José Antonio de Neira Claver, como principal, el Capitán Fernando Bazán de Otero como fiador, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, de mancomún, deben y se obligan a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de los Ángeles y en su nombre a los señores comisarios de la Masa General 3 640 pesos de oro común, mismos que importan los diezmos que a José Antonio se le vendieron del Curato de Ixhuacán de los Reyes, de los años 1714 hasta 1720, así también los de Naolinco, Tlacolulan y el ingenio que fue del Licenciado Miguel Pérez de Medina, que pagarán en los plazos en la forma que se expresa.
FIANZAS
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Don Juan Francisco de Campo, principal, y don Francisco Miguel de Campo, su padre como fiador, de mancomún, otorgan que deben y se obligan a pagar al Sargento José de Acosta, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 680 pesos de oro común, mismos que importó el traspaso de un trapiche, aperos y la caña del ingenio nombrado Maxtlatlán, cuya cantidad entregarán a Juan Guerrero Vázquez, vecino de la Ciudad de la Puebla, apoderado administrador de doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, 400 de ellos pagará a fines de agosto y el resto para diciembre sin pleito ni litigio alguno.
Don Francisco Pérez de Arellano, dueño de una hacienda de ganado mayor y casas en esta jurisdicción de Jalapa, junto con don Matías de la Mora Castañeda, vecinos de este pueblo, dijeron que por cuanto don José de la Calle, Alcalde Mayor provisto por su majestad de la jurisdicción de Tulancingo habilitado para el despacho del dicho su oficio, le es necesario presentar fiadores para los reales tributos que se recaudan en aquella jurisdicción, como también los correspondientes que afiancen y aseguren los de las reales alcabalas, papel sellado, pulques y otros que sean concernientes a dicho empleo, para lo cual otorgan poder a dicho don José de la Calle para que los obligue como sus fiadores.
Don Lorenzo de Richarte y don José Robledano de Cardeña, como principales y el Capitán Bartolomé de Castro y José Pérez de Arellano, como fiadores, todos vecinos de la jurisdicción de Jalapa, el primero en nombre de don Diego Ignacio de Valverde, otorgan que se obligan a dar y cumplir el abasto de las carnicerías de este pueblo que se remató en ellos, por tiempo de 2 años que correrá desde el día de Pascua en adelante, con obligación de dar durante ese tiempo 6 libras de toro o novillo por un real y 2 libras 4 onzas de carnero por otro real; asimismo se obligan a cumplir las demás condiciones que se expresan en el remate.
Francisco de Thormes, principal; Marcos de Acosta y Julián de Rivera, como sus fiadores, todos vecinos de la jurisdicción de Jalapa, de mancomún se obligan a dar y proveer el abasto de las carnicerías de esta jurisdicción por tiempo de 2 o 4 años, por el remate que se le celebró a don Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, quien se lo cedió a Francisco de Thormes, con las mismas condiciones y calidades, respetando el precio que ha sido costumbre sin que en ese tiempo falte el abasto de los géneros, asimismo se obligan a cumplir todas las condiciones con que les hizo el remate.
El Reverendo Padre Antonio García, de la Sagrada Compañía de Jesús, administrador de sus bienes, Procurador General de la Nueva España y en virtud del poder general que dice tener del Padre Gaspar Rodero, Provincial que fue en ella, para recibir y cobrar cualquier cantidad de pesos que a su provincia pertenecen, otorga que da en arrendamiento a Pedro Vela, vecino de la jurisdicción de Jalapa, y a Juan Martín Blanco, de la misma vecindad, como su fiador, un rancho de ganado mayor nombrado El Lencero, con todo lo que le pertenece de sitios y tierras, cuyos linderos constan en sus títulos, el arrendamiento lo hace por 3 años que corren a partir de esta fecha en 150 pesos de oro común en cada año que ha de pagar por tercios cada 4 meses.
Manuel de Acosta, como principal, Marcos de Acosta y Eugenio de la Peña, fiadores vecinos de la jurisdicción de Jalapa, se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 525 pesos de oro común que le están debiendo de diezmos de los trapiches de Naolinco y de los ingenios de Jalapa, que fueron a su cargo, cuyo pago han de hacer a 50 pesos en cada división, siendo la primera por septiembre y diciembre de este año y el resto en los años siguientes por los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre, hasta terminar.
Don Juan Bravo de Alarcón, vecino de la jurisdicción de Jalapa, salió por fiador de Diego León Bello, preso en la cárcel pública de este pueblo, por un adeudo de 65 pesos de oro común, de los réditos de un censo de 2000 pesos de principal cargados sobre un molino de pan moler, ubicado en el paraje de Sedeño, en favor del Monasterio de San Francisco de Jalapa, y se obligó a pagar los 65 pesos en un plazo de mes y medio.
Don Francisco Pérez de Arellano, vecino de la jurisdicción de Jalapa, fiador de don Laureano Fernández de Ulloa, quien está interesado en los diezmos del curato de Ixhuacán de los Reyes, otorgan poder especial a don Rafael Ramírez, vecino de la Ciudad de Puebla, para que comparezca en la Contaduría de la Iglesia Catedral de la Ciudad de los Ángeles, donde haga postura por los citados diezmos, afianzándolas por tiempo y plazo a dicho Laureano.