Don Juan y don Miguel Domínguez, vecinos del pueblo de Jalapa, hijos legítimos y herederos de los difuntos don Antonio Domínguez y doña Antonia de Acosta, informan que por división de bienes de sus finados padres, les tocó una casa de cal y piedra, cubierta de tejas, ubicada en este pueblo y que hace esquina con la plaza de este pueblo, por lo que dicho don Juan, como albacea de la herencia que le tocó a Antonio José y Francisco Javier, les transfiere la cantidad de 1, 000 pesos, correspondientes a la citada casa.
DIVISIÓN DE BIENES
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Don Antonio Domínguez Muñiz y doña Gertrudis de Guevara, junto con sus hermanos, herederos doña Marisela Ruiz Cañete, otorgan poder especial a Don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecino de este pueblo de Naolinco, para que en sus nombres comparezca ante la Real justicia de San Juan de los Llanos y apruebe la cuenta de división de bienes que dejó el Capitán Don Francisco Ruiz Cañete.
Doña María de la Luz Rivera, vecina del pueblo de Naolinco, viuda y primera albacea de don José Mariano de Acosta; don [José] Francisco de Acosta, segunda albacea; doña María de la Luz, doña María Josefa y don José Miguel de Acosta y Rivera por cuyos tres últimos representa don Manuel Allén, como hijos y herederos de don José Mariano de Acosta, dijeron que la testamentaria preparaba trámites dilatorios y sin saber lo que legítimamente les correspondía, ellos determinaron adjudicarle a la madre de éstos, los dos ranchos, casa, solares, ganado y bienes muebles en cantidad de 28 000 pesos, 14 000 que corresponden a la viuda por mitad de gananciales y el resto corresponde a los hijos y herederos a razón de 3 500 pesos a cada uno, según como se contrae en la división y partición de bienes; bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.\t
Josefa del Moral, viuda de José Domínguez, vecina del pueblo de Naolinco, por sí y en nombre de María Domínguez y José Domínguez, sus hijos, otorgan poder especial a José Antonio Manrique, Notario Eclesiástico, para que en su representación pida división y partición de los bienes que quedaron por muerte de María Ortiz, su suegra, con beneficio de inventario, asimismo se haga división entre los demás herederos, nombre tasadores y partidores para las cuentas que apruebe o contradiga.
Isabel de Acosta, mujer legítima de Antonio de la Barreda Gayón, vecina del pueblo de Naolinco, otorga poder general al mencionado Antonio de la Barreda, para que pueda recibir y administrar todos sus bienes y capitales, asimismo para que pueda imponer cualquier censo y para que finalice el juicio divisorio y demás diligencias que se están haciendo sobre la partición de bienes que quedaron por muerte de su padre Manuel de Acosta.
Manuel y Marcos de Acosta, Antonio García de Baldemora, con poder de Catalina de Acosta, Antonio de la Barreda Gayón, marido de Isabel de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, y por otra parte Gaspar de Heredia, marido de Margarita de Acosta y Ventura de Acosta, dijeron que en este juzgado se ha seguido juicio divisorio de los bienes que quedaron por muerte de su padre Manuel de Acosta, entre ellos un trapiche del cual no pueden sacar cosa alguna hasta pagar las deudas, ya que se hizo pregón y no hubo postor, por lo que han convenido concertar que Gaspar de Heredia y Ventura de Acosta, reciban los 2 trapiches por vía de depósito y composición con todos lo que ahí se tiene, pero estos no han de sacar fuera de sus frutos ningún otro bien, salvo que sea necesario vender algún esclavo por algún defecto y en todo caso se ha de comprar otro con el mismo importe, y para mayor seguridad dan como fiador a Antonio de la Barreda Gayón, y los demás se desisten y apartan, lo ceden y transfieren a Gaspar de Heredia y Ventura de Acosta por el trabajo y asistencia que han de tener en el trapiche.
Don Nicolás Ventura de Acosta, vecino de las cercanías del pueblo de Jalapa y residente en el mismo, hijo legítimo y heredero de don Ventura de Acosta, otorga poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla y vecino de este pueblo, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, vecino del pueblo de Naolinco, para que se ocupen de la defensa de la posesión, amparo y división de las tierras y trapiches de la Concepción, San Diego, Tenampa y demás correspondientes.
Doña Polonia Casilda Rodríguez, viuda y albacea de Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, otorga poder especial a don Esteban Paut y Ramírez, vecino del pueblo de Naolinco, para que comparezca ante los señores jueces, en la partición de bienes de su difunto marido.
Doña María Catarina Álvarez, vecina del pueblo de Actopan, viuda de José Manuel Huesca, otorga poder especial a don Antonio María de Rivera, de esta vecindad, para que se apersone en este juzgado de primera instancia y de cantón, a seguir el juicio que en él sigue con doña Josefa Meza, vecina del pueblo de Naolinco, como viuda de don José Reyes, sobre tierras, que les correspondieron en la división que se hizo de las del finado don Manuel Eugenio de Acosta, entre sus legítimos participes, como lo son ambos contendientes. Haciendo para ello todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan, y le otorga poder sin limitación alguna.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALFelipe de Rivera, Juan de Rivera, Pedro de Rivera, Juan de Aguilar, marido de Gertrudis Faustina de Rivera; Santiago Cristóbal, marido de Marcela de Rivera; Antonio Carranza, marido de Josefa de Rivera; y Diego de Oliva, marido de María de Rivera; hijos legítimos y herederos de Eugenio de Rivera y de Juana Domínguez, difuntos, informan que habiendo hecho partición de los bienes de sus difuntos padres, vendieron una casa a don Bartolomé Martínez, Clérigo Presbítero, en 250 pesos los cuales han recibido y por lo cual otorgan recibo a favor del mencionado Clérigo.