DECLARACIONES

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              7 Archivistische beschrijving results for DECLARACIONES

              7 results directly related Exclude narrower terms
              1582, Expediente 2
              MX UV.USBIX ANO-E-0004-EO_0004_0047 · Stuk · 25/04/1583
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Juan Rodríguez y [Martín] de Eguiguren, dijeron que por cuanto el señor don Rodrigo de Vivero les era deudor de 10 583 de oro común, declararon que habían recibido en cuenta y parte de pago, 8 565 pesos de oro común de manos de Gaspar de Quintana, persona que ha tenido en administración los azúcares. Además, el dicho señor don Rodrigo de Vivero les dio una libranza de 1 000 pesos de oro común, firmada de su nombre para que el dicho Gaspar de Quintana, les dé y pague para el día de navidad de este presente año y otra de 1 017 pesos 6 reales, para el susodicho día de navidad del año que viene.

              1587, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0020-EO_0020_0036 · Stuk · 01/07/1587
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Catalina Rodríguez, viuda, mujer que fue de Martín Buchan, hace declaración de los bienes que quedaron por muerte de su marido. Menciona que, como producto de su matrimonio tuvieron cuatro hijos, dos varones y una hembra llamados: Francisco Cristóbal, Martin Buchan, Juana de Jesús y [Catalina de la Feria].\n

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0128 · Stuk · 1720/11/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Lucas Sánchez, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orizaba, dijo que por cuanto el día de hoy ante la Real Justicia de esta villa, se le remataron las tierras de Toquila [Tocuila] en 5 556 pesos un real, con las calidades y condiciones que constan en dicho remate, por lo cual, declara que dichas tierras las sacó para don Juan Bretón Fernández del Rodal, labrador y vecino del pueblo de San Andrés Chalchicomula, y si algún derecho, dominio y señorío adquirió el otorgante en dicho remate, lo cede, renuncia y transfiere en don Juan Bretón Fernández del Rodal, por haberle dado el dinero para la compra de dichas tierras. “las tutelas de los menores hijos de Antonio Pezellín a que entró obligado en dicho remate como su fiador”.

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              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0051 · Stuk · 19/08/1637
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y de la visita y castigo de ellos, dijo que tuvo noticia de la llegada de un arriero que desembocó por el paso de la Angostura y que había trasversado el camino huyendo de la visita que se le hace a las recuas y cata de lo que llevan en ellas, debido a la nueva imposición de los 25 pesos a la grana y plata que suben a la Nueva Veracruz o bajan de ella y los indios y otras personas que traen en su servicio, lo que deben manifestar en este oficio y registros de Orizaba y Jalapa, conforme a ordenanza de los Señores Virreyes, para lo cual mandó a un ejecutor a que trajese ante él al dicho arriero y sus mulas para que hiciera la manifestación, y habiéndole traído ante el dicho corregidor declaró llamarse Domingo Álvarez, vecino de la villa de Córdoba, ser dueño de recua y trajinar con ella de la Veracruz a Tehuacán y a otras partes donde se le ofrece, asimismo manifestó que viene con 11 mulas de aparejos cargadas de trigo del pueblo de Tehuacán y que en su avío trae consigo dos hijos suyos llamados Gregorio y Domingo, no trayendo ningún indio, cuyo trigo declaró es para comer en su casa y para vender y que las 11 mulas junto con las de silla suman 14, las cuales compró en esta jurisdicción a don Gaspar de Rivadeneira, a Francisco Álvarez y a Juan González; también fue notificado por el corregidor que al día siguiente debe presentar testimonio donde se indique que pagó el alcabala de dichas mulas y las alcabala en la Nueva Veracruz.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0033 · Stuk · 1677/08/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Luis Carretero, vecino del pueblo de Orizaba, declara que al tiempo que contrajo matrimonio con Micaela de Aguilar, hija legítima de Manuel González y Antonia de Aguilar, difuntos, recibió de su cuñado, el Regidor Francisco de Aguilar, la cantidad de 200 pesos en reales, por la parte que le tocaba a la susodicha de una casa que quedó en dicho pueblo por muerte de sus padres, y demás géneros que se mencionan en esta escritura, los cuales suman la cantidad de 596 pesos 6 reales. Asimismo, Micaela de Aguilar declara que como hija y heredera de sus padres se da por entregada de dichos géneros y reales, estando con ellos satisfecha de sus herencias y legítimas paterna y materna y que no tiene más que pedir ni demandar de los bienes que quedaros de sus padres, ni al dicho regidor, su hermano.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0043 · Stuk · 1699/05/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, vecina de la villa de Córdoba, mujer legítima del Regidor y Depositario General don Baltazar González de Velilla Blanco, dijo que cuando contrajo matrimonio, su marido recibió 4 000 pesos en reales que su tío, el Capitán Nicolás Blanco, le dio en forma de dote, más 400 pesos que su mismo tío dio para que con dicha cantidad le comprara una esclava para su servicio. Dijo también, que su marido compró el trapiche del Canónigo don Diego Peláez [Sánchez] y que pagó parte de su precio con los 4 400 pesos. También declaró que hace trece años su marido compró en Orizaba veinte esclavos y esclavas, y que le adjudicó una de ellas por la que le había pagado su tío; dicha esclava es de nación Chava, de nombre Teresa, a quien doctrinó en las cosas necesarias, lo que consta en un instrumento que está en el archivo público de esta villa. Como también constan los bienes que eran de sus padres y que llevó al matrimonio, y declaración que hizo de ellos su marido. Asimismo, consta que se opuso al embargo que el canónigo hizo sobre el trapiche y que con los demás autos se quemaron en el incendio del Real Palacio. Y porque tiene noticia de que dicho canónigo lleva a cabo una nueva ejecución en el trapiche, por la presente se opone por los 4 000 pesos y por la esclava negra y sus hijos nacidos desde que es suya, para que de ninguna suerte se trabe ejecución en ellos [roto]. Asimismo, se opone [roto] por la cantidad de 1 091 pesos 4 reales [que pertenecen] a sus hijas por habérselos donado Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, y su esposa doña Juana de Gatica y Aguilar, sus primos. Finalmente, suplica al alcalde admita su oposición sin privarle del servicio de su esclava y sus hijos por ser así justicia, como por hallarse sumamente enferma y con cuatro hijas. También, solicita al alcalde ordene a sus primos reconozcan la declaración de donación.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0100 · Stuk · 1714/10/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Javier Cruzado, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orizaba, hijo y uno de los herederos del Provincial don Francisco Cruzado, difunto; dijo que entre los bienes de su difunto padre quedó un trapiche de hacer azúcar nombrado Santa Cruz de las Palmillas, en esta jurisdicción, mismo que se sacó a pregón y no habiendo postor, él como uno de los herederos solicitó adjudicárselo por sus avalúos y demás bienes que se pagaría a los acreedores del difunto, y habiéndosele adjudicado la gozó por más de dos años, pero por no haber podido dar la fianza que había ofrecido de 22 000 pesos en que se le adjudicó, ésta se volvió a sacar a pregón y se remató por la misma cantidad a don Francisco Pibot y Tapia. Y habiéndose seguido el concurso por los acreedores, el curador ad litem de sus hermanos se opuso con la dote de 6 000 pesos que había llevado al matrimonio doña Catalina Hurtado de Mendoza, su madre, y en la sentencia de graduación se les dieron 6 000 pesos, cabiéndoles 2 000 a cada uno de los tres que son, mismos que se le aplicaron a él con los frutos y demás bienes que sacó de dicha hacienda en el tiempo que la poseyó, dándose por contento y entregado. Y respecto a que don Juan Hurtado de Mendoza, su tío, tutor y curador adbona de sus hermanos, don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, por su edad avanzada y continuos achaques, no puede atender la administración de la citada hacienda, pidió ante la justicia de esta villa se le dé por desistido del cargo y pidió que los menores nombren otro tutor en su lugar, por lo que éstos nombraron al Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, quien le ha pedido le otorgue instrumento de que no le pedirá cosa alguna por razón de dicha herencia materna. Por cuya razón, declara que mientras el Bachiller don Pedro de Montenegro sea tutor de sus hermanos menores y hasta que conste por recibo de haber pagado a todos los acreedores de su difunto padre, no le pedirá ni demandará cosa alguna por no haber caudal líquido para la división paterna.

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