Don Francisco José Ley, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder a don Francisco José de Larrasquito, vecino y del comercio de la Ciudad de la Puebla, por si y como compañero que es de don Antonio de Medina, que regresó a España, para que en su nombre parezca ante los señores jueces y justicias por autos de la quiebra de don Pablo Ignacio Blanco, y repartición que debe hacerse de los bienes del fallido entre sus acreedores.
DIVISIÓN DE BIENES
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Don José de Com, Subteniente de Granaderos del Regimiento de Puebla y residente en Jalapa, otorga poder especial a su madre doña María Gutiérrez Po, vecina de Beceña, en el Principado de Asturias, Reinos de Castilla, para que en su nombre pida partición o división de los bienes que quedaron por muerte de su legítimo padre don Felipe de Com.
El Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero Domiciliario de este obispado, Teniente de Cura del partido de San Pedro Ysguattlan [Ixhuatlán] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, otorga poder especial a don Ignacio García de Zepeda, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona como heredero que es de Gregorio García de Zepeda, su padre, asista a los inventarios, aprecios y demás diligencias del juicio divisorio que se hará de dicho difunto. Para lo antes mencionado nombre contador para que haga y pida se le adjudique la hacienda nombrada San Miguel, en la provincia de Tascala [Tlaxcala].
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Manuel de Segura y Ceballos, de esta vecindad, hizo exhibición de dos testimonios de una propia escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en 31 de julio de este año, por don Pablo José Velázquez, Procurador de la Curia Eclesiástica de dicha ciudad, como apoderado sustituto de doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, vecina de esta villa, y por ellos consta que por memorial que el dicho don Pablo José presentó ante el señor obispo de este obispado para que declarara por finca idónea la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, que posee en esta jurisdicción la referida doña Gertrudis López, para subrogar en ella el gravamen de 25 000 pesos a que se hallaban afectas las haciendas de fabricar azúcar nombrada San Miguel Guegueapan [Huehueapa] y San José Omealca, en favor de la obra pía que para dote de religiosas mandó fundar el Señor Maestre de escuela don Sebastián de Guevara y Lucio. Con dicha subrogación, doña Ana María de Leiva, viuda y albacea de don Juan Díaz de Ceballos, poseedora de la citada hacienda de San Miguel, haría la división de los bienes de su difunto marido entre sus hijos y demás herederos. Y por decreto de 16 de julio pasado de este año el obispo hizo aprobación para que don Pablo José otorgara en nombre de su parte la escritura correspondiente y ratificara la escritura donde quedó grabada la hacienda de San José Omealca. Por lo que, el referido don Pablo José Velázquez, en nombre de la enunciada doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, puso en efecto lo determinado por su señoría ilustrísima, y subrogó, colocó y sustituyó sobre la hacienda nombrada Nuestra Señora de la Concepción en el mismo lugar y grado en que estaba la nombrada hacienda de San Miguel Guegueapan [Huehueapa] por el capital de los 25 000 pesos y sus correspondientes réditos de 5 por ciento, en cada un año, a favor de la mencionada obra pía, para que de la hacienda de la Concepción y sus poseedores los perciba, demande y cobre la parte que por ella fuera, en la misma conformidad que lo podía hacer de la San Miguel Guegueapan [Huehueapa] y la de San José Omealca; y ratificó y dejó en su lugar y fuerza las escrituras otorgadas el 31 de diciembre del año de 1716 y 12 de marzo de 1732, y la hipoteca que contiene por lo respectivo a la hacienda de San José de Omealca.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Tomás Martínez Navarro, residente en el pueblo de Jalapa, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, con poder de doña Manuela de Castellanos, su mujer, heredera de Pedro Miguel de Thormes, su primer marido, y el Capitán Bartolomé de Castro, con poder de Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, marido de Juana de los Santos y Thormes, hermana de Pedro Miguel, hijos y herederos de Juan de Thormes, dijeron que en la partición de bienes que quedaron por muerte de Juan de Thormes se aplicó a la tercia parte del valor de las casas que quedaron de su morada en concurso de Juan José de Thormes, asimismo heredero, cuyo importe fue de 6, 000 pesos en que se incluyen 2, 000 que tienen sobre sí de capellanía a favor del Convento de San Francisco. Por convenio que hicieron, han deliberado traspasar a Juan José de Thormes, la parte que se les adjudicó para que íntegramente lo goce por la cantidad de 3, 000 pesos.
Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura otorgada en la ciudad de Puebla en 10 del corriente mes, por doña María Gertrudis de Gorospe y Padilla, vecina de ella, viuda del Capitán don Gabriel de Segura y Ceballos, Regidor Honorario que fue de dicha ciudad, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, en la que está incluido el auto en que se le hizo adjudicación de todos los bienes, y donde se obligó de pagar de lo que se les libre en las cuentas de división y partición cuando tomen estado, y en el ínterin sus réditos los convertirá en alimentos y crianza de los menores, con hipoteca de todos sus bienes.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOManuel Antonio Casados, dueño de hacienda y ganado mayor en la doctrina de Misantla, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Lucas de Vargas, Procurador de la Audiencia Episcopal de la Puebla, y a don José Pérez de Arellano, vecino de esta jurisdicción, para que en su nombre parezca en la mencionada audiencia y otros tribunales eclesiásticos y seglares donde con derecho pueda y presente el testamento e inventarios de doña Francisca Díaz Matamoros, su madre, así también de la división y partición de bienes y de la capellanía que mandó fundar de la cual lo nombró patrono, para que pueda hacer remisiones a favor de los remanentes.
Don José de Ceballos y Burgos, dueño de este ingenio, hijo legitimo del Capitán Don Roque Gutiérrez de Ceballos y de Doña Ana María de Irala[Ana de Irala], difuntos, cuya herencia tienen aceptada, como cesionario de sus hermanos en la que pertenece de sus abuelos maternos(Pedro de Irala y Catalina Pérez Molero), dio su poder cumplido Fray Boecio de Ceballos, religioso del señor Santo Domingo y conventual del Convento de la ciudad de Los Angeles, su hermano, para que en su nombre pida a los albaceas y a quien con derecho deba, la división de los bienes que quedaron por fin y muerte de sus abuelos Pedro de Irala y Catalina Pérez Molero, como hijo legitimo de Doña Ana María de Irala.
Don Manuel Felipe Fonte de las Cuevas, vecino de ella, presentó testimonio de una escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles a 20 del presente mes y año, y pidió se registre en este libro, y en él consta que don Gabriel de Segura y Ceballos, vecino de la citada ciudad, vendió al convento de la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, una casa de altos y bajos, ubicada en la calle que va de su plaza Pública a la iglesia del convento de religiosos Carmelitas Descalzos, en sitio de 26 varas de frente; dicha casa la obtuvo por donación que le hizo su madre doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda de don José de Segura y Ceballos. La venta la hizo en precio de 8 000 pesos de oro común, los 2 800 de dos censos, que reconoció el Licenciado don Diego García, Presbítero y mayordomo del referido convento, y los 5 200 restantes que le dio el susodicho en reales de contado, y otorgó recibo en forma, obligándose a la exhibición de la venta; en cuyo seguro, y en el de que por razón de las herencias paternas, de los legítimos hermanos del expresado Gabriel de Segura, no se demandaría en ningún tiempo al citado convento, sobre la venta de la mencionada casa, y para ello hipotecó una hacienda de fabricar azúcar nombrada Señor San Joaquín.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, hijo de doña Catalina de Esparragosa, vecina que fue de esta villa, otorga poder general al Bachiller don Miguel de Abrio, Clérigo de menores órdenes, residente en esta villa y vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona como albacea que es de su madre, siga, prosiga fenezca y acabe por todas instancias, vías y sentencias el juicio divisorio de los bienes que quedaron por la muerte de su madre. Asimismo, demande y cobre judicial o extrajudicialmente del Bachiller don José Mayorga [Cervantes], Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, y de quien su derecho pueda y deba 1 000 pesos de que le hizo obligación “en confianza”.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL