Don Javier Arias, de esta vecindad, como dueño de la hacienda de Zimpizahua, situada en términos de este partido y en las inmediaciones del pueblo de Coatepec, que ha estado en pacifica posesión de agua que sirve a sus oficinas y campos, hasta ahora ha sido cortada, dándole otra dirección con notable perjuicio de sus intereses. Por tal situación, otorga poder especial a don Joaquín Guevara, de esta misma vecindad, para que en nombre y en representación de sus derechos y acciones, proceda a recobrar la posesión contra la persona o personas, cuerpos o corporaciones que han causado el despojo.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANOHACIENDA DE ZIMPIZAHUA
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Don Javier Arias, hacendado en este cantón, dijo que por resto de mulada que le franqueó don Pedro Paredes y Serna para fomento de su hacienda, le es deudor a dicho señor la cantidad de 2 427 pesos; así como, por la misma procedencia le es deudor también al propio señor Paredes el Licenciado don Carlos Hernández Viamonte la cantidad de 1 463 pesos, componiendo ambas partidas 3 890 pesos, cuya suma se ha comprometido a pagar por sí solo, sin que Paredes tenga que ver con Viamonte, para cuyo pago pactaron el plazo de un año a partir de principios de julio de este presente, debiendo satisfacer el correspondiente rédito de un 5 por ciento anual; a cuya suma total se le agregan 9 pesos por el costo de la escritura de extensión, quedando finalmente en 3 899 pesos 2 reales. Y en virtud de lo expuesto, otorga que se obliga a pagar a don Pedro Paredes los 3 899 pesos 2 reales, cuyo entero verificará tan luego que se cumpla el año de plazo, con hipoteca de su hacienda de caña, nombrada Zimpitzaua [Zimpizahua], ubicada en la doctrina de Coatepec, la cual se halla gravada en 23 969 pesos 3 reales 3 granos de capitales pertenecientes al Colegio Seminario de Puebla.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl Excelentísimo Señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias, y don Javier Arias, hermano de la misma, e hijos ambos y herederos del finado don José de Arias y Torija, otorgan que le confieren su poder especial al Capitán don José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos y acciones, que son idénticos a las de la señora doña María Josefa Fernández de Ulloa en cuanto al objeto a que se contrae este poder, pueda solicitar por vía de depósito irregular y término de cinco años con el rédito corriente de un 5 por ciento, la cantidad de 6 000 pesos, ya sea de las arcas de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otros. Y en consecuencia formalice a favor del interesado la escritura de obligación con hipoteca de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO