Don Francisco de Herrasti, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo que como albacea de don Liborio Clausell, el 6 de abril del presente año dio poder a don Sebastián de Eguía, actual Cónsul del Real Tribunal del Consulado, en el cual no incluyó poder para dar fianza, por lo que a través de la presente agrega poder a dicho Eguia, para que lo obligue como fiador testamentario.
CÓNSULES
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Don Francisco de Herrasti, albacea testamentaria y heredero de don Liborio Clausell, otorga poder general a don Sebastián de Eguia, actual Cónsul del Real Tribunal de México, para que en su nombre y por el cargo que se le tiene conferido, demande y cobre judicialmente de los herederos, fiadores, abonadores y de quien más haya lugar las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, y demás que se le debieren a través de vales, libranzas, conocimientos u otros instrumentos, de lo que perciba que entregue los recibos que le sean pedidos, en caso de requerirse juicio, que lo siga, pareciendo ante las autoridades correspondientes y presentado la documentación, testimonios y todo lo que le sea requerido, por lo que se da éste con libre y general administración con facultad de sustituir.
Don Lorenzo de la Rosa, vecino de Tulancingo y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don José Ventura Rubin de Celis, Cónsul Real de la Ciudad de Sevilla y Cádiz, para que cobre de manera judicial o extrajudicial, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban y así para que lo represente en todos sus pleitos.
Don Francisco de Respaldizar residente en este pueblo y vecino de la Ciudad de Sevilla, otorga poder especial a don Miguel Alonso de Ortigosa, Cónsul del Tribunal de la Ciudad de México, para que cobre a don Agustín Moreno, vecino de dicha ciudad y Gobernador del Estado, la cantidad de 39, 000 pesos de oro común.
Don Antonio Mejía, vecino de la Ciudad de México y residente en este pueblo, otorga poder especial a don Miguel Alonso de Ortigosa, vecino de dicha ciudad, Cónsul del Tribunal de Mercaderes, para que firme los conocimientos que se ofrecieron de los pesos que le remitieron para su viaje a España y se encargue de cobrar a las personas que le adeudan ciertas cantidades y objetos.