesos de oro común en reales en que se incluyen la alcabala y escritura.
Zonder titelEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Miguel de Amasorraín, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y representación de su persona parezca ante el Señor Licenciado don José Joaquín de Uribe Castejón y [Medrano], de la Orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, su Oidor de la Real Audiencia de esta Nueva España, Juez Visitador de Protocolos de Escribanos, de Numeración de Tributarios y Privativo Conservador del Real Estanco de Naipes en este Reino, y de la averiguación de la arribada del bergantín nombrado Nuestra Señora de la Soledad al río de Guasaqualco [Coatzacoalcos] y desembarco de su tropa; y pida a su señoría se sirva dar por libre la partida de ganado mayor que el día 27 del corriente [roto] el alcalde mayor de esta villa, que le remitía don [Lucas] Alonso de Sarabia, dueño de haciendas de ganado mayor en la provincia de Guasaqualco [Coatzacoalcos], por cuenta de 2 000 pesos que le debe en [valor] de un vale.
Zonder titelDon Francisco Valero y Espinosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, Alcalde Ordinario en ella por Su Majestad, otorga poder especial a don Juan Gómez de Espinosa, su tío, vecino del pueblo de Cosamaluapam [Cosamalopan], para que en nombre y en representación de su persona venda de contado 2 mulatos sus esclavos, uno nombrado José, de edad de veinte años, y el otro nombrado Ignacio, de dieciocho años, en cantidad de 350 pesos cada uno, libres de todos gastos. Mismos que se hallan en Cosamaluapam [Cosamalopan], en razón de ello entregue la escritura o escrituras que le fueren pedidas por el comprador, declare sus vicios, defectos y enfermedades que para lo dicho y su dependiente le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Zonder titelJuan Fernández de Ávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general al Sargento Miguel de Salcedo, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Rey, [señores jueces] de esta Nueva España y demás tribunales superiores e inferiores para que pida términos, ofrezca fianza, oiga autos, sentencias y cualquiera especialidad, que para lo concerniente le da éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar.
Zonder titelDon José de Segura y Seballos [Cevallos], Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, el Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa, otorgan que dan su poder a Baltazar González de Velilla Blanco, para que haciendo de deuda ajena, propia de los otorgantes, obligue juntamente a cada uno de los otorgantes a pagar al Licenciado Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado del partido de San Juan Coscomatepec, Vicario y Juez Eclesiástico, 3 000 pesos a cuenta del precio en que dicho Baltazar González de Velilla [Blanco] compró a dicho Diego Peláez una hacienda de trapiche de hacer azúcar.
Zonder titelEl Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneyra [Rivadeneira], vecino de la ciudad de los Ángeles, otorga que vende al Capitán Tomás López de Sagade, 11 y media caballerías de tierra eriaza, desde donde rematan 3 caballerías que se repartieron a Diego Hernández de Liguarda [Liguada], en que está fundado el trapiche de hacer azúcar de doña Francisca de la Torre [Mercado], viuda y vecina de la ciudad de los Ángeles; dichas tierras lindan hacia el oriente con el monte debajo de Totutla; por el sur linda con una barranca que llaman de Xuchiapa; por el norte con el camino real, que por dicho monte va a la Nueva ciudad de la Veracruz. La venta se realiza en precio de 2 379 pesos de oro común, de esa cantidad 2 000 han de quedar impuestos y cargados a censo principal redimible sobre dichas caballerías, para seguridad de los 2 000 pesos, el comprador hipoteca las citadas caballerías de tierra, así como una hacienda de trapiche de hacer azúcar, que tiene en la misma jurisdicción.
Zonder titelEl Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que 1684 otorgó testamento y posteriormente dos codicilios, pero que a la fecha se le han presentado algunas cosas que añadir y quitar, y por vía de codicilio otorga lo siguiente: Lo primero que por cuanto en algunas de las cláusulas ordenó la libertad de sus esclavos hasta después de la vida de doña Ana González de Velilla, su sobrina, y por la presente revoca dicha disposición y ordena que dichos esclavos sean por todos los días de su vida. También ordena que se pague de sus bienes una lámpara de plata para el santísimo sacramento que mandó hacer por mano del escribano Juan Godínez [Maldonado]. Asimismo señala que en su primer codicilio ordenó que sobre dos casas de su morada que tiene en esta villa de Córdoba se fundase una capellanía, y por la presente es su voluntad que en lugar de dicha capellanía, “para que perpetuamente esté ardiendo la lámpara de plata contenida en la cláusula antecedente” las personas que quedaren en propiedad de las casas sean obligadas desde el día de su fallecimiento para siempre jamás a dar todo el aceite que fuere necesario para que dicha lámpara esté ardiendo de día y de noche. Por último, señala que la persona o personas que obtuvieran su hacienda de trapiche de hacer azúcar, sean obligadas perpetuamente a dar a cuatro mujeres pobres un manto nuevo de seda [roto].
Zonder titelJoseph Gómez Dávila, vecino de esta villa de [Córdoba], otorga que vende a Juan García [de Miranda], vecino de esta villa, una hacienda de trapiche que tiene en esta jurisdicción, en el paraje que llaman La Piedra [ilegible], sus tierras lindan por la parte del sur con tierras de los herederos de Gaspar González; por la parte del norte con tierras del ejido y baldíos de esta dicha villa; al poniente y levante con tierras de que expresan los títulos que tiene entregados. Dicha hacienda se compone de caballería y media, con más suerte de tierras laborias; casas de vivienda labradas de madera y barro, techadas de zacate; una casa de caldera de cal y canto, cubierta de teja; con un trapiche corriente, avíos, aperos, y demás a ella anexa. La vende en precio de 5 000 pesos de oro común, que quedarán impuestos a censo principal redimible sobre dicha hacienda a su favor, con más 300 pesos de oro común [roto] de un censo que está cargado sobre ella a favor del Capitán Nicolás Blanco que hoy pertenece al Capitán [Lope de Iribas]. Y estando presente Juan García de Miranda otorgó que aceptaba la escritura con las calidades y condiciones que se mencionan.
Zonder titelMiguel de Leiva Esparragosa, vecino y Regidor de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, dueño de diferentes sitios de tierras que ha comprado en esta jurisdicción, constando su legitimación en los títulos de ventas, posesiones y composiciones; en atención a que para en su poder una merced hecha por el Señor Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España, de 4 sitios de tierra para ganado menor en los términos del pueblo de [San Antonio] Guatusco [Huatusco], solicita al Señor Capitán don José Gómez Dávila, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, se sirva mandar que el presente escribano la protocolice en el registro del oficio público de dicho cargo para la mayor seguridad y permanencia.
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