El Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Tribunal de la Inquisición de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que por cuanto a tenido diferentes atrasos y pérdidas en su hacienda por ocasión de haberse constituido fiador de diferentes sujetos, gastando de su caudal sin que [roto], y para que en adelante no experimente semejantes [roto] ni atrasos, otorga se obliga a no ser fiador de persona alguna en esta villa ni en su jurisdicción, de ninguna cantidad de pesos ni otras cosas, bajo la pena que se impone de 2 000 pesos de oro común cada vez que lo hiciera, cantidad que aplica a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa.
FELIPE LÓPEZ DEL CASTRILLO, JUEZ RECEPTORFIANZAS
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Miguel de Salcedo, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el día de hoy el Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en ella, por petición que presentó ante el Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad, hizo relación diciendo que entre los bienes de Diego de la Cruz, alias Diego Joaquín, difunto, vecino que fue del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], estaban dos bueyes herrados con el fierro de su hacienda, que con otros le había dado a amansar el Capitán Domingo Mucio, su causante en dicha hacienda, y pidió se le entregasen debajo de fianza que ofrecía. Por lo cual, otorga se constituye como fiador de dicho Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, en tal manera que si al susodicho se le mandara devolver dichos dos bueyes o su valor, lo hará luego de que se le mande o por su defecto el otorgante.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOLos capitanes don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba, como principal deudor; y don Diego de Altamirano y don Juan Álvarez de Rivera, vecinos de esta villa, como sus fiadores y llanos pagadores; otorgan que deben y se obligan a pagar a los señores asesores del cofre y masa general de la santa iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, a saber 1 750 pesos de oro común en reales, los mismos que han importado los diezmos que se le remataron a don Francisco Pibot y Tapia del pueblo de San Pedro Ysguatlan [Ixhautlán] de los españoles, naturales y trapiches pertenecientes a su doctrina y a los años de 1713 a 1717, a razón de 350 pesos anuales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que ha recibido de Domingo Mucio, vecino de ella, 1 050 pesos de oro común en reales, los mismos que se obligaron a pagar Miguel de Prado, Médico que fue de esta villa, como principal, y el dicho Mucio como su fiador, por escritura de 29 de mayo de 1699; de cuya cantidad se dio por entregado, otorgó carta de finiquito y cancelación de la citada escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REALDon Manuel de Rosas Sáenz, Caballero del Orden de Calatrava, y el Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar, dijeron que Su Majestad hizo merced de la Alcaldía Mayor de esta villa y su jurisdicción al Capitán don Francisco Sigler del Rebollar, vecino del pueblo de Cosamaloapan, con el cargo de dar primero las fianzas acostumbradas para el ejercicio del citado empleo. Por tanto, otorgan que dan poder a don Francisco Antonio de Castañeda, Agente de Negocios en la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de México, para que representando sus personas los obligue en el Tribunal de Cajas Reales y Tributos, en cantidad de 2 000 pesos a cada uno, por los que entren en poder de Francisco Sigler durante los cinco años que fuere su cargo dicho gobierno.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Sargento Antonio de Villavicencio, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el Alférez Miguel Jerónimo Maldonado, vecino de esta villa, en virtud de poder de doña María Jiménez, viuda que fue de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, y al presente su legítima mujer, tutora y curadora de la persona y bienes de sus hijos menores y del citado difunto, está siguiendo pleito contra Juan Vázquez y sus menores hijos, herederos de Teresa de Cala, por cantidad de 1 400 pesos, en virtud de escritura de plazos cumplidos procedidos de una casa que se le vendió por bienes del difunto. Asimismo, dijo que sobre dicha casa se trabó ejecución por los plazos cumplidos y se llevó al pregón, resultando una postura de 700 pesos, y considerando que no era equivalente se mandó remitir dichos autos al Pagador don Antonio Lorenzo [de Riascos], quien mandó que se ejecutaren en un mejor postor y de lo procedido se pagará a Miguel Jerónimo y si no alcanzaba que hiciera uso de su derecho contra la otra casa, dando ante todo la fianza de la Ley Real de Toledo. Y habiéndose rematado dicha casa, le fue solicitado a don Miguel Jerónimo otorgar fianza para recibir el pago de su débito, por lo cual le fue solicitada a este compareciente. Y usando su derecho otorga que se constituye fiador de don Miguel Jerónimo Maldonado, en tal manera, de que si se revocara la dicha sentencia por algún acreedor de mejor derecho y se le mandare al susodicho [devolver] la cantidad que hubiese recibido, lo hará luego que sea requerido.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOGaspar Rendón y Antonio Millán Quijada, mercadeles y vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto don José de Carvajal y Contreras, uno de los hijos y herederos del Regidor Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, difunto, su albacea, les tiene ofrecido a los presentes otorgantes por fiadores de la tenencia de los bienes, por cuya razón les ha pedido otorguen la fianza, y por ello se presentan para otorgar que salen y se constituyen fiadores del citado José de Carvajal, en tal manera que tendrá en su poder los dichos bienes inventariados y valuados, y que administrará la hacienda del beneficio de hacer azúcar.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO“Pareció ante el Señor don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su partido y jurisdicción, don Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa, dijo que por cuanto hoy día de la fecha Martín de Salazar, Jacinto Rafael Rodríguez de Salazar y Lorenzo Matías de Olivera, vecinos del pueblo de Orizaba, presos en la cárcel pública de esta villa por orden del juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España, sobre el instrumento que otorgó Diego Jacinto [de Carmona], vecino que fue de dicho pueblo de Orizaba y testamento nuncupativo debajo de cuya disposición falleció, en que pidieron que en atención a estar la cárcel tan corta que sólo se compone de una salita incomoda y no tener donde desahogarse [roto] más de veinte presos y estar vertido de inmundicias, fuesen sueltos debajo de fianzas que ofrecieron junto con el presente otorgante; y por su merced dicho señor alcalde mayor fue admitida la fianza por ser de su satisfacción el otorgante y de su cuenta y riesgo, y como cierto y sabedor que es de su derecho y de lo que en este caso le conviene hacer, en aquella vía y forma otorga que recibe de Pedro Bovell, Alcaide de la cárcel pública de esta villa, las personas de Martín de Salazar, Jacinto Rafael Rodríguez de Salazar y Lorenzo Matías de Olivera presos en dicha cárcel y de ellos se dio por entregado, y se obliga a que guardará carcelería en esta villa y como tal se constituye el otorgante carcelero comentariense y que los entregará cada y cuando que por dicho juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España u otro juez que de la causa conozca se le pidan, pena que en caso de no entregarlos pagar todo aquellos en que fueren juzgados y sentenciados […]”.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, vecina de esta villa, registró una escritura de obligación otorgada por el Capitán Juan de los Santos Cubillos, como principal, y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas y don Nicolás Rodríguez Dávila, como sus fiadores, a favor de la susodicha y de los menores sus hijos, de 4 136 pesos y 4 reales a pagar dentro de dos años con sus réditos de 5 por ciento en cada un año y con hipoteca de sus haciendas que el principal posee y fiadores tienen en esta jurisdicción.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Dionisio Serrano y Perea en nombre de doña Inés María de Serrano y Perea, su hermana, vecinos del pueblo de San Juan Quescomatepeque (Coscomatepec) de esta jurisdicción, registró una escritura de obligación que otorgó el Capitán Juan de los Santos Cubillos, como principal y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas, don Antonio de Leiva Esparragosa y el Alférez José Gómez Dávila, vecinos de esta villa, como sus fiadores de 3 357 pesos a favor de la dicha doña Inés María Serrano y Perea, de sus menores hijos y del Pagador don Juan de Buendía, difunto, para la seguridad del principal el Capitán Juan de los Santos Cubillos hipotecó su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción y los dichos fiadores el Capitán don Lope Antonio de Iribas su hacienda nombrada San Miguel, el Capitán don Antonio de Leiva su hacienda nombrada San Juan Bautista y el dicho Alférez don José Gómez Dávila su hacienda nombrada San José Omealca. La escritura fue otorgada el mismo 31 de julio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO