Bartolomé de Espinosa, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, en virtud de la facultad que por su título se le concede, nombra por su Teniente Ministro Ejecutor y Alcaide de Cárcel de este pueblo a Pedro Ruiz, quien aceptó y dio por su fiador a Tomás de Arreola, vecino de este pueblo.\n
FIANZAS
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Don Laureano Fernández de Ulloa, Alférez Real, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Joaquín Ildefonso de Torquemada, para que lo obligue como fiador y principal pagador en el remate de los diezmos de Coatepec, mismos que se remataran en la Ciudad de Puebla de los Ángeles.
El Tesorero Don Diego de Gamboa, dueño de ingenio de hacer azúcar, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Don José Ceballos y Burgos, para que lo pueda obligar como su fiador y principal pagador en cualquier tribunal, en favor de Su Majestad, en esta Nueva España, donde le tiene hecha merced su Excelencia el Señor Duque de Alburquerque de Justicia Mayor de Jalapa, a que pagará todas las cantidades en que le obligaren, así de tributos, alcabalas, media anata, penas de cámara, fábrica, medio real de secretarios, hospital real, y residencia y juzgado de bienes de difuntos y en otra cualquier cosa que toque al despacho de dicho Don José Ceballos.
Melchor del Moral y Juan del Moral, su hijo legítimo, vecinos de Jalapa, se obligaron, el primero como fiador y el segundo como principal deudor, a pagar a Diego López Maldonado, residente en este pueblo, 485 pesos de oro común que restan de 495 pesos, precio de nueve bestias mulares cerreras, en esta manera: 161 pesos y 6 tomines para el 26 de febrero de 1618, otros 161 pesos y 6 tomines de allí en otros ocho meses, y los 161 pesos y 6 tomines restantes de allí en otros ocho meses.
Agustín Hernández, como principal deudor, y Francisco Martín, su fiador, se obligaron a pagar a Francisco Luis, vecino de Jalapa, 193 pesos y 6 tomines de oro común, por razón de otros tantos que el primero recibió en reales de contado, cuatro meses después de la fecha de esta escritura, todos juntos en una paga.
Don Francisco del Día, vecino del pueblo de Jalapa, ha decidido no ser fiador ni prestamista de cualquier persona, con excepción de don Juan del Día, su legítimo hijo, y de don Juan de Acosta, su yerno, por lo que se impone la pena de 500 pesos, de los cuales 250 pesos son para que se conviertan y distribuyan en la iglesia parroquial de este pueblo, 100 pesos para el culto a la Virgen del Carmen y los restantes 150 para misas en honor de las Ánimas Benditas.
Don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, dijo que se le adjudicaron los diezmos de Naolinco, Tlacolula y Misantla, por subasta pública realizada en la ciudad de la Puebla, por 3 años y a precio de 6, 300 pesos, con un pago anual de 2,100 pesos, y solicitando para el segundo pago a don Juan José de Acosta, don Antonio Gaspar de Acosta, don José Antonio de Acosta y don Miguel Pérez, vecinos de Naolinco, don Ignacio de Guevara y don Manuel de Acosta, vecinos de Jalapa, que fuesen sus fiadores por la cantidad de 350 pesos cada uno, para lo cual solicita la elaboración de un poder especial y un billete de compromiso por dicho adeudo, obligándose junto con sus fiadores a cubrir el costo de los citados diezmos.
Don Miguel Ignacio de Miranda, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Diego Villasante, vecino de la Ciudad de Oaxaca, para que lo constituya en fiador de don Martín José de Alegría, Alcalde Mayor de la jurisdicción de Teotitlán del Camino, por 2, 000 pesos de principal.
Antonio Osorio y Francisco Barradas, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan que tienen recibidos desde el 7 de agosto de 1775, de María Nicolasa Ortiz de Zárate, viuda de Francisco González de Ortega, la cantidad de 1, 940 pesos en calidad de depósito irregular, por espacio de 2 años, durante los cuales pagarán réditos del 5 % anuales y para seguridad de la paga de esta deuda, dicho Osorio ofreció como su fiador a José de Zárate, e hipoteca una casa ubicada en el barrio de Techacapan.
Don Juan Antonio de Llano, don Juan Gómez de Estrada, don Antonio Merino y don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecinos de este comercio, otorgan poder a don Francisco Bazo Ibáñez y a don Pedro de Aicinena, vecinos de México, para que en sus nombres los puedan obligar a cada uno como fiadores llanos y principales pagadores que se constituyen de don Carlos José Garzón, por la cantidad de 2, 000 pesos a favor de la Real Hacienda.