CODICILOS

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              13 Archivistische beschrijving results for CODICILOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0012 · Stuk · 1709/01/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que otorgó su testamento en esta villa el 16 de octubre de 1708, y porque de presente se le ofrece hacer algunas aclaraciones, por vía de codicilo declara que en una de las cláusulas de su testamento expuso que doña Dominga Lorenza de Villalba le estaba debiendo 100 pesos de los corridos de un año de capellanía, cumplidos a fin de agosto de 1708, cantidad que ya ha sido pagada. Declara debe a los bienes y herederos del Capitán don Diego Salgado 80 pesos de ajuste de cuentas; a don Juan Ortiz de Rosas 12 pesos; y a Juan Martínez Calzadilla 8 pesos y un real. Declara deber 200 misas rezadas, que algunas personas le han [roto]. Manda se entregue la casulla de tela blanca con su estola y manípulo al Bachiller Miguel de Guzmán, su ahijado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0031 · Stuk · 1710/04/06
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Gómez Dávila, doncella, dijo que otorgó poder para testar a su hermana doña Josefa Gómez Dávila, en esta villa el 26 de marzo pasado, y ahora por medio de codicilo hace las modificaciones siguientes a dicho poder para testar. Declara que en una de las cláusulas de dicho poder dijo tener una esclava nombrada María, casta rayada, la cual debía servir a su hermana Josefa hasta su muerte y después quedaría libre; cuya cláusula revoca y ordena que dicha esclava le sirva a su hermana perpetuamente.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0128 · Stuk · 1708/12/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa, estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad, dijo que por cuanto tiene otorgado su testamento el 16 de octubre del presente año, y porque al presente se le ofrece declarar y revocar, y poniendo en efecto por vía de codicilo declara que por una de las cláusulas de su testamento tiene mandando que Petrona de San Miguel, mulata su esclava, que será de más de cincuenta años, dé 100 pesos para que goce de su libertad, cuya cláusula la revoca, y es su última voluntad que desde el día de su fallecimiento la susodicha goce de su libertad en adelante para siempre, la cual le hace gracia por los buenos y leales servicios que de la susodicha ha tenido [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0099 · Stuk · 1702/09/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y doña María Altamirano, marido y mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, estando la susodicha enferma en cama y don Gaspar del Monge en su entera salud; dijeron tienen hecho y otorgado su testamento juntos de mancomún acuerdo, otorgado en su hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza en esta jurisdicción, a los 13 de mayo de 1699 ante Bernardino Felices, Escribano de Su Majestad. Y por cuanto en una de las cláusulas de dicho testamento determinaron que el Bachiller don José del Monge y Mendoza, hijo de los otorgantes, fuese mejorado en el quinto del remanente de su bienes, ahora por vía de codicilo revocan dicha cláusula y dándola por cancelada, ordenado que la herencia por fin y muerte de los otorgantes la hubieren de percibir y heredar por partes iguales doña Nicolasa del Monge y Mendoza, casada, y el dicho Bachiller don José del Monge y Mendoza, hijos de los otorgantes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0051 · Stuk · 1716/05/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Guazo de los Ríos y María Galván de la Oliva, marido y mujer, dijeron que el 26 de marzo del presente año, ambos otorgaron su testamento en que mutuamente se nombraron albaceas junto con el Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado de esta villa por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico. Cuyo testamento, en el que señalaron sepultura y herederos, mandas, legados y declaraciones, mencionaron haber criado y tener en su casa y compañía a Feliciana Seferina Márquez, niña de diez años, y a Nicolás Francisco del Río, de siete años, a los cuales mandaban que teniendo la edad competente o tomando estado se le diese a cada uno 50 pesos, y en el ínterin parasen en poder de sus albaceas. Y ahora por vía de codicilo y como más haya lugar en derecho, otorgan que revocan dicha cláusula y solo mandan se les dé a los susodichos el poco menaje de casa que quedase, tales como trastes de cocina, ollas, cazuelas, metates y no otra cosa por hallarse atrasados y pobres.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0048 · Stuk · 1710/05/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego de Palma, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el 24 de noviembre de 1708 otorgó en esta villa poder para testar y por cuanto está próximo a realizar viaje a la ciudad de Puebla de los Ángeles, México y otras partes del reino con carga de tabaco de su cuenta, y por lo que pudiera suceder de algún frangente de peligro de vida, por vía de codicilo dejando en vigor dicho poder para testar, nombra por su segundo albacea a Diego Sánchez Jurado, su compadre, vecino de esta villa, quien hace viaje en su compañía, para que en caso de su fallecimiento lo pueda enterrar en la iglesia de la parte o lugar donde ocurriera.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0122 · Stuk · 1719/11/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, hijo del Capitán Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos, dijo que el día 7 de septiembre de 1716 otorgó su testamento con sus declaraciones y legados. Ahora por vía de codicilo, en atención a la muerte del Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, su hermano, a quien nombró por su albacea y heredero, nombra en su lugar a don Tomás López de Sagade Bugueiro, su hermano. Codicilo en el que declara lo siguiente: manda se digan en su testamento misas rezadas por su alma y por la de sus padres, por la pitanza ordinaria se digan otras 1 000 misas rezadas por la misma razón. También, manda se pase por una memoria que está haciendo de letra y mano del Bachiller don José Gutiérrez [roto], Presbítero, la cual en caso de no poder firmar de su mano la firmará el citado Bachiller José, la cual manda a sus albaceas se cumpla y ejecute. También, nombra por su albacea y tenedor de bienes de don Alonso López de Sagade Bugueiro, su hermano [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0132 · Stuk · 1711/11/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Rodríguez de Olmedo, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto el 4 de octubre de 1707 otorgó su testamento en la hacienda nombrada Señor San Sebastián, que fue suya, por la presente otorga codicilo de la siguiente manera: Manda que del remanente del quinto de sus bienes se dé a Gertrudis Rodríguez, mujer legítima de José Malpica, a quien crió en su casa, lo que quede después de pagar sus mandas y obras pías. Declara tener un esclavo negro criollo nombrado Lorenzo, de veintidós años de edad más o menos, el cual manda se venda y pagado su entierro y misas, lo que quede se reparta entre Rafaela, Antonia, Sebastiana y Bartolomé Rodríguez, sus nietos. Revoca el nombramiento de albaceas y nombra como tal a don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado de esta villa, y al Capitán don Gaspar Rendón, a este último también lo nombra como tutor y curador ad bona de sus nietos. Manda que de su propio caudal se hagan las paredes de la ermita del Señor San Sebastián, que está en esta villa, y es su voluntad que en caso de que se teche dicha capilla y se celebre el Santo Sacrificio de la misa, pide y suplica al capellán que fuere de ella le diga todos los años una misa cantada por su alma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0036 · Stuk · 1712/04/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Rodríguez, vecino de esta villa, dijo que el día tres de este presente mes y año otorgó su testamento, por el cual hizo protestación de nuestra santa fe católica nombrando albacea y herederos, y ahora por vía de codicilo dice lo siguiente: Declara que cuando murió Antonia Ramírez, su madrastra, le dejó nombrado por su albacea y por herederos a Juan y a Manuela Rodríguez, sus hijos legítimos, cuyo cargo uso solamente en lo que tocó a su entierro y que en los bienes muebles que dejó declarados la difunta entró el mencionado Juan Rodríguez, su hijo, quien los administró por estar el otorgante ocupado en el ejercicio de sus mulas, viviendo todos juntos en el rancho. Y al tiempo en que Manuela Rodríguez contrajo matrimonio con Francisco Daza, presenció como Juan Rodríguez le entregó al susodicho la mitad de todas las vacas, becerros, yeguas, potrancas y un solar que le tocaban a Manuela Rodríguez, su mujer, por bienes de dicha Antonia Ramírez. Y que el dicho Francisco Daza presentó petición ante el Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor que fue de esta villa, para que se le entregara su legítima, por lo cual dicho alcalde mandó a declarar a Juan Rodríguez y al otorgante, declarado ambos que ya se le habían entregado dichos bienes, por lo cual no fue admitido juicio alguno.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0003 · Stuk · 1713/01/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Juana Gatica y Aguilar, vecina y natural de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto tiene otorgado testamento y codicilo; por vía de otro codicilo ordena lo siguiente: manda se le den de sus bienes 100 pesos a cada una de sus sobrinas nombradas doña Antonia María, doña María Gabriela y doña Jacinta Micaela de Velilla Blanco, hijas del Depositario General, don Baltazar González de Velilla Blanco.

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