Don Bartolomé Salvo, vecino del pueblo de Jalapa, otorga a Felipa Florentina, vecina del pueblo de Coatepec, el arrendamiento de las tierras y haciendas de esta jurisdicción, entre ellas un potrero nombrado Zimpizahua, anexo al Ingenio de azúcar llamado San Pedro Buena Vista, por el tiempo de 5 años, en la cantidad de 80 pesos anuales, con la condiciones que se mencionan en la esta escritura.
HACIENDAS
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Don José de Ugarte, vecino de este pueblo de Jalapa, albacea del difunto don Francisco Pérez de Arellano, instituido por tal en un poder para testar de 13 de febrero de 1760, otorga poder especial a don Juan Manuel Castañón, de esta vecindad, para que en su nombre asista a la cuenta de ganado y demás diligencias de la hacienda y ranchos de dicho difunto que se hallan en la jurisdicción de la Antigua Veracruz.
José Joaquín Mellado Machorro, vecino de Tepeaca y residente en el pueblo de Jalapa, apoderado y administrador de las haciendas y tierras de ganado mayor y menor de la Antigua, que posee don José Ángel de Cuevas Aguirre y Avendaño, otorga en arrendamiento a don Luis de Acosta, vecino de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, las tierras del rancho de la huerta de Coyolillo y Reza de Chicuacentepec, por el tiempo de 9 años, al precio de 61 pesos y 121 fanegas de maíz desgranados, pagaderas en las cosechas de noviembre.
El Capitán Antonio Vázquez Ruiz, dueño de una hacienda de labor de ganado mayor, ubicada en el pueblo de Jalapa, de donde es vecino, otorga poder general a su legítima esposa doña María Antonia Álvarez de Guitián, para que lo defienda y demande, en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales; así como para testar y nombramiento de albacea, junto con el Doctor don José Suárez, Cura de este pueblo, y como herederos a sus hijos legítimos.
Don Juan José Rincón, dueño de hacienda de labor en Perote, otorga que a sus hijos don Salvador Francisco Rincón y don Antonio Ildefonso Rincón, mayores de 25 años, les remite y les alza el dominio y patria potestad que tiene sobre ellos, otorgándoles poder para que administren los bienes que adquirieren y tienen adquiridos que serán como 3, 000 pesos, sobre los cuales no podrán alegar derecho los demás herederos, por haberlos adquirido ellos por trabajo propio.
El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa dijo que Juan Rodríguez de Tejada, mercader vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, fue nombrado tutor y curador de la persona y bienes de Juan José de Thormes, y se aprobó por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de México, afiance la tutela, en virtud del poder que le confirió el mencionado Juan Rodríguez para aceptar, jurar y obligarle a la dicha tutela, proveyó auto el Alcalde Mayor para que aceptase y jurase la tutela y otorgue información de los fiadores que para ella ofrecía y que son don Juan de las Peñas Montalvo; don Tomás Pérez, encomendero; don Dionisio Caro, tratante; don Bernardo Palacios, mercader; don Juan Salvador, mercader; el Capitán de Caballos Corazas, don Bartolomé Murillo de Rueda; y don Diego Bustamante, mercader; todos vecinos de la ciudad de los Ángeles, los cuales le confieren poder para ello al mencionado Juan Rodríguez de Tejada y al Capitán Bartolomé de Castro para los efectos expresados y asimismo por otro poder a don Simón López de Vieira, don Alonso de Arce y Velarde y don Martín Fernández de las Heras, mercaderes y vecinos de San Martín Texmeluca y don Juan de Anguiano, vecino y dueño de hacienda de labor en el partido y doctrina de dicho pueblo, en dicha ciudad de Huejotzingo.
El Capitán José Robledano de Cardeña, don José Pérez de Arellano y don Miguel Gómez de Soto, dueños de hacienda de ganado mayor, vecino de esta jurisdicción, dijeron que al primero se le remataron las carnicerías de vaca y carnero de esta cabecera y pueblos agregados, por 2 años y por 4 en caso de conseguirse su aprobación, que han de correr y contarse desde el primer día de pascua hasta el sábado santo de 1726, con la obligación de dar en ello 7 libras de toro o novillo por un real, 2 libras y 4 onzas de carnero por otro real y 4 libras de ternero.
Gaspar Melchor y Baltazar Melchor, padre e hijo, ambos vecinos del pueblo de Santiago Ayahualulco, doctrina de Ixhuacán, como principales deudores y obligados, y Fernando Bazán de Otero, vecino y dueño de hacienda de labor en el sitio de Perote, se obliga y constituye por fiador y principal pagador, así los 3 juntos de mancomún, a voz de uno y cada uno se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y a los Comisarios de su Cofre y Masa General, la cantidad de 1, 250 pesos de oro común en que se les remataron los diezmos que causan los naturales del partido de Ixhuacán correspondientes a 1709, 1710, 1711, 1712 y 1713 a razón de 250 pesos de oro común en cada uno.
Inés López, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de Juan Díaz de la Cueva, vende a don Fernando Bazán de Otero, dueño de hacienda en el Desierto de Perote, un esclavo de color negro, atezado, nombrado Marcial, de 36 años más o menos, criollo nacido en la casa de sus padres. Dicho esclavo se encuentra libre de hipoteca, sin asegurarlo de ninguna enfermedad pública ni secreta, es casado y no ha cometido ningún delito. La venta se hace en 350 pesos de oro común que ha recibido.
Doña Elena Rodríguez, viuda de Sebastián Pérez de Medina, dijo haber ajustado cuentas, dares y tomares, con el Lic. Don Miguel Pérez de Medina, su hijo, del tiempo que ha administrado su hacienda hasta el día de hoy, en las cuales le tiene alcanzado en la cantidad de 1777 pesos y 4 reales de oro común; y en atención a ello, le da por libre de las demás cuentas que han tenido hasta esta última, para que sus herederos en ningún tiempo se las pidan, porque ha recibido de su hijo en cada un año todo el producto de dicha hacienda.