Ana Gómez, vecina de Naolingo, por vía de codicilio declaró que por cuanto en su testamento señaló tener como bienes suyos 1 060 pesos de oro común en poder de su marido Sebastián de Acosta, dijo que en dicha cantidad entran los pesos de oro que Pedro de la Mota y Don José de Ceballos le deben.
CODICILIOS
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Mateo de la Cruz, indio cacique, natural y vecino del pueblo de Naolinco, otorga codicilio al testamento que tiene realizado, en el que manda se revoque la cláusula en donde señalaba que le diese a la Cofradía de las Benditas Almas, un solar que compró a don Salvador de Castro.
Don Felipe Nicolás de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, hace codicilio al poder para testar que otorgó a su esposa doña María Gertrudis Lagunas, junto con sus hijos don José de Acosta y don Antonio García Campomanes, declarando que los 80 pesos que su esposa trajo al matrimonio y que pertenecían a su hijo Norberto Oliva, hijo de su primer matrimonio y a ella misma, fueron empleados por el otorgante para la compra de unas cabezas de ganado, cantidades que manda se le paguen a su esposa y entenado.
Agustina de Orduña Castillo, viuda de Diego Alonso[de Villanueva], vecina del pueblo de Naolinco, dijo que otorgó su testamento en 25 de julio de 1709, y que por vía de codicilio manda que a su mulata se le procure una caja de cedro con llave para que se la entregue a su hermana Juana, se le entregue una caja de pino con llave a Diego, otra chica a Agustina, 2 metates a cada uno, entre otros bienes menores. Manda se le den 6 pesos a cada una de las cofradías del pueblo de Naolinco.
Codicilio de Don Domingo de Oliveros, vecino de Jalapa, por el cual declara que José de Armenta, vecino de Coatepec, le debe 6 pesos de oro común; José Alejandre, vecino de Jalacingo, le debe 13 pesos; Salvador de Domínguez, vecino de Naolinco, le debe 4 pesos. Asimismo, el otorgante hizo una relación de las personas a quienes les quedó debiendo ciertas cantidades de pesos.
Juan Rodríguez, viudo de Josefa de Rivera, vecino de este pueblo de Naolinco, otorgó poder para testar, el 25 de junio de 1742; solicita por vía de codicilio, que a su hija Juana Rodríguez, doncella, se le entregue una casa de paredes y tejas, que esté ubicada en este pueblo de Naolinco.
Matías Pérez, vecino de este pueblo de Naolinco, con testamento hecho en el pueblo de Jalapa, de fecha 24 de octubre de 1736, indica que por vía de codicilio decide hacer cambios al mismo, mandando que la mitad de sus bienes se le den a su hija María y a su mujer, y la otra mitad a sus demás hijos, así como no otorgarles una casa y solar a sus hijos José y Miguel como lo indicaba el anterior testamento.
Pedro García de Baldemora, vecino del pueblo de Naolinco, dijo que habiendo hecho su testamento el 1 de septiembre de 1694, otorga codicilio en que añade y revoca algunas cláusulas. Cuando contrajo matrimonio con Juana Domínguez, difunta, le dieron de dote un pedazo de solar ubicado en Naolinco, el cual dona a Luisa de Zárate, por el amor que le tenía su mujer y que le pidió se lo diera. Después de hecho su testamento nació en su casa un mulato llamado Matías Francisco, niño de 6 años más o menos hijo de María, negra esclava, a quien liberta de la esclavitud por los buenos servicios que ha dado su madre y por haber nacido en su casa. Declara tener en reales 2, 500 pesos de oro común que están al rédito de un 5% anual. Dijo que había nombrado como albacea de bienes a su hijo y a su mujer, quien ya murió y en su lugar nombra a Antonio de Acosta, su yerno y como tenedor de sus bienes a su hijo.
María de Jesús García de Baldemora, viuda y vecina de Naolinco, dijo que en este pueblo otorgó su testamento el 6 de octubre del presente año, señala que por vía de codicilio revoca la cláusula en donde mandó se ocuparan 10 pesos, especificando que sólo se tomen 5 pesos para las misas cantadas, que se tenían que costear del quinto de sus bienes, también manda que su entierro sea en la iglesia del lugar donde fallezca.
Don Antonio Romero, Teniente General de la provincia de Jalapa y Jalacingo, señala que don Agustín García Campomanes, hace codicilio a su testamento, en donde manda se mejore el quinto de sus bienes a sus hijos Ana y Francisco Javier, del cual deberán utilizar para gastos de su funeral y misas, también declara tener vendido el ganado del rancho nombrado “Llano de Chiltoyac” a sus hijos don Antonio García Campomanes y don Francisco García Campomanes.