Doña María Josefa Fernández de Ulloa, de esta vecindad, viuda, albacea del finado Capitán Retirado de Milicias don José de Arias, declara que debe por su difunto esposo a don Juan Esteban de Elías, de este comercio y vecindad, la cantidad de 6 000 pesos, obligándose a tener dicho principal en calidad de depósito irregular, por el término de 9 años con causa de réditos del 5% anual a favor de la Venerable Orden Tercera, con hipoteca de la Hacienda Zimpizahua, que adquirió por terminación de la compañía que tuvo en la contigua hacienda o ingenio de San Pedro Buenavista, alias Orduña, con don Pedro López Gómez de Herrera, su actual poseedor. Y cuyo premio de los 6 000 pesos ha destinado el citado Elías, para que se sostenga perpetuamente una misión apostólica con los religiosos de San Fernando de México, que cada tres años bajan a la Nueva Veracruz, para que a su regreso por esta villa puedan en ella predicar y confesar la temporada que tienen de costumbre dedicar en sus misiones, y si hubiera un sobrante del premio de dicho principal se dedique a beneficio del Hospital de mujeres de esta Villa mientras éste subsista, pero si despareciera se deben aplicar en misas a beneficio de las almas del purgatorio, quedando por patrona de esta obra pía la Venerable Orden Tercera.
HACIENDA DE ZIMPIZAHUA
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El Excelentísimo Señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias, y don Javier Arias, hermano de la misma, e hijos ambos y herederos del finado don José de Arias y Torija, otorgan que le confieren su poder especial al Capitán don José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos y acciones, que son idénticos a las de la señora doña María Josefa Fernández de Ulloa en cuanto al objeto a que se contrae este poder, pueda solicitar por vía de depósito irregular y término de cinco años con el rédito corriente de un 5 por ciento, la cantidad de 6 000 pesos, ya sea de las arcas de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otros. Y en consecuencia formalice a favor del interesado la escritura de obligación con hipoteca de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICOLa señora doña María Josefa Fernández de Ulloa, el excelentísimo señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias y don Javier Arias; la primera viuda y albacea del finado don José de Arias y Torija, y los dos últimos hijos y herederos del mismo difunto, otorgan que le confieren poder especial al Capitán José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos pueda tomar por vía de depósito irregular y término de cinco años, la cantidad de 6 000 pesos con el rédito de 5 por ciento anual, ya sea de las arcas de los juzgados eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otra; en consecuencia formalice a favor del interesado o interesados en ese capital la correspondiente escritura, con hipoteca especial de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec, jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, y cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO