Don Felipe Ignacio de Alzolaras, del Comercio de España, dijo que el 6 de octubre de 1779, otorgó un poder para testar a don Juan Antonio de Zuloaga, en el que señaló entierro, albaceas y herederos, al cual le agrega por vía de codicilo, que nombra por su segundo albacea a don Remigio Fernández, de quien hizo mención en dicho poder para testar, declarando que ordena se paguen a don Pascual José Portillo y a don Félix de Basterra, las cuentas que presuntamente han gastado en él, ordena que la ropa de su uso sea valuada y vendida para que su ganancia se entregue a dicho Remigio.
CODICILIOS
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Don Pedro Felipe Venel, del Comercio de España, residente en el pueblo de Jalapa, con testamento hecho en la Ciudad de Cádiz, por vía de codicilio es su voluntad que lo entierren en la bóveda de la capilla que el Comercio de España tiene en esta antigua parroquia; nombra como sus albaceas testamentarios a don Liborio Clausell y don Pedro Julián Pastor, vecinos de España y residentes en este pueblo, los cuales sustituyen a don Juan Francisco Venel, don Juan Mateo Juille y don Joaquín Vicente Noeli.
Antonio Martín, natural de España y residente en este pueblo de Naolinco, con testamento hecho el 8 de Octubre de 1744, declara que por vía de codicilio, sustituye el nombramiento de albaceas que otorgó a don Domingo Pérez y don Félix José de los Reyes, vecinos de este pueblo, para otorgarlo a Faustina Domínguez, su legítima mujer y vecina de dicho pueblo.
Jerónimo Manuel Durán, residente y mercader de la Ciudad de la Nueva Veracruz, con testamento hecho, declara por vía de codicilio que sustituye a sus albaceas, quienes residen en España, y que por temor a que lleguen después de su muerte, es su voluntad que dicho cargo ahora lo ocupe don Domingo Díaz Mier, residente del puerto de Veracruz.
Don Julián Ocalaghan, vecino de España, residente en el pueblo de Jalapa, por vía de codicilo nombra como albacea testamentaria a don Miguel de Ichaso, vecino de España, residente en este mismo pueblo, en lugar de don Antonio Oduyer y don Juan Santiago Lobo.
Don Antonio Callebout,del Comercio de España, residente en la Villa de Xalapa, por vía de codicilo nombra a don Francisco Pren y Castro, residente en esta Villa, para que por fallecimiento del otorgante proceda a su funeral y entierro en el modo y forma que le tiene comunicado, y para que recogidos los bienes del otorgante los dirija a su albacea don Ángel Pedro Puyade.
Don Mateo Badillo declara que hizo testamento en esta Villa el 6 de septiembre de 1799, pero que la ocurrencia de circunstancias lo pone en la necesidad de mudar algunas cláusulas. Declara nula la cláusula donde asignó 120 pesos anuales al Beaterio para la maestra y ayudantas, sobre una casa ubicada en la Calle de la Amargura, la que según dicha cláusula no se puede vender ni enajenar, vinculada perpetuamente a dicho pago, por lo queda nula, dejando siempre los 120 pesos anuales al Beaterio mientras subsista en él la enseñanza a las niñas pobres, y traspasa los 120 pesos a otra casa ubicada en la Calle Real. En otra de las cláusulas menciona, que en atención a que no es verificable vengan a esta Nueva España ninguno de los tres albaceas que tiene nombrados para que lo sean en España, nombró a don Lucas Mateo Martínez, en primer lugar; por su falta a don Remigio Fernández, Caballero de la Real Orden del Señor Carlos Tercero; y en tercer lugar, a don Francisco Javier de Santa María, y ordena por la presente que don Ramón Cabrejas, su pariente, entre de mancomún con el primero en igual grado y en caso de que don Lucas no acepte la mancomunidad, quede solo don Ramón.
Don Andrés Gil de la Torre, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, dijo que en 1764 en la Ciudad de Cádiz otorgó poder para testa y nombramiento de administradores de bienes a don Francisco de Aguirre, don Juan Martín de Aguirre y José Ortuño Ramírez, por lo que a través de codicilio, nombra como albaceas a sus hermanos don Manuel Gil de la Torre y José Gil de la Torre, vecinos en la Nobilísima Villa y Corte de Madrid.
Don Antonio Beau, del Comercio de España, residente en el pueblo de Jalapa, con testamento hecho en la Ciudad de Cádiz, dijo que por vía de codicilio revoca el nombramiento de albaceas testamentarios que tenía otorgado a don José de Ahedo, don Nicolás Hickie y don Juan Mateo Juille, sustituyéndolos en primer lugar en don Juan Mateo Juille, don Liborio Clausell y don Manuel Jiménez, del mismo comercio.