Miguel Alonso de Ortigosa, vecino de la Ciudad de México, Diputado de la Universidad de Mercaderes y comercio de la citada ciudad, residente en este pueblo, otorga poder especial a Manuel Rodríguez de Pedroso, para que lo obligue como fiador de la cantidad de 12, 000 pesos, que reciba de cualquier capellanía, comunidad o personas en los plazos y lugares que se convengan.
FIANZAS
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Isidro de Zavaleta, vecino de Altotonga, recibe en fiado a su hermano Francisco de Zavaleta, preso por causa que le sigue el Teniente de Jalacingo, Bernardo de Munguía, quien por carta misiva manda se suelte al mencionado hermano, obligándose el declarante a entregarlo cuando el Juez competente se lo pida y en caso de no hacerlo pagará 50 pesos de pena.
Don Juan José de Vega, flotista de la presente flota, a cargo del señor Don Manuel López Pintado, vecino de la ciudad de Cádiz, solicita fianza de libertad de cárcel, para Don Gonzalo Sánchez, vecino de la ciudad de Sevilla, casado y que hoy se halla preso por mandato del señor Alcalde mayor de esta jurisdicción.
Don Felipe Ibáñez de Ocerín y Guevara don Juan Antonio de Choperena, como su fiador y principal pagador, deben y se obligan a pagar a don Tomás de Apodaca, Maestre del navío “Nuestra señora del Rosario Santo Domingo”, de la flota a cargo del señor Teniente General Manuel López Pintado, la cantidad de 2,658 pesos 6 reales y 3 cuartillas, la cual pagarán en la Nueva Ciudad de la Veracruz o en el navío que el citado don Tomás quiera.
Don Juan Contreras, vecino de esta Villa, como principal, y Juan Contreras, su hijo, vecino de Coatepec, como su fiador, dijeron que el Capitán don José de la Fuente, de esta vecindad, como arrendatario de los diezmos de esta Villa y sus ramos, le ha subarrendado al primero los diezmos del presente año de 1801 y 1802 de los parajes siguientes: Jalcomulco, Alxoxuca, Hacienda de Tuzamapa, cuyo lindero de su pertenencia es la cerca de Tuzamapa para Tepeapulco hasta Plan del Río, perteneciendo a este arrendamiento el Trapiche de don Fernando Bárcena y el Ingenio Chico. Lo subarriendan por 1 000 pesos anuales.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que por cuanto don Gregorio Fentanes, Cura Propio de esta Villa, debe ocurrir a la intendencia que corresponde a sacar las bulas que se consideren necesarias caucionando su importe como está establecido, otorga se constituye su fiador, liso, llano y principal pagador en el importe de las bulas que sacare dicho cura para la próxima publicación.
Don Miguel Ignacio de Miranda, vecino y del comercio de la ciudad de la nueva Veracruz, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, vecino de la Puebla, para que en su nombre lo constituya y obligue de mancomún con don Manuel Antonio Ysasi, vecino y del comercio de Veracruz, por abonadores de don José Ignacio de Zulueta, don Salvador Carrau, don Domingo Escandón, don Miguel de Lizardi y don José Mariano de Almanza, todos vecinos y de aquel comercio, como fiadores propuestos para caucionar la cantidad de 20,000 pesos a razón de 4,000 pesos cada uno, que han de entregarse a don Mariano Francisco Pasquel, de la propia vecindad, otorgando al efecto la escritura de abono de los enunciados cinco fiadores de la expresada cantidad de mancomún con el referido don Manuel Antonio Ysasi.
Don Miguel Antonio Barradas, de esta vecindad y comercio, dijo que por cuanto don Joaquín de Villegas [y la Vega], vecino del paraje de las Vigas, se halla con el cargo del Fielato de la Real Renta del Tabaco y demás agregados a dicha Real Renta, y debiendo dar la correspondiente fianza para la seguridad de ellas, otorga se constituye como su fiador liso y llano pagador por el enunciado don Joaquín de Villegas[y la Vega], por los reales intereses que sean a su cargo y salga en descubierto luego que sea requerido.
José Elías Nogueira, vecino de esta Villa, se constituye en fiador de don Antonio González de la Oliva, vecino de la Jurisdicción de la Antigua, quien ha acusado a Félix González, de ladrón, y éste a su vez lo acusa de calumniarlo.
Don José de Ávila, Alcaide de la Real Cárcel de esta Villa, dijo que por cuanto en la causa criminal que siguen Ángel Torrontegui con su mujer, María Antonia Palacios, en el juzgado del señor alcalde de primera elección, se mandó por dicho señor alcalde que se depositasen los bienes del marido en persona que éste nombrase y fuese de su satisfacción, y habiendo nombrado a Gertrudis Josefa González, ofreció ésta por su fiador al otorgante, declarando por la presente que se constituye fiador, liso y llano pagador de todos los bienes que se depositen en doña Gertrudis.