Don Macedonio Antonio Goicochea, de este comercio y vecindad, declara que debe a don Juan Antonio Aguilar, vecino y del comercio de la Veracruz, la cantidad de 3, 000 pesos en que don Manuel de Allen, como su podatario, le ha vendido al otorgante todas las existencias de la tienda que antes administraba, cuya cantidad se obliga a pagar en el término de 3 años con causa de réditos del 5% anual y para seguridad del principal otorga como fiadores a don Dionisio González, don Francisco Rivera y don Gabriel Roso, de este comercio y vecindad, y don José Aguilar, vecino de Perote, representado por don José Ortiz, de esta misma vecindad, por la cantidad de 750 pesos cada uno.
FIANZAS
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Don José Miguel Rodríguez Rojo, avecindado en esta Jurisdicción, apoderado de don Francisco Antonio Montoya, vecino de la Antigua Veracruz, dijo que por cuanto don Santiago Sainz Sarabia, como albacea del finado don Manuel María Palacio Soto Carrillo, de los bienes del difunto vendió a don Rafael Antonio Lagunes, el rancho de ganado mayor nombrado Rancho Nuevo, en jurisdicción de la Antigua Veracruz, en cantidad de 5 000 pesos que con sus réditos había de pagar el comprador a los dos años de celebrado el contrato, por escritura del 5 de septiembre de 1808, en la cual el otorgante se constituyó como fiador por esta suma y habiendo culminado el término de la paga y consiguiendo Lagunes otra extensión de tiempo para reintegrar a la testamentaria 3 000 pesos que restan, no conviniéndole al otorgante continuar por más tiempo en aquella obligación, nombra en su lugar al citado Montoya, a cuyo nombre lo constituye fiador y principal pagador por los mencionados 3 000 pesos.
Don Juan Manuel del Cotarro, del comercio de la Nueva Veracruz, residente de esta Villa, ha recibido de don Juan Antonio Pardo y don Mateo Badillo, de este comercio y vecindad, como depositarios comisionados para realizar las propuestas hechas por don José Antonio de la Peña, para pagar a sus acreedores, a saber, los géneros, alhajas, armazón de tienda y cuanto en ella se contiene, ascendiendo lo contenido en dicha tienda a 25 271 pesos 6 y 5 octavos reales, de los cuales ha pagado de contado 1 000 pesos, restando la cantidad de 24 271 pesos 6 y 5 octavos reales, lo cuales se obliga a pagar a los referidos depositarios o a los acreedores del mencionado Peña, 4 000 pesos en el término de seis meses y los restantes 20 271 pesos 6 y 5 octavos reales en el término de 9 años sin causa de réditos o usura alguna. Para seguridad del principal hipoteca todos los géneros y efectos que tiene la tienda, ofreciendo también como fiadores a los señores Arrillaga y Bazán, de quienes se compone la sociedad de comercio así titulada en la Nueva Veracruz, representados en la presente por don Fermín de Aguirreolea.
Don José de Arias [y Torija], Capitán de Milicias, vecino de esta Villa, hacendado en su jurisdicción, otorga que se constituye en fiador principal pagador del Presbítero don Joaquín Andrés Cardeña, provisto cura de San Pedro Chichiquilas, de la cantidad que en cada bienio importan las Bulas de la Santa Cruzada, las de difuntos y las del nuevo indulto de carnes saludables que hayan de expenderse en su feligresía, en el tiempo que dicho presbítero sirva el indicado curato y sean aquellas a su cargo.
Don Luis Soldevilla, vecino del pueblo de Coatepec, se constituye en fiador y carcelero a favor de don Manuel Hernández, labrador del mismo pueblo, quién es acusado de haber robado varias mulas; obligándose a presentarlo cuando el Juzgado lo requiera.
Don Pedro del Puerto Vicario, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que otorgue una obligación y fianza por la cantidad de pesos que perciba del concurso de acreedores del finado Presbítero [Diego] Pereira, Canónigo que fue de aquella catedral, para que en caso de que se presentare otro acreedor de mayor derecho se le exija la suma que ahora percibiere, realizando la exhibición luego que al efecto sea requerido por el principal.
Don Juan José del Castillo, de esta vecindad y comercio, otorga que recibió de don José Mariano Barradas o para mejor decir de don José Huesca, fiador de aquel como tutor y curador ad liten de los menores hijos de su difunto hermano José Miguel Barradas y de Josefa Francisca Sánchez, que hoy es casada en segundas nupcias con José María Cortés, la cantidad de 200 pesos, que de los bienes de aquel correspondieron a los dos hijos del susodicho difunto, y se obliga a satisfacer dicha suma a los relacionados menores luego que salgan de la menoría, contribuyendo en él entre tanto con diez pesos anuales, réditos de un 5 por ciento; y para mayor seguridad del principal como de sus réditos, hipoteca una casa de paredes, cubierta de madera y teja, de edificio bajo, que posee en esta Villa, ubicada en la calle y colindancias que se mencionan en la escritura.
Don Pablo Vicente de Sola, Capitán del Regimiento de Infantería de Milicias Provinciales de Toluca, residente en esta Villa, otorga poder especial a don José Juan de Fagoaga, Alcalde Ordinario de Primera Elección de la Capital de México, para que acuerde con aquella Junta de Consolidación, la composición por cantidad de 4 000 pesos que se restan a dicha caja, por don José Joaquín de Abalia, de los 12 000 que éste reconoce, y que son fiadores el mismo señor Fagoaga, su hermano José Mariano [sic] Fagoaga y el compareciente, haciendo en el intento cuantos actos, agencias y diligencias se requieran. \t
Don Juan Esteban de Elías, vecino y del comercio de esta Villa, otorga que se constituye fiador y principal pagador de José San Martín, Provisto Colector de la Real Lotería de esta Villa, quien deberá asegurar la satisfacción en el tiempo que dicho San Martín sirva el indicado cargo.
El Conde de Casa Rul, Coronel del Regimiento Infantería de Milicias de Valladolid, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Luis Huizi, vecino de la Capital de México, para que otorgue escritura de fianza y obligación a favor de don Joaquín Peláez, Capitán del Regimiento del Príncipe, Provisto Colector de la Lotería nuevamente establecida de San Juan Letrán, en la Ciudad de Guadalajara, por cantidad de 6 000 pesos, en caución de los intereses que por esta razón han de entrar en su poder.