Don José María Rodríguez Roa, de esta vecindad exhibió un poder otorgado en la ciudad de Puebla a 3 de septiembre de 1836, ante el escribano don Juan Pedro Necoechea, por doña María Josefa de Herrasti y Alba como albacea testamentaria de su esposo don Carlos Díaz de la Serna y Herrero. Poder que usa para vender a don Bernardo Sayago y don Santiago Condon el rancho y molino de San Roque con su edificios, oficinas, tierras, aguas, pastos, y cuanto de hecho y de derecho le pertenece, por precio de 11 000 pesos, de los cuales le han entregado a dicha señora 4 400 pesos, y los 6 600 pesos restantes se le seguirán reconociendo sobre la finca, con gravamen que ello reporta con rédito de un 5 por ciento anual, a favor de los interesados siguientes: a la capellanía que fundó doña Ana Estudillo 600 pesos, a la que fundó el bachiller don Juan Palafox y Mayorga 2 000 pesos, a la que fundó don Rodrigo Fernández de la Calleja 1 000 pesos, a la que fundó doña María de la O Muñoz 1 000 pesos, a la que fundó el ilustrísimo señor don Alonso de la Mota 1 000 pesos, y a la obra pía de la imagen del Carmen que se venera en el convento de San Francisco en esta ciudad 1 000 pesos, siendo los 5 primeros capitales, los mismos gravámenes con que el nominado Díaz de la Serna hubo dicha finca cuando se la vendió don Juan Esteban de Elías como albacea de don Fernando Gómez Muñoz, como consta de escritura de 19 de diciembre de 1803; y el capital último de 1 000 pesos es resto de 1 500 pesos que al tiempo de la compra hecha por Díaz de la Serna quedó reconociendo éste a favor del vendedor Elías, cantidad que tiene pagada por cancelaciones. Los compradores aceptaron las condiciones mencionadas en la presente escritura, y se obligan a continuar reconociendo los réditos de los capitales antes mencionados.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOHACIENDA DEL MOLINO
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Don Manuel Mariano Martínez, vecino del pueblo de Perote, de paso en este suelo, como uno de los hijos y herederos de don Salvador Martínez y de doña Mariana de la Vega, difuntos que fueron del pueblo de Perote; otorga que se constituye y se obliga a responder y a garantizar, con la parte de sus bienes que le corresponda a las proposiciones, posturas, pujas y mejoras que su hermano don José María Martínez haga a la hacienda del Molino, ubicada cerca de la referida población; de forma que su haber y el que a él le corresponda, pueda pedir a adjudicación a remate, hasta entrar en posesión de la finca, cuya paga haga con el haber integro de su pertenencia, para así hacerlo constar a los demás coherederos; y para este fin le confiere poder especial, para que haga todas las representaciones, actos, y diligencias judicial o extrajudiciales que convengan y sean necesarias.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon Francisco Antonio de Miranda, vecino del pueblo de Perote, residente en esta villa, marido legítimo de doña Ana Joaquina Martínez, en quienes se remató la hacienda de los Molinos contigua a Perote, por fallecimiento de los padres de ésta, don Salvador Martínez y doña Mariana de la Vega; otorga poder a don Dionisio Camacho, de esta vecindad, concurra en el Juzgado del Alcalde Primero de este cantón, a ventilar y deducir los derechos de propiedad que así le asisten en el despojo que ha intentado hacerle el vecindario de indígenas del pueblo de Tlacolulan de este cantón, de una parte de los terrenos de la citada finca, introduciéndose en ellos a formar nuevos linderos, atropellando los antiguos en que se le dio posesión a sus causantes habrá el espacio de veintiséis años; haciendo las presentaciones, todos los actos, agencias y diligencias.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONAL