Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa, por la presente se constituye como fiador de Antonio de Guevara, residente en esta villa, en la demanda que éste puso contra Domingo de Noriega, sobre haberle aviado en un tabacal que sembró el susodicho en el paraje que nombran venta de Parada, en esta jurisdicción, habiendo alzado la cosecha de dicho tabaco [y traído] a apilar en la casa de Bernabé de [roto].
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALFIANZAS
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Miguel de Leiva [Esparragosa], Joseph [José] de Leiva Esparragosa y don Juan Gómez Dávila, vecinos de esta villa y dueños de trapiche de fabricar azúcar, dijeron que el Alférez Juan Jiménez, vecino de esta villa, según parece de despacho de los señores jueces oficiales de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de México, en virtud de su poder sustituido en Joseph de Ledesma [José de Ledezma], Procurador de la Real Audiencia, hizo postura a las Reales Alcabalas de esta villa, San Antonio Huatusco y su jurisdicción, por tiempo de nueve años, ofreciendo en cada uno pagar 1 000 pesos y el primero adelantado. En ese sentido señalan que llegado el caso que el remate se hiciere en dicho Alférez Juan Jiménez, otorgan su poder al Capitán don Miguel de Rojas y Amer, vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres parezca ante los reales jueces, oficiales reales y tribunales que convengan, donde los obliguen a todos juntos y a cada uno, a que dicho Juan Jiménez cumplirá con todas las condiciones, calidades y circunstancias en que se celebre el remate de dichas Reales Alcabalas, constituyéndose los otorgantes como sus fiadores y principales pagadores.
JUAN DE LA VEGUELLINA Y SANDOVAL, JUEZ RECEPTOREl Licenciado don Hipólito del Castillo de Altra, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, albacea del Regidor don Francisco Pibot y Tapia, exhibió un testimonio de una escritura de obligación, fianza y reconocimiento fecho en la ciudad de los Ángeles a 4 del corriente mes y año, y pidió se registre en este libro de censos, y de dicha escritura se percibe el que don Antonio de Olivares Ayllón, Procurador de la Audiencia Ordinaria de dicha ciudad, en nombre del expresado Licenciado don Hipólito del Castillo, como albacea de dicho don Francisco Pibot y Tapia, se obligó a reconocer 3 000 pesos de oro común de principal en favor de los capellanes que fueren de la capellanía de misas rezadas que por su alma y de sus bienes mandó fundar don Francisco Sigler del Rebollar, vecino que fue de esta villa, y para mayor seguridad de dicho principal y réditos hipotecó las dos haciendas del beneficio de hacer azúcar que quedaron por muerte de dicho don Francisco Pibot y Tapia nombradas Señor San Joseph [José], San Juan del Rosario y Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, y para mayor seguridad del principal don Francisco Martín Núñez, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, como apoderado de don Cristóbal Eugenio Calderón, Regidor Perpetuo de esta villa, constituyó a dicho su parte por tal fiador del mencionado Licenciado don Hipólito del Castillo a que cumplirá lo que va expresado y por su defecto el citado don Cristóbal Eugenio Calderón como tal fiador dará y exhibirá dentro de los mencionados tres años en la Secretaría de Cámara y Gobierno de este obispado los 3 000 pesos de principal de dicha capellanía y los réditos corridos hasta su oblación.
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba; Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa; don Nicolás Rodríguez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar, dijeron que por cuanto el 10 de marzo presentaron escrito ante el Señor Capitán don Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario en esta villa, en los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de doña María de León, difunta, viuda que fue del Capitán don Francisco de Brito Lomelín, en que se ofrecieron por fiadores del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón a que cumpliría con el tenor del remate de la hacienda nombrada Nuestra Señora del Rosario, alias venta de Parada, que quedó por bienes de los dichos difuntos y se le remató en Real Almoneda en precio de 8 551 pesos y 4 reales, en que se incluyó una casa baja de piedra y madera en esta villa y 1 000 pesos de principal de censo sobre la hacienda, dando de contado 2 000 pesos, quedando a pagar 5 551 y 4 reales a razón de 1 000 pesos en cada un año con sus réditos correspondientes de 5 por ciento; y por dicho señor alcalde fueron admitidos por tales fiadores de consentimiento de las partes, por lo que el citado Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón les ha pedido otorguen la fianza juntamente con el susodicho como principal deudor, por tanto, juntos de mancomún acuerdo otorgan el dicho Sebastián Pérez Padrón como principal y los demás como fiadores y principales pagadores a que darán y pagarán a los albaceas de doña María de León, los 5 551 pesos y 4 reales por los plazos y condiciones del remate que se celebró de dicha hacienda.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, como principal; y los capitanes don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, y don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficiar azúcar en esta jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; dijeron que don Nicolás Ruiz Buencuchillo fue nombrado por doña Gertrudis Jaimes Navarro, su hermana difunta, mujer que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, también difunto, como su albacea testamentario fideicomisario, tenedor de sus bienes, tutor y curador ad bona de las persona y bienes de don Antonio, doña Nicolasa y doña María Teresa de Carvajal, sus hijos menores, como consta en el testamento nuncupativo que otorgó en la hacienda de hacer azúcar nombrada Santa Teresa, de la que es dueño don Juan Gómez Dávila, a los 16 de noviembre de 1708. Como tal albacea, dijo que procedió a hacer los inventarios y avalúos de los bienes que quedaron por la muerte de la susodicha, importando 3 360 pesos un real, entre los que se encuentra un rancho nombrado San Antonio, en esta jurisdicción. Y en vista de haber sido ratificado en dicho cargo por auto del juez, otorgan se obligan a pagar a don Antonio, doña Nicolasa y doña María Teresa de Carvajal la cantidad de pesos que le toca a cada uno en la hijuela de partición de bienes que quedaron por muerte de su madre, más los réditos del 5 por ciento anual, luego que tengan edad competente.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrado San Juan Bautista, en su jurisdicción, otorga poder general al Doctor don José Valero Grajeda, Presbítero Canónigo Penitenciario de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre lo pueda obligar como principal fiador, juntamente de mancomún con los demás que dicho su apoderado tenga, a que pagaran 7 875 pesos 6 reales que el susodicho está debiendo al Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, por cantidad de lo que se le rateare con los demás principales y fiadores a razón de 2 000 pesos en cada un año, con hipoteca de su hacienda de hacer azúcar cuyo valor es de 20 000 pesos poco más o menos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOPetrona Jaramillo, viuda de Nicolás Beltrán, difunto, tutora y curadora ad bona de Micaela, Manuel y Nicolás Beltrán, sus menores hijos; y Diego Rodríguez, vecinos de esta villa de Córdoba, como su fiador y principal pagador; dijeron que Nicolás Beltrán falleció el 15 de septiembre pasado bajo poder para testar, en el cual nombró como herederos a sus hijos, como albaceas a sus hermanos Juan de Dios y José Beltrán, y a la otorgante como única tenedora de bienes. Asimismo, dijeron que dichos bienes se inventariaron y valuaron montando en total 222 pesos 4 reales, de los cuales se descontaron 70 pesos por gastos de su entierro y deudas pendientes, quedando en total 152 pesos 4 reales, que divididos entre el difunto y la otorgante por mitad de gananciales corresponden a cada uno 76 pesos 2 reales, cantidad que finalmente se divide entre sus tres hijos, correspondiendo a cada uno 25 pesos 3 reales, de cuya cantidad otorgan recibo y se obligan a pagar a cada uno de los tres menores luego que tomen estado o tengan edad competente.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOLos Capitanes don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; don Diego de Altamirano y don Alonso Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; juntos se obligan a pagar a don Juan Díaz de la Concha, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, a saber 1 920 pesos, los mismos que el Capitán Juan Gómez Dávila se había obligado a pagar, 1 300 de ellos a favor del Doctor don José de Morales, Abogado que fue de la Real Audiencia de esta Nueva España, y los 620 pesos restantes por sus réditos hasta hoy día y otros gastos, sobre los que se había seguido litis y está pendiente ante el Señor Doctor don Juan Díez de Bracamonte, del Consejo de Su Majestad, su Oidor en dicha Real Audiencia y Juez General de Bienes de Difuntos en esta Nueva España.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, alias Acatengo, como principal deudor; y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas, don Antonio de Leiva Esparragosa, don Nicolás Rodríguez Dávila y el Alférez don José Gómez Dávila, vecinos de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; se obligan a pagar a doña Inés María de Serrano y Perea, vecina del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, a saber 3 800 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha prestado a Santos Cubillos y son los mismos que le cupieron a la susodicha y sus hijos en la hijuela de partición que se hizo de los bienes de don Juan de Buendía. Cuya cantidad se obligan a pagar en el plazo de dos años a partir de hoy, con hipoteca de sus haciendas nombradas la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, San Miguel, San Juan Bautista, San José y Santa Cruz.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor del Santo Tribunal de la Inquisición de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que por cuanto a tenido diferentes atrasos y pérdidas en su hacienda por ocasión de haberse constituido fiador de diferentes sujetos, gastando de su caudal sin que [roto], y para que en adelante no experimente semejantes [roto] ni atrasos, otorga se obliga a no ser fiador de persona alguna en esta villa ni en su jurisdicción, de ninguna cantidad de pesos ni otras cosas, bajo la pena que se impone de 2 000 pesos de oro común cada vez que lo hiciera, cantidad que aplica a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa.
FELIPE LÓPEZ DEL CASTRILLO, JUEZ RECEPTOR