Don Antonio Miguel Barradas, vecino de esta Villa, se constituye en fiador de Antonio Ruiz, quien se halla preso en la cárcel pública acusado por la muerte de Julián García, en tal manera que éste permanecerá a derecho en dicha causa y usará de sus defensas siempre que María Castillo, viuda de Julián García o la Real Justicia le justifique algún reato en la muerte de dicho Julián, por lo que obliga sus bienes y su persona.
FIANZAS
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Don Clemente Couso, vecino de la Villa de Xalapa, otorga que se constituye como fiador del Cura de la Doctrina de San Pedro Tonayan, don Rafael de Aguilar, por la cantidad de 380 pesos que importan las bulas que necesita dicho señor cura para la presente publicación.
Don Anastasio Cruz,dueño de rancho de ganado mayor y sus tierras de avíos de ligera y tres pares de casa en esta Villa de donde es vecino, por acercarse el sorteo de la lotería a favor de la obra del templo de Nuestra Señora de Guadalupe de México, otorga que se obliga como fiador de don José de Herrera y Campo, Colector de la Lotería en esta Villa de Xalapa, hasta en la cantidad de 300 pesos para caucionar el valor de los billetes que se le remitirán por la Insigne y Real Colegiatura de Nuestra Señora de Guadalupe, a cuyo favor se obliga entregar dicha cantidad.
Don Tomás y don Marcos Roso, vecinos de la Villa de Xalapa, el primero como principal deudor y el segundo como su fiador, otorgan que el primero ha recibido del Licenciado don Bernardo María Sánchez de Ibáñez, Cura Propietario, Vicario y Juez Eclesiástico de la parroquia y Doctrina de San Francisco Actopan, jurisdicción de la Antigua, la cantidad de 900 pesos en calidad de depósito irregular, por tiempo de 5 años, cantidad que pertenece a la Hermandad de las Benditas Ánimas, obligándose a contribuir con 45 pesos anuales, y para su seguro pago hipoteca una casa con su sitio que le pertenece, ubicada en la calle de la Amargura, al norte linda con de don Domingo de Castro, al sur con casa de don Juan de Bárcena y al poniente con solar de don José de Zárate.
Don José de la Fuente,vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, dijo que el 24 de octubre de 1791 otorgó arrendamiento de los diezmos del Curato de Ixhuacán de los Reyes a favor de don José Antonio Domínguez y Rebolledo, en 451 pesos anuales y por tiempo de tres años, a cuyo seguro salió por su fiador don Jerónimo Rebolledo, y por que dicho don José Antonio tiene satisfecho el importe de esos tres años que ascienden a 1, 350 pesos, otorga que cancela dicha escritura.
Don Juan Baptista de Izaguirre, vecino y del comercio de Veracruz, residente en esta Villa de Xalapa, otorga poder especial a don Domingo Agustín de Izaguirre, vecino y del comercio de Veracruz, para que lo obligue y constituya fiador de don José Mariano de Almanza, de aquella misma vecindad y comercio, hasta en cantidad de 2, 000 pesos para caucionar los intereses que como Tesorero Interino del Real Tribunal del Consulado de aquella ciudad entraren en su poder.
Don Eduardo de Alsasua, del Comercio de España y residente en la Villa de Xalapa, otorga que sale y se constituye como fiador, liso y llano pagador de don Miguel Antonio Barradas, nombrado Tesorero para el reedificio de la Iglesia del Pueblo de Xicochimalco, de los caudales que entrasen en su poder.
Pablo Sebastián Bañuelos, de color moreno, vecino de la Villa de Xalapa, dijo que habiéndose procesado a Felipe Cuenca, vecino de México, por borrachera y haber insultado a Antonio García, ofreció fianza comentariense, por lo que otorga que recibe en fiado al dicho Felipe Cuenca y como su carcelero comentariense que se constituye y se obliga a devolver su persona a esta cárcel pública donde lo recibe, luego que se le mande por el señor Alcalde, juez de esta causa.
Don Tomás Rubio Roso, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que en el mes de octubre de 1794 recibió 900 pesos del Cura Párroco de la Doctrina de San Francisco Actopan, perteneciente a la Hermandad de Ánimas de aquella iglesia, por tiempo de 5 años y obligación de réditos a razón del 5 % anuales, con hipoteca expresa de una casa que posee en esta Villa y fianza de don Marcos Rubio Roso, y por cuanto son cumplidos dichos 5 años otorga que reconoce y carga de nuevo sobre la expresada casa los dichos 900 pesos con igual obligación de réditos a favor de la misma hermandad y del nominado párroco, desde ahora tantas veces como años excediere hasta que tenga efecto la devolución de dicha cantidad; como seguro de la deuda hipoteca una casa y otorga como fiador a don Miguel Barradas.\t
Don José de Arias [y Torija] y don Diego Leño, labradores, vecinos de esta Villa de Xalapa, otorgan poder especial a don Félix Teixa de Senande, Secretario del Montepío de oficinas y Oficial de la Dirección de la Renta del Tabaco de México, para que en su nombre los obligue como fiadores lisos, llanos y principales pagadores de 2 000 pesos cada uno para afianzar el manejo de las alcabalas que se pondrán a cargo y administración de don Tomás Antonio de Illanes, y también se extienda la obligación al manejo de sus substitutos o interinos que por dicho administrador sirvan en sus ausencias.\t