Don Manuel José Cardel, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que compró a don Francisco Barradas, un atajo de mulas compuesto de 30 cabezas aparejadas de lazo y reata, que tiene recibida, por la cantidad de 900 pesos, de los que le quedó debiendo 800 pesos, mismos que el otorgante señala pagará dentro de un año, contados de hoy, dando como su fiador al Capitán Francisco Javier López.
FIANZAS
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María Josefa Díaz, mujer de Francisco Castilla, y Manuel Luciano Hernández, sobrino del mismo, ambos vecinos de la Villa de Xalapa, fiadores de dicho Castilla, dijeron que debiendo éste 97 pesos 5 reales a don Tomás Roso, salió por su fiador don Gregorio Ruiz de Gamarra, quien remitió orden y poder a don José Marín para demandar al deudor, por lo que otorgan que se obligan a pagar y satisfacer a dicho don José Marín, como apoderado de don Gregorio Ruiz de Gamarra, la dicha cantidad de la deuda principal de su marido.
Don Miguel Antonio Barradas, vecino de la Villa de Xalapa, quien tiene cargo de ocurrir a las Tesorerías a sacar las Bulas por indicación de los señores curas de esta villa, en especial de don José Mariano de Ayala e Hidalgo, Cura del pueblo de Santa María Magdalena Xicochimalco, de esta jurisdicción de Xalapa, quien le ha pedido que sea su fiador, por la cantidad de 2, 652 bulas de a 2 reales, aceptando el declarante constituirse en fiador del citado cura por la cantidad de 663 pesos que importa la citada cantidad de bulas.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, dueño de hacienda y vecino de esta Villa de Xalapa, se constituye en fiador de don Francisco Hidalgo, Médico Examinador, con título de Visitador de las Boticas de esta villa, quien se obliga a presentar anualmente ante los ministros de la Real Hacienda de Veracruz, una relación jurada de los emolumentos, resueltas y condiciones que sucedan durante los 4 años que dure en su cargo el mencionado Francisco Hidalgo.
Don Clemente Couso , vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que sale y se constituye fiador, liso y llano pagador por el cura de San Pedro Tonayan, don Rafael de Aguilar, de 400 pesos, importe de las Bulas que sacará para la provisión de sus feligreses en la próxima publicación.
Don José María Ponce de León, Oficial Interventor para el Correo de Puebla, como principal deudor y obligado, y don José Sanchinel, vecino de Jalapa, como fiador, se obligan a pagar a don Mateo Badillo, del Comercio de España y residente en este pueblo, la cantidad de 922 pesos, quien les ha prestado por hacerle bien y buena obra sin premio ni interés alguno.
Don José María Ponce de León, Oficial e Interventor del Correo de la Ciudad de la Puebla, otorga que debe y se obliga a pagar a don José Sanchinel, la cantidad de 1, 300 pesos, que por hacerle bien y buena obra sin premio ni interés alguno, le ha suplido en dinero de contado, que pagará después de haber liquidado otro préstamo que le hizo don Mateo Badillo por 922 pesos, en la que Sanchinel quedó como fiador.
Don Francisco González, dueño de recua y vecino de Jalapa, dijo que don Miguel Antonio de Barradas, de la misma vecindad, compró de los bienes de la difunta doña Ángela Francisca del Pino, viuda de don Bartolomé Salvo, una tienda mestiza y casa ubicadas en Jalapa, quedando a deber 13, 926 pesos 7 y 3 octavos de reales, a cuyo seguro se ofrecieron como fiadores don Manuel de Bárcena Bezanilla, don José Antonio de la Pedreguera, don Nicolás Manuel Fernández, don Carlos Díaz y Herrero, don Ambrosio de la Torre, don Juan Esteban de Elías, don Juan de Bárcena y don Manuel Boza, vecinos de Jalapa, y por cuanto don Manuel de Boza emprende viaje a España, se constituye como fiador sustituto de dicho don Miguel Antonio Barradas.
Don Juan de la Cruz Martínez, principal, junto con don Carlos Díaz y Herrero, fiador, vecinos del pueblo de Jalapa, se obligan a pagar a don Francisco Antonio Pereiro, de la misma vecindad, la cantidad de 4, 000 pesos de oro común, que son el resto de 5, 075 pesos y 1 cuartillo de real, cantidad que importó el traspaso de una tienda.
Don Sebastián Hidalgo, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que de pedimento de don Francisco Maniau y Ortega se proveyó por la justicia de esta cabecera, auto ejecutivo contra don Manuel José Bellido por 471 pesos y medio real, procedidos del arrendamiento del molino del demandante, a lo cual respondió el mencionado Bellido que estaba pronto a entregar la mencionada cantidad demandada bajo la calidad de la fianza de la Ley Real de Toledo, de lo que se notificó al mencionado Maniau, quien se allanó a dar dicha fianza, por lo que otorga el compareciente que se constituye como fiador de don Francisco Maniau y Ortega.