Gabriel Fernández de Lara, como principal obligado, y Francisco de Sandoval, como su fiador, vecinos de la jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, se obligaron a pagar a la Masa General de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 304 pesos y medio tomín de oro común, por otros tantos que montaron las semillas, ganados y lana, de la hacienda que tiene arrendada de Doña Catalina de Estrada y de su rancho nombrado Santa Inés, Pago de San Andrés Chalchicomula, del diezmo del año pasado de 1681, para fin del presente mes de diciembre y año de la data. \r\n
HACIENDAS
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Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, viuda del Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, como madre y tutora de Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, poseedora del Mayorazgo que quedó por fin y muerte de su marido, dio su poder cumplido al Capitán Don Antonio de Orduña Loyando para que en su nombre arriende una hacienda de ovejas perteneciente a dicho mayorazgo, situado en términos de la jurisdicción de Tepeaca con sus tierras, pastos, aperos y abrevaderos que le pertenecen, a los plazos y precios que por bien tuviere.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, don José Simón de la Portilla Cabello, don Juan Pensado y don Fernando de Bárcena hacendados y vecinos de la Villa de Xalapa, otorgan poder especial a don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, hacendado también y de esta misma vecindad, para que en defensa de cada uno de ellos y de sus haciendas, exenciones y privilegios, parezca ante los señores jueces, justicias, ministros, juzgados y tribunales de este reino que con derecho deba, donde pida y pretenda concedan, guarden y conserven los privilegios, exenciones, inhibitorias y demás prerrogativas de gracia y de justicia que estén concedidas y se les concedan de nuevo.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de esta Villa, como albacea de sus difuntos padres don Laureano Fernández de Ulloa y doña Margarita Martínez Navarro, vende a su hijo el Capitán don José Arias y Torija, dueño de hacienda e ingenio de hacer azúcar en esta jurisdicción y vecino de esta Villa, una casa de cal y canto cubierta de teja y de edificio bajo, ubicada en la primera cuadra de la calle que de la Plaza Mayor de esta Villa sale para el Camino Real de Veracruz con la que hace frente al norte y del otro lado casa de don Domingo Franceschi, por el oriente con casa de don José Antonio de la Peña, por el fondo que es al sur con solar de otra casa propiedad del difunto padre del otorgante, por el poniente con casa de don Juan Esteban de Elías. La vende en 3 754 pesos y 1 real de los cuales se ha entregado de contado 1 154 pesos 1 real y los restantes 2 600 pesos a réditos sobre dicha casa, 1 000 son por vía de limosna del Convento de San Francisco de esta Villa, 1 000 pesos a favor de la capellanía que servirá don José Antonio Fernández de Ulloa hijo del difunto Laureano, 600 por un depósito irregular a favor del Convento de San Francisco de esta Villa.\t
El Capitán José de Arias y Torija, dueño de haciendas e ingenio azucarero en esta jurisdicción, y don Francisco Javier de Gorospe Irala y Padilla, dueño de haciendas en la jurisdicción de Tepeaca, ambos vecinos de Jalapa, otorgan poder especial a don Francisco Díaz Ladrón de Guevara, vecino y del comercio de la ciudad de la Puebla, para que los obligue como fiadores principales del Bachiller José Ignacio Rodríguez de Roa, Cura del pueblo y doctrina de San Jerónimo Coatepec, en favor de la Tesorería de las Bulas del Obispado de la Puebla, por la cantidad de pesos que importasen las bulas otorgadas.
Don Lino Carasa Jiménez, vecino de este pueblo de Jalapa, dueño de casas, tienda y hacienda de labor, otorga que se constituye en fiador del párroco Cristóbal de Roa, de tal manera que el susodicho enterará a la Tesorería de Puebla, el importe de las Bulas que le señalaren los Ministros de la Real Hacienda, y en caso de no hacerlo lo hará el otorgante, cuyos pagos realizará en cada bienio en reales de contado.
El Capitán de Lanceros de la Costa de Barlovento Cristóbal de Ortega, dueño de hacienda de ganado mayor, hijo de los difuntos don Luis de Ortega y doña María de Escobedo Ladrón de Guevara, vecino de Misantla y residente Jalapa, otorga poder para testar a su esposa doña María Candelaria Romero, y por su ausencia a sus hijos Juan Francisco de Ortega y Antonio Marcos de Ortega, para que ordenen su testamento, en donde declara fue albacea de su suegro, de quien junto con su suegra pagaron las deudas que tenía, de los bienes que quedaron en poder de su suegra, por fallecimiento de ella, su hijo se apoderó de ellos y lo dejó a él con el compromiso de las deudas que tenía su suegro, es casado con dicha María Candelaria, quien llevó a su poder 425 pesos y 1 esclava como dote, y él tenía 200 pesos y 1 esclavo; procrearon 12 hijos, a quienes nombra herederos.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, dueño de hacienda y vecino de esta Villa de Xalapa, se constituye en fiador de don Francisco Hidalgo, Médico Examinador, con título de Visitador de las Boticas de esta villa, quien se obliga a presentar anualmente ante los ministros de la Real Hacienda de Veracruz, una relación jurada de los emolumentos, resueltas y condiciones que sucedan durante los 4 años que dure en su cargo el mencionado Francisco Hidalgo.
Francisco Juárez, mayordomo de la hacienda de ovejas de don Gaspar de Rivadeneira, otorga que da en arrendamiento a Gerónimo [Jerónimo] Sánchez, residente en esta jurisdicción, una venta en el pago que llaman de la Lagunilla, jurisdicción de esta villa, con sus jacales viejos, su casa de vivienda y descargadero, por tiempo de cuatro años. El arrendamiento es por precio de 50 pesos en cada uno de los primero años, y los otros dos, 100 pesos por cada uno de ellos; con cargo y calidad de construir una nueva casa de vivienda de 8 brazas de largo y 4 de ancho cubierta de zacate, además un horno cubierto, jacales y un descargadero en donde paren las recuas, de 10 brazas de largo y 2 de ancho cubiertos de zacate, todo esto lo ha de hacer Gerónimo [Jerónimo] a su costa, sin que por ello se le haya de pagar.
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán [Juan] Flores, [roto] de la hacienda de ganado [mayor] que llaman de [roto], se [obliga] de pagar al [Regidor Antonio] de Brito, vecino de esta villa, cincuenta novillos puestos en el ejido de esta villa, para julio del año que viene de 1647, o antes si llegare la partida de la hacienda que tiene arrendada en tierra caliente de Alvarado; los cuales dichos novillos da y paga por otros tantos que don Alonso Galván debe al Regidor Antonio de Brito [lomelín], por una cédula que tiene de Marcos [de] Villalobos, porque le tenía puesta una demanda, por lo que dicha cédula queda en manos del regidor hasta que esta escritura sea pagada.
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO