Don Juan Manuel González de Cosío, vecino de la Ciudad de México, ha recibido de don José de Villanueva Pico, Capitán, Maestre y Sobrecargo del navío San José 2, 688 sombreros de a 19 reales cada uno, embarcados en dicho navío de cuenta de la Real Hacienda pertenecientes a la Real Fábrica de San Fernando, propias de Su Majestad, asimismo ha recibido 170 varas de crudo, lo que importa en total 6, 437 pesos y 1 real, cuya cantidad se obliga a embarcar en los primeros navíos de azogue que vengan al puerto de Veracruz para que las lleven al reino de Castilla.
FÁBRICAS
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Doña María del Carmen Varón de Welsh, esposa legítima de don José Welsh, otorga poder especial a don Juan [Mauricio] Jones, residente en la ciudad de México, para que en su nombre pueda hipotecar especial o generalmente los bienes de la relacionante, que son los siguientes: una fábrica que se halla comenzada, situada en tierras de la propiedad de doña María, a inmediaciones de esta población; una casa baja de cal y canto, situada en la calle Nueva, con el número publico cinco; y un rancho situado en el pueblo de Coatepec.
FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, JUEZ RECEPTORDon Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, labrador, vecino y del comercio de Jalapa, otorga poder especial a su hermano don José Manuel de Cendoya, vecino de la provincia de San Luis Potosí, para que en su nombre compre a crédito a don José de Apraiz la fábrica de Beneficiar Salitres en el Real de San Francisco de los Pozos de la Provincia de Potosí, cuyo valor importa 3, 500 pesos, dentro del cual tome a posesión judicial o extrajudicial a pagar en un plazo de 3 ó 4 años en el que se obliga a pagar a través de la escritura de obligación y fianza que ambos hayan acordado.
Don José Ignacio de Uriarte, vecino y del comercio de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa de Xalapa, otorga que se constituye como fiador de don Juan María Ferra, hasta en cantidad de 400 pesos, mismos que se ocuparán para pagar su libertad por los fraudes cometidos en las Fábricas del Real Ramo de Aguardiente de Caña, con cuya cantidad quedó conforme don José Tamariz [y Rivera], Visitador de la Real Renta del Tabaco por el Excelentísimo Señor Virrey de este Reino y Comisionado del Señor Director General para el reconocimiento y visita de las Fábricas del Real Ramo de Aguardiente de Caña.
Doña María del Carmen Varón de Welsh, esposa de don José Welsh, de esta vecindad, con licencia de éste, dijo que en esta ciudad el 17 de julio de 1838 otorgó poder especial a don Juan [Mauricio] Jones, vecino de esta ciudad, residente en la ciudad de México, para que en su nombre pudiera hipotecar los bienes de la relacionante, que son los siguientes: una fábrica que se halla comenzada, situada en tierras de la propiedad de doña María a inmediaciones de esta población; una casa baja de cal y canto, situada en la calle Nueva con el número publico cinco; y un rancho situado en el pueblo de Coatepec. Asimismo, dijo que en consecuencia está solicitando en México gravar dichos bienes asegurando su hipoteca con la generalidad de sus bienes y el registro respectivo en el libro de hipotecas, en cuya garantía le parece afianzar los capitales que reciba. Y para que pueda darles más fuerza a las escrituras, declara que dichos bienes son suyos adquiridos con justo y legal título y que para pedir estos capitales no ha sido obligada ni violentada directa o indirectamente por su esposo ni por otra persona.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Jerónimo Rebolledo, labrador, vecino del pueblo de Jalapa, declara que don José Joaquín de Acosta, Visitador de la Renta del Tabaco de este reino, le ha informado que para entrar en el cargo de administrador de la fábrica de puros y cigarros de la ciudad de Puebla, necesita un fiador a satisfacción del señor Alcalde de este pueblo, para lo cual ha solicitado al citado José Joaquín, quien acepta serlo otorgando 2, 000 pesos para lograr el mencionado cargo.
Miguel Martínez, vecino de esta Villa de Xalapa, fabricante de aguardiente Chinguirito, otorga que se obliga a satisfacer y pagar las penas, multas y costas a que fuere condenado por la superioridad, hasta en la cantidad de 300 pesos, por motivo de los defectos que cometió en la fábrica y venta de dicho caldo y la causa que se sigue contra el relacionante por parte don José Tamariz [y Rivera], Visitador de la Real Renta del Tabaco por el Excelentísimo Señor Virrey de este Reino y Comisionado del Señor Director General para el reconocimiento y visita de las Fábricas del Real Ramo de Aguardiente de Caña.
Don Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, labrador, vecino y del comercio de este pueblo, otorga poder a su hermano don José Manuel de Cendoya, vecino de la provincia de San Luis Potosí, para que obligue al otorgante como su fiador en la compra, que tiene tratada con don José de Apraiz, de una fabrica de beneficiar salitres en el Real de San Francisco de los Pozos de dicha provincia, por la cantidad de 3,500 pesos de su valor.