Doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, mujer de don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa, con licencia de su marido, otorga poder general a don Luis José Chacón, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre y en representación de su persona, por razón de su dote y propio interés, parezca ante el Rey, señores su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, Real Sala del Crimen y otros tribunales, donde pida las cosas que le deja comunicado a su poderista en carta y órdenes misivas. También le da poder para que la defienda de todos sus pleitos que tenga y en adelante tuviere con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
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El Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, Vicario de la doctrina del pueblo de San Pedro de Ysguatlan [Ixhuatlán] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre del común y naturales del pueblo de San Francisco Chocamán de dicha doctrina, en virtud del poder general que le otorgaron; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de la villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar, de labor y de ganado mayor en jurisdicción de dicha villa; dijeron que están siguiendo pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, sobre tierras que pertenecen a dicho pueblo, y habiendo personas cristianas deseosas de la paz y porque de los pleitos se originan malas consecuencias, odios y discordias, han tenido a bien hacer composición, para lo cual les han pedido otorgar escritura de compromiso y nombrar jueces arbitrios, arbitradores y amigables componedores, para que éstos determinen en vista de los instrumentos y papeles que dicho capitán entregue, por haberse quemado los papeles que tenía el bachiller. Por lo tanto, el Bachiller don José García, en nombre de los naturales de San Francisco Chocamán, nombra por juez árbitro a don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa; y el dicho Capitán don Antonio de Leiva nombra por su parte al Capitán Francisco Pibot y Tapia; para que cada uno enterados de su derechos y acciones, procedan a dar su parecer y sentencia. Y en caso de discordia nombran por amigable componedor al Factor don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor, Juez, Oficial Real de la Real Audiencia y Caja de la ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa por Su Majestad, para que los tres den su sentencia, la cual harán y pasaran por ella, con pena convencional de 500 pesos al que a ella falte.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Miguel [roto], vecino de esta villa, dijo que se le remataron dos negros, el uno nombrado Marcos y el otro Diego, esclavos del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, en [400] pesos para aplicarlos en los 500 pesos en que fue multado el capitán por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España. Y ahora, por la presente declara que dichos esclavos los sacó para doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, mujer de don Lorenzo de la Torre, de la Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, por haberlos comprado con su dinero.
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