Ante don Juan de la Lastra Madrazo, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció don Pedro de Ávalos, en nombre del Capitán don Antonio Gutiérrez, Coronel, Depositario General de la ciudad de la Puebla, criador de ganado mayor en la hacienda de vacas nombrada Cuautotolapa, situada en jurisdicción de Acayucan, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 400 reses, toros, para pasar a los ejidos de la ciudad de los Ángeles, México y otras partes para su venta.
Coroneles
144 Descripción archivística resultados para Coroneles
El Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera Morales, doña Manuela Antonia de la Pedreguera y don Miguel de Arieta como curador de doña Catarina, doña Francisca, doña Agustina y doña María Micaela de la Pedreguera, hijas menores y herederas, y don José Simón de la Portilla Cabello en representación del heredero ausente don Manuel de la Pedreguera, todos herederos del Coronel don José Antonio de la Pedreguera, adjudican, ceden y traspasan a su legítima hermana doña María Guadalupe de la Pedreguera, mujer legítima de don José Simón de la Portilla Cabello, una casa chica ubicada en la Calle de la Amargura arriba de la Plaza del Rey, que antes llamaban de Juan de Thormes, la cual hace frente al oriente con casa de los herederos de don Domingo Díaz Mier, dicha Calle de la Amargura en medio, por el costado del norte linda con casas de doña Nicolasa Domínguez, al sur con casa de don Andrés Rodríguez Rojo, al poniente con Calle del Ganado, que antes llamaron de los Molinos, del otro lado casa de los herederos de don Félix Ruiz. La adjudican en precio de 2 300 pesos.
Justiniano, Ignacio JoséEl Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera Morales, doña Manuela Antonia de la Pedreguera, don Miguel de Arieta como curador de las herederas menores doña Catarina, doña Francisca, doña Agustina y doña María Micaela, y don José Simón de la Portilla Cabello, Teniente de Milicias Provinciales de las Tres Villas, en representación del ausente don Manuel de la Pedreguera, todos herederos del difunto Coronel don José Antonio de la Pedreguera adjudican, ceden y traspasan a su legítima hermana doña María Guadalupe de la Pedreguera, mujer de dicho don José Simón, una casa grande de 28 y 2 tercios varas de frente que la hace al sur con la Plaza Mayor, por el oriente linda con la Calle de Belén, por el norte con casa que fue de los herederos de don José Camino y Velasco, y al poniente con la iglesia parroquial y con la Capilla del Rosario. La venden en 17 000 pesos, 2 900 pertenecientes al Convento de San Francisco de esta Villa con obligación de réditos, 3 000 del vecindario de este pueblo con obligación de réditos y los restantes 11 100 pesos los tiene ya abonados el albacea de dicho difunto a la testamentaria para la división del caudal resultante entre los herederos.
Justiniano, Ignacio JoséDoña María Guadalupe de la Pedreguera, con licencia de su marido don José Simón de la Portilla Cabello, doña Manuela Antonia de la Pedreguera, don Miguel de Arieta como curador de doña Catarina, doña Francisca, doña Agustina y doña María Micaela de la Pedreguera, hijas menores y herederas, y don José Simón de la Portilla Cabello en representación del heredero ausente don Manuel de la Pedreguera, todos herederos del Coronel don José Antonio de la Pedreguera, adjudican, ceden y traspasan a su hermano don José Joaquín de la Pedreguera Morales, Clérigo Presbítero Domiciliario de este Obispado de la Puebla, un molino, tenería, ladrillera, tierras y enceres, ubicado al poniente de esta Villa de Xalapa como media legua de distancia. Lo adjudican en 10 000 pesos, 3 840 pesos al contado y 6160 que dicha finca reconoce a censo.
Justiniano, Ignacio JoséDoña María Concepción Bonilla, doña María Agustina Bonilla y don José María Bonilla y Flores, de esta vecindad, de estado honestas las primeras, mayores de veinticinco años; y el presbítero don Juan Manuel del Valle y Vieyra, curador ad bona de doña María Guadalupe, doña María Dolores y don Juan Manuel Bonilla, menores de veinticinco años y mayores de catorce años, todos hijos del finado coronel de Ejército don Juan Manuel Bonilla; otorgan que han recibido de doña María Salomé Pérez Mora, de esta vecindad, viuda de don Manuel Allén, y por mano de su apoderado general don Dionisio Camacho, la cantidad de 2 000 pesos de principal más sus intereses devengados hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo que dicho don Juan Manuel Bonilla, difunto, suministró a doña Rafaela Josefa Salvo, quién otorgo a su favor escritura de depósito, obligación y reconocimiento en esta villa el 4 de mayo de 1802, con hipoteca de dos casas, una en la calle de Belén, la que después vendió a Allén reportando solo este gravamen. Y estando pagado principal y premios, los otorgantes declaran a la testamentaria y bienes de Allén por exonerados de tal obligación y por libre su casa de tal afección, consintiendo que así se anote y tilde en la escritura primaria, como en la de venta hecha al referido Allén. Por tanto, otorgan la presente cancelación.
Herrera, Joaquín deDoña Josefa de la Luz Tapia, residente en esta Villa, mujer de don José María Calderón, Coronel del Regimiento de Infantería de Tlaxcala, otorga que rebaja, remite y perdona a doña Francisca Javiera y a don Agustín Tapia, sus hermanos, la tercera parte del monto de los réditos que ha debido producir el capital que de su pertenencia le reconocen sobre la hacienda de Pateo desde el año de 1816 hasta marzo del presente, y si esta cantidad no compensara las pérdidas por las circunstancias tristes que acaban de pasar, les perdonará las más que necesiten.
Cardeña, Juan FranciscoDon José de Burgos, Coronel de los Reales Ejercitos de la Orden de Santiago, hace declaración, respecto a una casa que vendió a don José Antonio de Acosta.
Cardeña, DiegoDon José María Torquemada, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido del Capitán Francisco Javier López, Mayordomo actual de la Cofradía del Santo Cristo de la Veracruz, la cantidad de 1, 000 pesos en dinero de contado, mismos que se obliga a tener en depósito irregular por espacio de 7 años, con réditos del 5 % anuales, y para seguridad de esta deuda hipoteca una casa ubicada en la calle del Ganado con la que hace frente hacia el poniente y del otro lado el Mesón que llaman de Santa María por cuyo frente tiene de norte a sur 23 varas y de fondo, de poniente a oriente 60 varas, al norte linda con solar de doña Nicolasa Domínguez, al oriente y sur con casa y solar de la testamentaria del Coronel José Antonio de la Pedreguera.
Justiniano, Ignacio JoséDon José Antonio Rodríguez, de esta vecindad, hizo exhibición de una copia testimoniada de una escritura para que se registre en este libro, su fecha 20 de octubre del año anterior, y de ella consta que don Leonardo Mateos Navarro, de esta vecindad y república, se presentó ante el Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Padre San Francisco de ésta, en su venerable mesa, expresando haber llegado a su noticia que por dicha venerable mesa estaba para imponerse la cantidad de 2 000, y que necesitándolos para la habilitación de sus negocios se sirviesen de declararlo como pidió, estando pronto a otorgar la correspondiente escritura de depósito irregular por el tiempo de cinco o más años con hipoteca de todos sus bienes, especialmente de la hacienda de hacer azúcar nombrada San Joseph [San José] de las Lagunas. Y por decreto de 14 de octubre del año pasado se mandó por la venerable mesa la entrega a don Leonardo de la referida cantidad que exhibió el Coronel don José Manuel de Ceballos, que estaban fincados en una de sus haciendas en favor de dicha venerable orden; por lo que el citado Leonardo se dio por entregado y se obligó a tenerlos en la forma referida y a entregarlos en cinco años con sus réditos de un 5 por ciento, con especial hipoteca de la expresada hacienda.
Fernández Ronderos, Pedro AntonioDon Andrés de la Peña, de esta vecindad y comercio, dijo que por acuerdo del Honorable Congreso de este estado se previno que al señor Coronel don Tomás Illanes le fuera ministrada la cantidad de 2 000 pesos de las cajas de rentas de este estado, para poner en planta un establecimiento de colmenares de abejas y laboratorio de cera, caucionando a satisfacción del gobierno esa suma que ha de cubrir poniendo a disposición del mismo gobierno 100 cajones de abejas al término de un año, 200 cajones en el segundo año y 300 cajones en el tercero, al precio de 4 pesos cada uno y satisfaciéndosele a dicho coronel el sobrante. Que está admitida para esa caución la fianza de don Juan de Guisasola, vecino de Veracruz, pero no pudiendo este sujeto formalizar el correspondiente instrumento, ha facultado para ello al comparente a virtud de poder; por lo que de acuerdo a una cláusula del poder el expresado Andrés de la Peña otorga que obliga en la más bastante forma a don Juan de Guisasola, vecino de Veracruz, al pago y satisfacción de la cantidad de 2 000 pesos siempre y cuando por parte del relacionado Coronel Illanes llegue a haber falta en el cumplimiento de la entrega de cajones de abeja en los términos apuntados o no devueltos por sí mismos dichos 2 000 pesos, cuya cantidad exhibirá Guisasola en la administración principal de rentas de este estado.
Arriaga, Juan Nepomuceno de