FIANZAS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0006 · Unidad documental simple · 1673/02/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Jacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa, se constituye fiador de Andrés de Ormastigui [sic], obligándose a que si en algún tiempo consta no deber Isidro de Zetina [Cetina], vecino de esta villa, al dicho Andrés de Ormastigui los 35 pesos contenidos en la petición anterior, el otorgante los devolverá y pagara al dicho Zetina.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0031 · Unidad documental simple · 1673/09/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Juana de Brito, viuda de Francisco Ruiz de Santiago, vecina de este pueblo de San Antonio Guatuzco [Huatusco], como tutora y curadora de doña Josepha [Josefa] de Brito y doña Andrea de Brito, sus hijas legítimas, mayores de catorce años y menores de veinticinco, otorgan poder especial, las tres juntas, al Licenciado Francisco Ruiz de Santiago, hijo y [hermano] de las otorgantes, Beneficiado por Su Majestad Vicario y Juez Eclesiástico de San Antonio Guatuzco [Huatusco], para que pida cuentas a los arrendatarios de las casas que poseen en la ciudad de Tlaxcala y otras que les deban, para que posteriormente las venda o arriende, asimismo, le otorgan poder general para que las represente y defienda en todos sus pleitos.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0010 · Unidad documental simple · 1674/02/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de negros esclavos que tiene en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 de enero de este año por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista con Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa, un varón y una hembra de dicha armazón por esclavos cautivos sujetos a servidumbre, bozales y recién venidos de su tierra, por precio de 430 pesos de oro común cada uno, cantidad que se obliga a pagar Joseph [José] Blanco, saliendo como su fiador el Capitán Francisco Valero Grageda [Grajeda]. Joseph [José] Blanco declara que dicha compra la hizo para Juan Moreno, pardo libre, vecino de la jurisdicción de San Antonio Huatusco, en la estancia de Acatengo.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0027 · Unidad documental simple · 1677/07/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, como tutor y curador de las personas y bienes de Joseph [José] de Brito, su sobrino, hijo legítimo de Joseph [José] de Brito [Lomelín] y de Juana de Morantes, difuntos, otorga en arrendamiento a Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa, los rastrojos de 3 suertes de caña dulce que el dicho menor tiene en un rancho en el pago de la Peñuela de esta jurisdicción, que esta proindiviso con María de Brito, su hermana. Los arrienda por tiempo de dos años por precio de 50 pesos de oro común anuales. Alonso Gómez Dávila presenta como fiador a Antonio Dorantes, vecino de esta villa.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0045 · Unidad documental simple · 1687/07/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Escalona, vecino de este pueblo de San Juan Coscomatepec, como principal deudor y obligado, el Capitán José de Álvarez Ricard[roto], vecino y labrador de la provincia de Tepeaca, como su fiador, otorgan que deben y se obligan a pagar a Felipe de Ábrego Tenorio, vecino de dicho pueblo, 200 pesos de oro común, que por hacerle buena amistad le ha prestado, lo cual pagarán para fin de mes de agosto del presente año.

              LUIS PALOMINO RENDÓN, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0016 · Unidad documental simple · 1714/02/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, y el Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecinos de esta villa y dueños de haciendas de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, dijeron pareció Manuel Francisco Sánchez, residente en esta villa, apoderado de Juan Alonso Camacho, su tío, acreedor a los bienes del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, difunto, por 1 044 pesos resto de mayor cantidad, presentando una Real Provisión en donde Su Alteza manda se le entregue dicha cantidad a Manuel Francisco, misma que está en depósito del Capitán Lope Antonio de Iribas. Por lo que, a través de la presente, los otorgantes se constituyen fiadores de Manuel Francisco y de Juan Alonso Camacho, en tal manera, que si dicho auto se revocase por los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y se mandare volver a los susodichos los 1 044, como tales fiadores Lope Antonio de Iribas devolverá solamente 500 pesos y el Capitán Juan de los Santos Cubillos 544 pesos, para lo cual obligan sus personas y bienes habidos y por haber.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0042 · Unidad documental simple · 1714/03/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba y dueño del beneficio de hacer azúcar nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, alías Acatengo, como principal deudor; y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, don Antonio de Leiva Esparragosa y el Alférez don José Gómez Dávila, vecinos de esta villa, dueños de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; se obligan de dar y pagar a doña Inés María de Serrano y Perea, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], de esta jurisdicción, viuda del Pagador don Juan de Buendía, tutora y curadora de sus menores hijos, la cantidad de 3 357 pesos de oro común en reales, resto de 3 800 pesos; los mismo que por hacerle bien y buena obra le prestó a Juan de los Santos Cubillos en reales de contado, cuya cantidad es parte de lo que le cupo a doña Inés y a sus hijos menores en la hijuela de partición que se hizo de los bienes del dicho su difunto marido. Asimismo, declaran que los 443 pesos, cumplimiento a los 3 800 pesos, los tiene recibidos doña Inés en la forma siguiente: 283 pesos que se le dieron a don Miguel Colín Astorga, marido y conjunta persona de doña Francisca de Buendía Serrano, menor hija y heredera del difunto, cuando se casó; 100 pesos a don Bernardo de Buendía, para el viatrio cuando entró de religioso; y los 60 pesos a doña Inés, quedando líquidos los 3 357 pesos que se obligan de pagar a la susodicha o a quien su poder hubiere, de la fecha de esta escritura en un año.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0058 · Unidad documental simple · 1714/04/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Agustín Valero, vecino de esta villa de Córdoba, como principal deudor, y José de Iturralde y Andrés García Valero, como sus fiadores y principales pagadores, se obligan de pagar a don Juan de Villegas, vecino del pueblo de Orizaba, a saber 228 pesos de oro común de a 8 reales de plata cada uno; cantidad que le prestó en reales de contado y que están en su poder y que pagarán el día último del mes de diciembre del presente año, en reales de contado o en maíces al precio corriente, en cualquiera de las dos especies, sin pleito alguno, pena de la ejecución y costas de la cobranza.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0119 · Unidad documental simple · 1714/11/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Manuel Álvarez, vecino de esta villa de Córdoba, como principal deudor; Manuel del Corro y Juan de Arévalo, vecinos de esta villa, como sus fiadores y principales pagadores; otorgan que deben y se obligan de pagar a don José de Tembra y Simanes, vecino de dicha villa, o quien en su poder hubiere, la cantidad de 106 pesos en reales de oro común de ocho reales de plata; cantidad que Manuel Álvarez, como principal, tiene recibidos en calidad de préstamo, mismos que pagará en dos años y medio sin pleito, con sus costas de cobranza y obligan cada uno, sus personas y bienes habidos y por haber.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0021 · Unidad documental simple · 1715/02/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona lo obligue al saneamiento de los diezmos que se están pregonando de las doctrinas de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec] y San Antonio Guatusco [Huatusco] de esta jurisdicción, y rematándose en don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], obligue al otorgante como fiador y principal pagador de don Dionisio, a pagar a los señores de la masa capitular la cantidad en la que se remataren dichos diezmos por el tiempo de cinco años. Y celebrándose el remate ha de pagar por fin del año próximo de 1716 el diezmo del año presente de 1715, otorgando escritura necesaria en que lo obligue como tal su fiador con todas las cláusulas y renunciaciones de leyes, fueros y derechos que en este caso se deban renunciar.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL