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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0044 · Unidad documental simple · 1839/04/17
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Ángela Gorrindo Palomino, originaria y vecina de esta ciudad, dijo que el 11 del presente mes otorgó su testamento, y que habiendo deliberado hacer una aclaración, poniéndolo a ejecución por vía de codicilio, declara que en una de las cláusulas de su referido testamento por equivocación expuso que en la testamentaría de su finado esposo don Felipe Díaz de Peón estaba concursada, pero ahora con mejor acuerdo por los conocimientos que le ha prestado su hijo don Felipe [Díaz de Peón y Gorrindo], nombrado primer albacea, y con el fin de desvanecer cualquiera equivocación, manifiesta que habiendo sido nombrada albacea en el testamento que otorgó su citado esposo, éste le confirió su poder al ya mencionada su hijo para que en su nombre desempeñase este encargo, como lo ha verificado hasta la fecha, librando a la testamentaría de su referido esposo del concurso que pretendieron se formase de los bienes de ésta, la cual solo reconoció por legitima la deuda del cofre de Puebla en los términos que el mismo apoderado expuso y no la del señor Vázquez y otros por no tener aquel carácter, pues este señor no exhibió la carta de lasto que debió presentar como comprobante del cargo. Y siendo éste el verdadero estado de ella, encarga nuevamente a sus albaceas, en el orden que van nombrados que la terminen a la mayor posible brevedad; lo cual quiere que como adición a su testamento valga y tenga la fuerza necesaria en la mejor vía y forma que más halla lugar.

              ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0128 · Unidad documental simple · 1708/12/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero, vecino de esta villa, estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad, dijo que por cuanto tiene otorgado su testamento el 16 de octubre del presente año, y porque al presente se le ofrece declarar y revocar, y poniendo en efecto por vía de codicilo declara que por una de las cláusulas de su testamento tiene mandando que Petrona de San Miguel, mulata su esclava, que será de más de cincuenta años, dé 100 pesos para que goce de su libertad, cuya cláusula la revoca, y es su última voluntad que desde el día de su fallecimiento la susodicha goce de su libertad en adelante para siempre, la cual le hace gracia por los buenos y leales servicios que de la susodicha ha tenido [roto].

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0099 · Unidad documental simple · 1702/09/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y doña María Altamirano, marido y mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, estando la susodicha enferma en cama y don Gaspar del Monge en su entera salud; dijeron tienen hecho y otorgado su testamento juntos de mancomún acuerdo, otorgado en su hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza en esta jurisdicción, a los 13 de mayo de 1699 ante Bernardino Felices, Escribano de Su Majestad. Y por cuanto en una de las cláusulas de dicho testamento determinaron que el Bachiller don José del Monge y Mendoza, hijo de los otorgantes, fuese mejorado en el quinto del remanente de su bienes, ahora por vía de codicilo revocan dicha cláusula y dándola por cancelada, ordenado que la herencia por fin y muerte de los otorgantes la hubieren de percibir y heredar por partes iguales doña Nicolasa del Monge y Mendoza, casada, y el dicho Bachiller don José del Monge y Mendoza, hijos de los otorgantes.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0051 · Unidad documental simple · 1716/05/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Guazo de los Ríos y María Galván de la Oliva, marido y mujer, dijeron que el 26 de marzo del presente año, ambos otorgaron su testamento en que mutuamente se nombraron albaceas junto con el Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado de esta villa por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico. Cuyo testamento, en el que señalaron sepultura y herederos, mandas, legados y declaraciones, mencionaron haber criado y tener en su casa y compañía a Feliciana Seferina Márquez, niña de diez años, y a Nicolás Francisco del Río, de siete años, a los cuales mandaban que teniendo la edad competente o tomando estado se le diese a cada uno 50 pesos, y en el ínterin parasen en poder de sus albaceas. Y ahora por vía de codicilo y como más haya lugar en derecho, otorgan que revocan dicha cláusula y solo mandan se les dé a los susodichos el poco menaje de casa que quedase, tales como trastes de cocina, ollas, cazuelas, metates y no otra cosa por hallarse atrasados y pobres.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0048 · Unidad documental simple · 1710/05/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego de Palma, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el 24 de noviembre de 1708 otorgó en esta villa poder para testar y por cuanto está próximo a realizar viaje a la ciudad de Puebla de los Ángeles, México y otras partes del reino con carga de tabaco de su cuenta, y por lo que pudiera suceder de algún frangente de peligro de vida, por vía de codicilo dejando en vigor dicho poder para testar, nombra por su segundo albacea a Diego Sánchez Jurado, su compadre, vecino de esta villa, quien hace viaje en su compañía, para que en caso de su fallecimiento lo pueda enterrar en la iglesia de la parte o lugar donde ocurriera.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0149 · Unidad documental simple · 1825/09/27
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Bautista Priani, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, emigrado de aquella ciudad por las hostilidades entre ésta y el Castillo de San Juan de Ulúa, dijo que el primero de julio de 1819 otorgó su testamento en dicha ciudad, en el que nombró por albaceas a don Francisco Antonio de la Sierra y don Manuel de Villa y Gibaja, quienes antes del rompimiento de los fuegos emigraron para España. En cuya virtud, otorga que revoca el dicho nombramiento de albaceas y nombra en su lugar a su esposa doña María Josefa de Salas de Priani y a sus dos hijas mayores, doña Guadalupe y doña María Josefa Priani y Salas. Asimismo, por el considerable quebranto que han sufrido sus bienes, revoca las cláusulas que tratan de un legado de 1 000 pesos para el hospital de San Sebastián de aquella ciudad y de la fundación de una capellanía con el principal de 3 000 pesos, para que del mismo modo no valgan. Dejando todo lo demás de dicho testamento en su fuerza y vigor con el tenor de este codicilo.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0160 · Unidad documental simple · 1835/12/02
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, dijo que el 30 de noviembre pasado otorgó su testamento y habiéndole ocurrido con posteridad hacer otras declaraciones que no tuvo presentes, ahora lo verifica por medio de codicilo de la manera siguiente: Declara que la casa nombrada de la Cervecería, ubicada en esta ciudad, pertenece a don Francisco Victoriano Rodríguez, quien se la ha tenido cedida a la otorgante, con la condición de que si él moría primero la nombraba heredera de esa finca y si por el contrario sobrevive él se la ha de devolver, por lo cual ordena que si fallece antes que Rodríguez, se le entregue a éste la referida finca, como también algunos libros que existen de su pertenencia en poder de la misma otorgante. Declara que además de la plata que tiene en la Habana, existe ahí también un cajón de losa muy buena y otras cosas que constan en una lista que se adjunta a este instrumento.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0023 · Unidad documental simple · 1836/02/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Francisca Peredo, dijo que en 23 de septiembre de 1833 otorgó testamento y que actualmente ha deliberado enmendar algunas cosas y aclarar otras, y reduciéndolo a efecto por vía de codicilo ordena lo siguiente: Declara que la cláusula sexta de dicho testamento ya no tiene ningún valor ni efecto en virtud de haber variado de vecindad su hermano don Antonio José Peredo, quien hizo formal renuncia del cargo de tutor de los menores Francisco Mariano y Guadalupe Braulia de Espino y Peredo que recayó en la otorgante, y de consiguiente ha recibido del propio su hermano los haberes de los expresados menores. Declara no ser ya de su pertenencia la tienda mestiza de la calle de Belén ni la nombrada del Sol en la calle Principal como tenía declarado en la cláusula séptima; pero si es suya todavía la casa ubicada a la calle de los Ingenios y que los demás bienes que en la actualidad disfruta queda instruido su albacea. Ordena que el tercio de sus bienes, libres después de deducido el quinto, se reserve e imponga con la mayor seguridad a fin de que en el evento de que su hija Guadalupe Braulia llegue a casarse se vayan ministrando a ésta en partidas parciales de manera que le sirvan de auxilio y socorro para que no perezca, pero que solo se le dará a la interesada en los términos expresados. Ordena que si su hijo el nominado Francisco Mariano tuviese actitud de girar el importe del indicado tercio cuando haya fallecido la otorgante pueda entregársele desde luego con las convenientes seguridades.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0038 · Unidad documental simple · 1822/07/16
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Muñoz Estepa, capitán retirado del Ejército, dijo que de acuerdo al contenido en el testamento que otorgó en esta villa el 22 de octubre de 1810; otorga por vía de codicilo, que habiendo cesado los motivos que dieron causa a la cláusula cuarta que se refiere a la huérfana Josefa Montes, la revoca en el todo. Declara que ha vendido la casa que citó en el testamento, ubicada en la calle de las Damas. Que habiendo variado las circunstancias deja por única y universal heredera, en atención a no tener herederos forzosos ascendentes ni descendientes, a su esposa doña Ramona Alba, para que disfrute lo que reste de sus bienes; asimismo, le nombra y encomienda la tutoría y curaduría ad bona de su hijo adoptivo Pedro José Estepa. Por otra parte, ratifica el nombramiento de albaceas. Finalmente, declara que es ya de ningún valor el contenido de la cláusula séptima, por haber cesado el crédito que la motivó; y deja en vigor todo lo demás contenido en el referido testamento.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0005 · Unidad documental simple · 1839/01/26
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Ponciano de Casas, natural del pueblo de Naolinco, dijo que el día 23 del presente mes otorgó su testamento, por ante el presente escribano, al cual desea hacer algunas modificaciones por vía de codicilio. Por lo que a través de la presente señala lo siguiente: manda que del quinto de sus bienes se le entreguen 100 pesos a su hermana doña Manuela de Casas, que le hace legado por el amor que profesa a su esposa e hijos, a quienes cuida como una madre. Manda que el resto del quinto de sus bienes, pagados los dichos 100 pesos y demás gastos, entre a la masa de sus bienes. Declara que en la cláusula decima segunda de su citado testamento, nombró por tutores de sus hijos del primer y segundo matrimonio Francisco de Paula, Adrián, Ana Francisca de Paula y el póstumo, al señor su padre don José Santiago de Casas y a su citada esposa doña Ana Pérez, a quienes pide se les añada el cargo de curadores.

              ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO