DECLARACIONES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0028-PX_0028_0169 · Unidad documental simple · 01/10/1748
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Ana Camino, viuda de don Juan Cordero, su albacea, tutora y curadora de su hija menor, doña María Bárbara Cordero, declara que por muerte de don José de Molina, su fiador, va a hipotecar unas casas de su propiedad para cubrir los adeudos por la tutela de su hija, por la cantidad de 7, 000 pesos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0029-PX_0029_0059 · Unidad documental simple · 30/07/1749
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Francisco de Ochoa, Maestro Platero y vecino de este pueblo, declara que vendió mediante escritura a Polonia de la Cueva, viuda de Leonardo González, una casa de paredes y cubierta de teja, la cual linda al oriente con la Calle de la Amargura y casas de don José de Robledano, al norte y poniente con casa y solar de la viuda de Pedro Godinez y al sur con casa y solar del otorgante, en el precio de 375 pesos, cuyas condiciones le parecieron gravosas a dicha Polonia, por lo que pide se le otorgue nueva escritura de dicha venta.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0025-PX_0025_0242 · Unidad documental simple · 22/08/1743
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Julián Antonio, Gobernador, y don Pascual Antonio, Escribano, Oficiales pasados en este pueblo de Jalapa, con licencia expresa del Rey, declaran a favor del Capitán don Bartolomé de Castro, por la compra que hizo de un pedazo de solar, ubicado en el Barrio de la Laguna.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0027-PX_0027_0086 · Unidad documental simple · 25/11/1746
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Esteban Mojica, pardo libre y vecino del pueblo de Jalapa, declara que su difunta madre Sebastiana Linches, heredó junto con sus hermanos Luis e Inés, un solar de su padre don Miguel de la Cruz, el cual vendieron a su otro hermano, Teodoro Antonio Mojica, el cual ha fallecido, por lo cual su viuda María Guadalupe Velásquez, solicita escritura de dicha compra, razón por la que se hace esta declaración para que conste legalidad.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0043 · Unidad documental simple · 1832/03/28
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel Cruz y Bremont, de esta vecindad, hijo legítimo de don Anastasio Cruz, difunto, otorga que para descargo de su conciencia declara que doña Gregoria Ramírez, soltera, de esta misma vecindad y de mayor edad, es dueña legítima de dos casas contiguas de cal y canto, cubiertas de madera y teja, ubicada en suelo ajeno perteneciente a la comunidad de indígenas de esta ciudad, situadas en la plazuela de Señor San José con las vista al oriente, por cuyo rumbo hace frente con la fuente de dicha plazuela; por el poniente, que es el fondo, linda con el solar del maestro Rodríguez, difunto; por el sur, que es el costado derecho, lindan con casa de María Antonia Castro; y por el norte, que es el costado izquierdo, con casa de Mariano Guevara alias Techacapa ignorándose ahora las dimensiones de ambos edificios, los cuales edificó don Anastasio Cruz en el año de 1809, quien las donó inmediatamente a doña Gregoria Ramírez y ha gozado de ellas veintidós años. Y como heredero y albacea testamentario de su difunto padre, se desiste y aparta del derecho de disputar a doña Gregoria el dominio y propiedad de dichas casas.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0153 · Unidad documental simple · 1830/11/25
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pioquinto Domínguez, en consorcio de su legítima esposa doña María Andrea Tejeda, con previa licencia de su esposo, dijeron que don Miguel Robles Tejeda fue dueño del rancho nombrado Atezca, situado en términos de este cantón, a virtud de la venta que de él se le hizo por doña Anastasia Rodríguez, viuda y albacea de don Juan Díaz Plata y por don Domingo Manuel Cortés, curador de los menores hijos de ese finado. Que por fallecimiento del mencionado Robles Tejeda quedaron varios herederos y para repartir la herencia el albacea don Juan Antonio Pérez Pensado vendió el fundo a su hijo don Francisco Pensado en precio de 1 000 pesos. Que a don José Catarino Pensado y Navarrete albacea de su hermano don Francisco Pensado se le han extraviado los documentos que acreditaban la solución de esos créditos y no les es fácil recaudarlos por haber fallecido ya los herederos del respectivo Tejeda, excepto la referida doña María Andrea, y como está satisfecha lo mismo que don Pioquinto de que nada quedó a deber Pensado a los representantes del predominado don Miguel Robles Tejeda, no tiene el inconveniente de declararlo por medio de este instrumento. Por lo que reduciendo a efecto los presentes comparentes otorgan que por lo respectivo al haber que a la segunda le correspondió en el rancho Atezca, como bienes de su ya citado padre, está completamente pagada y que en cuanto a las porciones de los demás sus coherederos están satisfechos de que fueron pagados, sin que los Pensado resten cosa alguna por ese respeto y que por lo mismo puede libremente el albacea y heredero de Francisco Pensado disponer de ese fundo como de cosa suya propia.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0157 · Unidad documental simple · 1830/12/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Catarino, don Mariano Pantaleón, doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, todos mayores de edad, libres de tutela, hijos legítimos del finado don Juan Antonio Pérez Pensado; doña María Margarita Barradas, viuda de don Cipriano Pensado y Navarrete, hijo del mismo don Juan; y don Rafael Pensado y Barradas que lo fue de don Cipriano Pensado, mayores de edad; dijeron que don Juan Antonio Pérez Pensado fue albacea de don Miguel Robles Tejeda, quien dejó por bienes un rancho nombrado Atezca, ubicado en distrito de este partido, cuyo rancho permaneció algún tiempo en poder del nominado don Juan por falta de comprador hasta que lo vendió a su hijo Francisco Pensado, pero como la venta fue de padre hijo nunca le exigió éste el otorgamiento de la escritura. Que por fallecimiento de don Francisco hubo precisión de enajenar el rancho. Por lo que ahora, declaran y confiesan por sí y en nombre de otro hijo de don Juan que lo es don José Manuel Florencio [Pensado y Navarrete] y se halla ausente, que el repetido rancho de Atezca nunca perteneció en propiedad a don Juan Antonio Pérez Pensado, pues sólo lo poseyó como albacea de don Miguel Robles Tejeda, y aunque a los herederos de éste les dio sus porciones hereditarias sobre los 1 000 pesos en que estaba valuado, y que como albacea se lo vendió a don Francisco en la misma cantidad por lo que quedó pagado lo que había suplido; y en consecuencia ningún derecho les asiste respecto al rancho Atezca, pues su dominio se trasmitió a don Francisco Pensado, y que ahora por muerte de don Francisco son parte legítima su albacea y herederos para realizar la venta de él.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0064 · Unidad documental simple · 1825/04/27
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Jerónimo José Malagamba, del comercio de Veracruz, declara que 61 861 pesos 7 y 6 octavos reales que se depositaron en las Cajas de Veracruz, correspondientes al registro del bergantín Vengador, el 3 de febrero de 1819, los que por orden del señor Virrey conde del Venadito se mandaron devolver con fecha en México del 5 de abril de 1821, lo que no ha tenido efecto hasta esta fecha por las urgencias del erario, en los cuales representa el compareciente como apoderado del comandante y maestre de dicho bergantín Vengador y de los interesados en su registro, corresponden a don Martín Sánchez y Serrano, del comercio de Veracruz, 5 000 pesos que debe cobrar en los mismos términos que se verifique el pago por el Gobierno Nacional, ante cuya suprema autoridad pende la solicitud el cobro de toda la cantidad antedicha. Y para la debida constancia, en guarda de los derechos del Serrano, y para que participe en proporción de los pagos o abonos que se hagan para extinguir la deuda, a su solicitud otorga el compareciente la presente declaración, con consentimiento de copias.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0103 · Unidad documental simple · 1825/07/15
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan Francisco Cardeña, escribano público e interino, certificó que fue llamado a la casa de don José Javier de Olazábal, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, a la que concurrió y encontró en cama gravemente enfermo a su sobrino don Domingo de Olazábal, quién le expresó cómo última voluntad que confería poder para testar al citado su tío, que se encontraba presente, don José Javier de Olazábal y por su falta a su primo don Miguel de Lizardi y Migoni. Por lo tanto, se retiró a la pieza contigua para extender dicho instrumento, dejando al enfermo en su entero acuerdo, en ese momento el enfermo llegó a su último momento de vida, el cuál certificó en menos de dos minutos.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0173 · Unidad documental simple · 1825/11/04
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Ángel Narciso de Ochoa y Ortega, de esta vecindad, como curador ad litem de Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, menores hijos naturales del finado don Juan Melitón de Lascurain, que fue de esta vecindad, dijo que estando concluida la testamentaria del finado y habiendo recibido don Pedro José de Echeverría, curador ad bona de los mismos menores, los 538 pesos y 2 reales que a cada uno de ellos le correspondió en la cuenta de división y participación. Declara que en tal virtud pertenecen ya exclusivamente a su primer albacea y socio que fue don Bernabé de Elías Vallejo, las dos casas altas contiguas, en la calle Ancha de esta villa, haciendo una de ellas esquina a la plaza Principal, que les vendió a ambos don José María de Goiri, de esta vecindad, por escritura pública en esta villa a 25 de noviembre de 1820; quedando en su cuenta todas las cargas y pensiones con que la hubieron, así como, el reintegro de la testamentaria del finado de don Juan Esteban de Elías, de los 21 527 pesos, 7 reales y 3 cuartillas de los llenos que dejó a su fallecimiento en la hacienda de Mahuistlan [Mahuixtlán] que fue a su cargo y después al de Lascurain y Elías, don Bernabé, su socio. Y consciente el otorgante en guarda de los derechos de Elías, el que así se anote en la expresada escritura original de venta y sus copias, como el que se le libre testimonio de esta declaración y desistimiento en forma, que hace en representación de los indicados menores.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO