El Capitán Don Antonio de Orduña Loyando, vecino de la jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a su hijo Francisco de Orduña, para que en su nombre arriende la estancia de ganado mayor de San Diego y por otro nombre Espanta Judíos, en la jurisdicción de la Antigua ciudad de Veracruz, en favor de Francisca Ramírez, vecina de Jalapa, por tiempo de 1 año y al precio de 700 pesos de oro común.
ESTANCIAS
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Pedro Sánchez Pitarro, por sí y en nombre de Ángela de los Reyes, su legítima mujer, hija y heredera de Juan Hernández Salado y de Ángela Miranda, vecinos de Teziutlán, vende a Don Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio nombrado La Santísima Trinidad, jurisdicción de Jalapa, un sitio de estancia llamado Chichimecayucam y dos caballerías de tierras, en términos del pueblo de San Juan Iztacamaxtitlán, donde tienen una labor de trigo y maíz, y otras semillas, con sus casas, trojes, jacales, indios, bueyes, herramientas y demás aperos; que los bueyes son 24, la deuda de siete gañanes, una carreta con sus adherentes, 300 cabezas de ganado, 130 fanegas de maíz en mazorca y la cosecha de cebada, pero sacando 50 fanegas de ella, con el cargo de 3 500 pesos de censo que tiene impuestos la dicha hacienda, en favor de Antonio Fardo de León, vecino de la ciudad de Los Ángeles; otros 1 400 pesos de censo principal, en favor de los herederos de Jerónimo Pérez Salazar[Jerónimo Pérez de Salazar], cuya redención de los mencionados censos ha de quedar a cargo de Don Andrés Pérez de la Higuera, y en tanto no los redima, pagará los réditos que corrieren, todo ello por el precio de 7 500 pesos de oro común, incluidos los 4 900 pesos de los dos censos.
El Capitán Diego de Orduña Loyando, residente en este ingenio, dueño de las estancias Espanta Judíos y Santa Ana, la primera la hubo de Luis de Córdova[Córdoba], vecino de la Vieja Veracruz, y la segunda, se la vendió a don Ramiro de Arellano, con el acción del ganado cimarrón, formó una compañía con el regidor Juan de la Calleja, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, sobre ambas estancias, para que las administre por cuenta de ambos durante seis años; en el caso de la estancia de Santa Ana, pondrá todo lo que fuere necesario, pero los gastos y provechos serían por mitad; y en la de Espanta Judíos, también acordaron ir mitad en los gastos, y en los frutos y esquilmos, el regidor solo se llevaría la tercera parte.