CÓRDOBA, CIUDAD DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0045-PX_0045_0158 · Unidad documental simple · 19/07/1774
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Gaspar de Morales Caballero, de la Orden de Santiago, natural de la ciudad de Córdoba y residente en este pueblo de Jalapa, hijo de don Andrés de Morales y de la difunta Francisca Pineda y Valenzuela; y doña María Ignacia Gil Sáenz de Santa María, hija de don Francisco Gil y de la difunta doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María; marido y mujer, se otorgan poder mutuo para testar y se nombran albaceas, para que después del fallecimiento de alguno de los dos, se encargue de hacer y ordenar el testamento del que fallezca primero, declarando que son casados y del principal que cada uno tenía, junto con las deudas activas y pasivas, lo declarará el que sobreviva de los dos; mandan aplicar por sus almas las misas que se tienen comunicado; procrearon 3 hijos; Gaspar, nombra a María por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0072 · Unidad documental simple · 1833/06/14
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Martín Sánchez y Serrano, de esta vecindad, dijo que a nombre de la compañía titulada Colmenero y Cosío, otorga que confiere poder especial a don Manuel María Iriarte, vecino de Veracruz, para que a su nombre y en representación de dicha compañía, gestione cuanto sea conducente y necesario en el Superior Tribunal de Justicia de este Estado, en el expediente que se sigue sobre cobro de cantidad de pesos a don Julián de la Colina, vecino de la ciudad de Córdoba, cuyos autos están en segunda instancia en dicho tribunal superior por apelación que se interpuso, cuyo grado siga por todos sus trámites hasta obtener sentencia favorable y en caso que sea contrario interpondrá el recurso de súplica y seguirá la tercera instancia.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0045 · Unidad documental simple · 1834/02/26
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Los señores Escandón y Compañía, y José María Suárez, dijeron que el primero celebró contrata con el Gobierno General de la Federación en esta República relativa a las postas de correos en la línea de Veracruz a México por el tiempo de cinco años que deberá comenzar a contarse el 1 de abril, y que en secuencia de esa contrata han celebrado los comparentes entre sí en lo particular un convenio consignado en las cláusulas siguientes: Suárez se hará cargo por los cincos años de mantener perfectamente comidas y cuidadas las bestias de las postas de la diligencia en Xalapa, Corral Falso, Plan [sic], Puente Nacional, Boquerón, Santa Fe y Veracruz. Que en cada posta de las mencionadas habrá nueve mulas y un mozo para cuidarlas, el cual será de cuenta de Suárez, advirtiendo que el mozo de cada posta hará el servicio de Sota y a él se le entregará la pastura que crea conveniente para mantener bien su tiro. Que en cada una de las referidas postas habrá una caballería proporcionada con su correspondiente techo con el fin de que las bestias no estén a la intemperie. Que será a cuenta de Suárez correr todos los extraordinarios que se ofrezcan desde Veracruz hasta la Hoya y de bajada desde Xalapa hasta Veracruz, siendo bajo su responsabilidad cualesquiera faltas en este servicio y a su favor los productos de dichos extraordinarios. Que por el servicio expresado en los artículos anteriores excepto lo último dicho los señores Manuel Escandón y Compañía pagarán al señor Suárez la cantidad de 12 000 pesos anuales por trimestre adelantado. Que el presente contrato tendrá su exacto cumplimiento mientras el gobierno mantenga con Escandón y Compañía la contrata celebrada de conducir la correspondencia, pero que, si por convenirle al gobierno les faltase, cesará también con Suárez el compromiso e igualmente que, si algún día el gobierno obliga a que la correspondencia sea llevada por la vía de Orizaba y Córdoba, en cuyo caso variará también el curso de la diligencia, cesará de consiguiente este contrato con Suárez. Bajo cuyos capitales y condiciones otorgan ambos comparentes que será fielmente cumplido el convenio, comprometiéndose cada uno en la parte que le toca. Y ratificando la escritura se obligan a su firmeza y guarda, el señor Manuel Escandón y Compañía y el señor Suárez con los suyos propios.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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              MX UV.USBIX ANX-P-0057-PX_0057_0144 · Unidad documental simple · 01/02/1792
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José de la Fuente, Subteniente del Regimiento Provincial de Córdoba y Jalapa, otorga poder a don Manuel de Quevedo, para que lo obligue como fiador de su hermana doña Manuela de la Fuente, viuda, albacea y tenedora de don Sebastián de Quevedo, por la cantidad de 2,000 pesos y caucionar con ellos las hijuelas de sus sobrinos, entregando las escrituras correspondientes.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0058-PX_0058_0086 · Unidad documental simple · 07/09/1793
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Antonio de la Pedreguera, Teniente Coronel del Regimiento de Córdoba y Jalapa, vecino de este último lugar, vende a don Manuel José Rincón, vecino de Jalapa, una casa y solar de 9 varas de frente y 54 de fondo, que linda al sur con la Plazuela del Rey, al norte con la barranca de Xallitic, al oriente con casa y solar de la testamentaria de don Diego José Gorozpe Irala y Padilla, y al poniente con casa del comprador, dicha venta la hace en 500 pesos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0061-PX_0061_0124 · Unidad documental simple · 01/10/1796
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Miguel de Iriarte y Lezeta, Familiar del Santo Oficio, vecino de la Villa de Xalapa, junto con su hermano don Gaspar de Iriarte, Capitán del Regimiento de Infantería Provisional de Córdoba, Xalapa y Subdelegado de esta villa, el primero casado con doña Juana Manuela de Alba y el segundo soltero, otorgan poder especial a don Jerónimo Burlastegui y a don José Ángel de Imaz, vecinos de la ciudad de Cádiz, para que en sus nombres haga probanza y averiguación de cómo son hijosdalgos de padre y madre.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0061-PX_0061_0209 · Unidad documental simple · 17/07/1797
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Marcos González, Teniente Coronel del Regimiento de Infantería Provincial de Córdoba, Orizaba y Jalapa, otorga poder general a don Antonio de Couto y Aballe, vecino de Orizaba, para que de manera judicial o extrajudicial, pida, demande, reciba y cobre a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban, así para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales que tenga con cualquier persona, lo defienda y demande, para lo cual comparezca ante cualquier juez, justicia y tribunal superior e inferior, secular y eclesiástico.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0061-PX_0061_0217 · Unidad documental simple · 29/07/1797
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Marcos González, natural de la villa de Cantir, Arzobispado de Burgos, jurisdicción de Campo en los Reinos de Castilla y vecino de la Villa de Orizaba, Teniente Coronel de las Milicias Provinciales de las tres villas, hijo legítimo de don José González de Miera y de doña María Fernández de los Ríos, difuntos, casado con doña Teresa Fernández, hija legítima de don Alejandro Fernández y de doña María de la Vega, otorga poder para testar a favor de don Patricio Fernández, su hijo político, junto con don Antonio de Couto y Aballe, ambos vecinos de Orizaba, y a don Manuel Santos Terán, vecino de Córdoba, asimismo los nombra albaceas testamentarios y como herederos universales nombra a doña Gabriela, casada con el citado Patricio Fernández; doña María Trinidad, don José Manuel, don Francisco, doña Micaela y doña Teresa, sus hijos legítimos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0098 · Unidad documental simple · 1839/08/07
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Los señores don Joaquín Llera, administrador de tabacos de esta ciudad; don José de Jesús Díaz, don José Manuel de Izaguirre y don Cosme Rebolledo, diputados de cosecheros de ese fruto en este distrito, dijeron que el 26 de junio del presente año celebraron contrata entre los señores comisionados que forman la Empresa de Tabacos y las diputaciones de cosecheros de Orizaba y Córdoba. Dicha contrata se compone de 49 artículos, que en el acto de su realización no nombraron persona que representara al común de cosecheros de este distrito de Xalapa, según se expresa en el artículo 48, por lo que la dirección general de la empresa y los cosecheros de Orizaba y Córdoba solicitaron se incorporase a ella, acción a la que aquellos no accedieron, sino que presentaron a la dirección varias modificaciones en algunos de sus artículos. Razón por la cual el señor director de la empresa autorizó al nominado don Joaquín Llera como agente de ella, para convenir con esta diputación acerca de los puntos en que no está conforme con la repetida contrata, y al efecto se reunieron ambas partes en la casa del señor administrador Llera, en donde convinieron lo siguiente: se adopta por esta diputación la contrata celebrada por la empresa de tabacos con la de Orizaba y Córdoba el 26 de junio del presente año, con todos sus artículos que quedan insertos, y solo con las adiciones que a continuación se expresan; 1.ª Coatepec será el punto para la reunión, clasificación y beneficio del tabaco en este Distrito. La fecha para la reunión de cosecheros, la que concede el artículo 18 al pueblo de Huatusco, y el tiempo para la entrega del tabaco en almacenes, el que se fija al Distrito de Córdoba por el artículo 35, siendo el gasto de conducción a dichos almacenes de cuenta de los cosecheros. 2.ª que la presente Diputación se reserva el derecho de gestionar lo conveniente ante quien corresponda para que sus comitentes sean atendidos en proporción a los otros distritos cosecheros en la distribución de la siembra, de manera que no se les prive del beneficio del aumento de tercios a que sean acreedores. Bajo estas adiciones, los expresados señores don José de Jesús Díaz, don José Manuel de Izaguirre y don Cosme Rebolledo como diputados del común de cosecheros de este distrito, y don Joaquín Llera, como agente de la repetida empresa, y en uso de la autorización que por ella le está concedida, en nombre, voz y representación de sus comitentes, otorgan que ratifican y aprueban la repetida contrata, según se contiene en sus artículos expresados, sin más alteración que las adiciones referidas y se obligan a observar y cumplirla exacta e inviolablemente.

              ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0058-PX_0058_0015 · Unidad documental simple · 19/02/1793
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Antonio de la Pedreguera, Teniente Coronel de las Milicias Provinciales de Córdoba y Jalapa, y Subdelegado Interino en este último lugar, declara como válido el testamento que a continuación de detalla. Don Pedro Gorrindo Palomino, Alcalde Mayor del pueblo de Jalapa y su jurisdicción, natural de la ciudad y puerto de Santa María, en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de don Juan Gorrindo Palomino y doña Inés Rodríguez, difuntos, casado en tres ocasiones, primero con doña María de las Nieves, segundo con doña Gertrudis Josefa de Campo y la tercera con doña María Josefa Suárez, a quien nombra como su albacea testamentaria, en compañía de don Francisco Ángel del Camino. Como herederos universales nombra a sus hijos del segundo matrimonio, junto con los del tercer matrimonio. Entre sus bienes declara como suyas, dos casas contiguas en la calle de Belén libres de censos, lo que le deben y demás queda apuntado en un cuaderno. Asimismo hace otras declaraciones sobre su cargo de Alcalde Mayor.