Felipe de Rivera, Juan de Rivera, Pedro de Rivera, Juan de Aguilar, marido de Gertrudis Faustina de Rivera; Santiago Cristóbal, marido de Marcela de Rivera; Antonio Carranza, marido de Josefa de Rivera; y Diego de Oliva, marido de María de Rivera; hijos legítimos y herederos de Eugenio de Rivera y de Juana Domínguez, difuntos, informan que habiendo hecho partición de los bienes de sus difuntos padres, vendieron una casa a don Bartolomé Martínez, Clérigo Presbítero, en 250 pesos los cuales han recibido y por lo cual otorgan recibo a favor del mencionado Clérigo.
DIVISIÓN DE BIENES
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Margarita de Acosta, mujer legítima de Gaspar de Heredia, vecina del pueblo de Naolinco, otorga poder general al mencionado Gaspar de Heredia, para que pueda recibir y administrar cualquier bien y capital, así como para que pueda imponer censo y finalice el juicio divisorio y demás diligencias que se están haciendo sobre la partición de bienes por muerte de su padre Manuel de Acosta.
Don José Patricio Viveros, vecino de Naolinco, curador de las personas y bienes de los hijos y herederos de don Manuel Eugenio de Acosta, difunto; otorga poder especial a don Antonio Cagigas, vecino de esta Villa de Xalapa, para que comparezca ante los juzgados y tribunales, superiores e inferiores, donde siga y concluya los autos de inventarios y juicios divisorios de bienes.
Catalina de Acosta, mujer legítima de Antonio García de Baldemora, vecina del pueblo de Naolinco, otorga poder general al mencionado Antonio García de Baldemora, para que en su nombre pueda recibir y administrar sus bienes y capitales, imponga cualquier censo y para que pueda seguir y finalizar el juicio divisorio y demás diligencias que se están haciendo sobre la partición de bienes que quedaron por fin y muerte de su padre Manuel de Acosta.
María de Guevara, viuda de Antonio García de Baldemora, vecina del pueblo de Naolinco, otorga poder especial a Andrés Gutiérrez Calzadilla, vecino de la jurisdicción de Jalapa, para que en su nombre pida partición y división de los bienes que quedaron por fin y muerte de su marido, haciendo la partición entre ella y los demás herederos por corresponderle la mitad de las ganancias que hubo durante su matrimonio.
Don Juan y don Miguel Domínguez, vecinos del pueblo de Jalapa, hijos legítimos y herederos de los difuntos don Antonio Domínguez y doña Antonia de Acosta, informan que por división de bienes de sus finados padres, les tocó una casa de cal y piedra, cubierta de tejas, ubicada en este pueblo y que hace esquina con la plaza de este pueblo, por lo que dicho don Juan, como albacea de la herencia que le tocó a Antonio José y Francisco Javier, les transfiere la cantidad de 1, 000 pesos, correspondientes a la citada casa.
Don Antonio Domínguez Muñiz y doña Gertrudis de Guevara, junto con sus hermanos, herederos doña Marisela Ruiz Cañete, otorgan poder especial a Don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecino de este pueblo de Naolinco, para que en sus nombres comparezca ante la Real justicia de San Juan de los Llanos y apruebe la cuenta de división de bienes que dejó el Capitán Don Francisco Ruiz Cañete.
Doña María de la Luz Rivera, vecina del pueblo de Naolinco, viuda y primera albacea de don José Mariano de Acosta; don [José] Francisco de Acosta, segunda albacea; doña María de la Luz, doña María Josefa y don José Miguel de Acosta y Rivera por cuyos tres últimos representa don Manuel Allén, como hijos y herederos de don José Mariano de Acosta, dijeron que la testamentaria preparaba trámites dilatorios y sin saber lo que legítimamente les correspondía, ellos determinaron adjudicarle a la madre de éstos, los dos ranchos, casa, solares, ganado y bienes muebles en cantidad de 28 000 pesos, 14 000 que corresponden a la viuda por mitad de gananciales y el resto corresponde a los hijos y herederos a razón de 3 500 pesos a cada uno, según como se contrae en la división y partición de bienes; bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.\t
Josefa del Moral, viuda de José Domínguez, vecina del pueblo de Naolinco, por sí y en nombre de María Domínguez y José Domínguez, sus hijos, otorgan poder especial a José Antonio Manrique, Notario Eclesiástico, para que en su representación pida división y partición de los bienes que quedaron por muerte de María Ortiz, su suegra, con beneficio de inventario, asimismo se haga división entre los demás herederos, nombre tasadores y partidores para las cuentas que apruebe o contradiga.
Isabel de Acosta, mujer legítima de Antonio de la Barreda Gayón, vecina del pueblo de Naolinco, otorga poder general al mencionado Antonio de la Barreda, para que pueda recibir y administrar todos sus bienes y capitales, asimismo para que pueda imponer cualquier censo y para que finalice el juicio divisorio y demás diligencias que se están haciendo sobre la partición de bienes que quedaron por muerte de su padre Manuel de Acosta.