Diego Valero Grajeda y don Juan Valero Grajeda, Regidores perpetuos de esta villa de Córdoba por Su Majestad, y los capitanes don Nicolás Rodríguez Dávila, Capitán de una de las Compañías Milicianas Españolas de esta villa, Juan de los Santos Cubillos, el Alférez don José Gómez Dávila, don Diego de Altamirano, Juan Álvarez de Rivera, todos dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, y don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, residente en esta villa, juntos de mancomún a voz de uno y cada uno, otorgan poder a don Juan Dávila Barrientos, vecino de esta villa, para que en sus nombres parezca en el juzgado del Señor don Felipe López del Castrillo, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, y haga postura a la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Rosario, alias Venta Parada, que quedó por bienes del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, difunto, obligando a los susodichos como sus fiadores y principales pagadores.
Zonder titelFIANZAS
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Los Capitanes don Antonio de Leiva Esparragosa y don Nicolás Rodríguez Dávila, dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba, y Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad, vecinos de esta villa, otorgan poder general en primer lugar a Domingo Bosques, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz; y en segundo al Capitán Juan Alonso Camacho, residente en dicha ciudad, para que en sus nombres obliguen a dicho Juan Morera de Silva como principal, y a Antonio de Leiva Esparragosa y Nicolás Rodríguez Dávila como sus fiadores y principales pagadores, a que pagarán a Su Majestad y en su nombre a su Juez General de Bienes de Difuntos de esta Nueva España, en su Real Caja, la cantidad de pesos que deba pagar a dicho tribunal el mencionado Juan Morera de Silva, por razón del quinto y costas generales de los bienes que quedaron por muerte de Manuel Morera de Silva, su hermano, quien falleció intestado, en virtud de que Juan Morera está declarado por dicho Juez General como su único y universal heredero, otorgando para ello la escritura de obligación y fianza que le sea pedida.
Zonder titelFrancisco Rodríguez, hijo legítimo de Sebastián Rodríguez, difunto, como uno de sus herederos, otorga haber recibido de don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa y fiador del Capitán don Francisco de Barrios, 351 pesos 4 reales de oro común, los mismos que le cupieron al otorgante en la hijuela de partición que se hizo de los bienes que quedaron por fin y muerte de su difunto padre, por lo cual otorga carta de pago y recibo en forma, asimismo, le da poder y lasto a don Nicolás Rodríguez Dávila, para que pida, demande, reciba y cobre del dicho don Francisco de Barrios los 351 pesos 4 reales de oro común, por haberlos lastado de su causa.
Zonder titelDon Juan Hurtado de Mendoza, residente en esta villa de Córdoba y vecino de su jurisdicción, como tutor y curador ad bona de las personas y bienes de don Juan Ignacio y don José Antonio Cruzado, sus sobrinos menores; y don Francisco Javier Cruzado, mayor de veinticinco años, casado, hijos y herederos del Capitán don Francisco Cruzado, Provincial de la Hermandad y Regidor de perpetuo que fue de la Nueva Veracruz; dijeron que por bienes de don Francisco Cruzado quedó una hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, nombrada Santa Cruz de las Palmillas. Asimismo, dijeron que el 6 de junio de 1706, doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, su tía y hermana de los otorgantes, como albacea y tenedora de bienes de don Francisco Cruzado, y como tutora y curadora ad bona de dichos menores solicitó efectuar los inventarios y avalúos de los bienes del difunto, los cuales importaron la cantidad de 29 560 pesos. También dijeron que el 2 de marzo de 1707, ante el General don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor que fue de esta villa, se solicitó remate de dicha hacienda, sin que hubiera posturas a ella; asimismo, el 4 de junio de 1707 se sacó a otro remate sin que hubiera postor, y para evitar la ruina de las cañas y otros gastos se le adjudicó a don Francisco Javier Cruzado; pero por el mes de julio del mismo año, uno de los fiadores de don Francisco Javier Cruzado, le pidió lo retirara de dicha fianza y pusiera a otro en su lugar, y no habiendo encontrado otro fiador y porque no se le reconoció ningún menoscabo en dicha hacienda, consintió sacarla nuevamente al pregón, lo cual se efectuó el 5 de abril de 1709, siendo también pregonada en la Nueva Veracruz. Finalmente, el 27 de junio de dicho año don Francisco Pibot y Tapia, residente en esta villa, ofreció por dicha hacienda de Santa Cruz, alias Palmillas, 22 000 pesos, 3 000 pesos de contado dos años de hueco y después a pagar 3 000 cada un año, con obligación a favor de los acreedores y reconocimiento de las tutelas de los menores, los censos y sus réditos, y afianzar dichas cantidades; lo cual fue aceptado y se le remató el 28 de junio de 1709. Asimismo, dijeron que el 11 de septiembre de 1709 se presentó una Real Provisión despachada por los señores presidente y oidores de la Real Audiencia, en la cual doña María Hurtado apela todos los autos y el perjuicio del remate y pidió restitución del término de pujas; cosa que fue concedida por los señores de la Real Audiencia, solicitando que la susodicha exhibiera los 3 000 pesos y hacer las demás pagas en los mismos plazos y cantidad que ofreció Pibot y Tapia, siendo adjudicada dicha hacienda a los menores por la dicha cantidad de 22 000 pesos; cosa que fue apelada por don Francisco Pibot y Tapia, pues le perjudicaba, proveyendo los señores de la Real Audiencia auto de revista y mandaron correr el remate hecho en Pibot y Tapia. Y posteriormente, habiendo presentado Francisco Pibot y Tapia una escritura de concierto otorgada por don Juan Hurtado de Mendoza, como tutor y curador de los menores, en la cual Hurtado de Mendoza se obliga a pagar los 22 000 pesos a los acreedores y menores, en virtud de la cesión que hizo de dicha hacienda don Francisco Pibot y Tapia; y habiéndose pasado los autos nuevamente a esta villa y seguido el juicio divisorio y pago de acreedores; don Juan Hurtado de Mendoza y don Francisco Javier Cruzado, declaran que atendiendo a que los pleitos y discordias son difíciles y sus fines dudosos, y porque los susodichos, han tenido discordias causadas por los malos informes que se les han hecho del tiempo en que dicha hacienda estuvo en poder de don Francisco Javier Cruzado y después de doña María Hurtado, de que hubo pérdidas causadas por el poco cuidado de sus mayordomos y no de parte de ellos, otorgan por la presente transacción, compromiso y concierto con las condiciones y calidades que se mencionan en esta escritura y con la licencia del alcalde mayor, quedando finalmente dicha hacienda en poder de don Juan Hurtado de Mendoza.
Zonder titelDon Juan de Sierra Bustamante, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, como apoderado de don Juan Díaz de la Concha, vecino de dicha ciudad, otorga haber recibido del Capitán don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, por mano del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, 1 000 pesos de oro común en reales, por lo cual otorga carta de pago y recibo en forma. Asimismo, declara que don Juan Gómez Dávila dijo haber remitido a don Juan Díaz de la Concha, 500 pesos de una libranza que deberá pagarle don Diego Jerónimo Leal, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, el día 15 de noviembre próximo. Dichas cantidades suman 1 500 pesos, que quedan a cuenta de 1 900 pesos que se obligó a pagar don Juan Gómez Dávila, como principal deudor, y como sus fiadores don Diego de Altamirano y don Alonso Gómez Dávila.
Zonder titelFrancisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que por cuanto Juan Rodríguez Durán, Alcalde Ordinario de esta villa, y Gregorio Martínez de Solís, su sobrino, van a la Nueva ciudad de la Veracruz a comprar esclavos en las armazones que actualmente se hallan en dicha ciudad, les otorga poder para que como su fiador lo obliguen a la paga y satisfacción de los esclavos que compren hasta cantidad de 6 000 pesos de oro común, 3 000 pesos cada uno.
Zonder titelDon Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder a don Joseph [José] Hurtado de Mendoza, residente en la ciudad de los Ángeles, para que como su fiador y principal pagador lo obligue a la paga y satisfacción doce piezas de esclavos que pretende comprar don Joseph [José] Hurtado, de la armazón de negros que está en la Nueva ciudad de la Veracruz a cargo del Factor Capitán Juan de la Carra.
Zonder titelBaltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, Depositario General y Regidor en ella, como principal deudor y obligado, junto con el Capitán don Lope de Yribas [Iribas], el Capitán Joseph [José] Blanco y Gregorio Martínez de Solís, vecinos de esta villa, como sus fiadores, se obligan a pagar al Bachiller don Domingo de Arrieta, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Francisco Zongolica de este obispado de la Puebla de los Ángeles, 3 300 pesos de oro común por otros tantos que el susodicho le prestó a Baltazar González, por hacerle amistad y buena obra, los cuales se obligan a pagar dentro de dos años.
Zonder titelEl Capitán Fermín de Sasoeta, Caballero de la Orden de Alcántara, residente en el pueblo de Orizaba, dijo que por cuanto el Licenciado Joseph [José] de Morales, Abogado de la Real Audiencia de México, en cumplimiento de la Real Provisión de su Alteza, fue a la provincia de Tabasco a la averiguación de ciertos capítulos que algunos de los vecinos pusieron contra el Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la citada provincia; por cuya causa y en virtud de los despachos de los señores del Real Tribunal de Cuentas de la Real Hacienda, y para beneficio de los pesos de oro que fueron a cargo de dicho Alcalde Mayor como recaudador que ha sido de ellos, le embargaron todos sus bienes. Y para que dicho Antonio de Cueto Bracamontes pueda ocurrir ante los señores presidentes y oidores de Real Audiencia y pedir se le desembarguen sus bienes, para poder cobrarlos y de lo procedido pagar a Su Majestad 8 400 pesos; así como para mayor seguridad de los pesos de oro le pidió salir por su fiador en cantidad de 1 000 pesos. Y por la presente el dicho Capitán Fermín de Sasoeta otorga que se constituye fiador del Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, para que lo obligue por su fiador y principal pagador haciendo deuda ajena, por la cantidad de 1 000 pesos.
Zonder titelGregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representación lo obligue a favor de la persona o personas que hallare y concertare hasta por la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándolo como principal o como fiador del Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y provincia de San Antonio Huatusco, y entregue la escritura que le sea pedida.
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