Don Juan Morcho, vecino del pueblo de Jalapa, con testamento hecho en 16 de enero de 1776, informa que por vía de codicilio, otorga a María Josefa Morcho, su hija legítima, mejorarla con el tercio de sus bienes.
CODICILIOS
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Don Alonso González Maurenza, vecino del pueblo de Jalapa, declara por vía de codicilio, que nombra como heredero a su hijo don Fernando Antonio González.
Doña Antonia de Piedra, viuda del Capitán don Pedro de Vera y Lobera, residente en este pueblo de Jalapa, dijo tiene otorgado poder para testar a su hijo el Bachiller don Manuel Felipe de Vera y Lobera, Presbítero, y a don Simón José de Vives, Factor Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz, y ahora por vía de codicilo ordena se le de el tercio y quinto de sus bienes a doña Ursula de Vera y Lobera, su hija, mujer de dicho don Simón José de Vives, y por su fallecimiento, a doña Ana y doña Luisa, hijas de la citada Ursula.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, con testamento hecho, informa que por vía de codicilio, nombra como albacea a su hijo don Francisco Javier Fernández de Ulloa, en substitución de don José Antonio de Acosta, el cual ha fallecido, nombra como herederos a sus 3 hijos, junto con su esposa; manda se dejen en libertad las esclavas María y Manuela Bárbara, que los 1, 000 pesos de la Capellanía de su hijo José Antonio están hipotecados, así mismo deja a sus hijos casas bajas que tiene en la Calle Real y otra en la esquina del Beaterio.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa, junto con doña Margarita Josefa Martínez Navarro, su legítima mujer, con testamento hecho, en el cual nombraron albaceas y herederos; informan que ahora por vía de codicilio, se nombran albaceas en compañía de don Francisco Javier Fernández de Ulloa, en sustitución del anteriormente designado; como herederos nombran a doña Micaela Gregoria, Luis Cipriano y José Felipe, a los cuales declaran sus hijos legítimos y herederos, junto con los ya nombrados en su testamento; otorgan libertad a 2 esclavas, una llamada María, negra de Armazón y la otra mulata llamada Manuela Bárbara, criolla, y que los 1, 000 pesos que tienen de capellanía son de su hijo José Antonio, mismos que reconocen sobre 2 casas bajas que tienen, una en la Calle Real y la otra en la esquina del Beaterio.
Don Ricardo Grant, vecino del pueblo de Jalapa, con testamento hecho, informa por vía de codicilio que el nombre por el que ha sido conocido es por Juan Ricardo de Guzman, no siendo este su nombre si no el de Juan Ricardo Grant de Guzmán. Ordena que se pague a don Pedro Estrange, vecino de Cádiz, 12 piezas de lamparillas. Nombra como albaceas a sus hijos José y Nicolás, manda que el quinto de sus bienes se divida en dos; una para gastos y la otra para donación de su nieto don José Joaquín Eduardo.
Don Bartolomé Salvo, vecino del pueblo de Jalapa, con poder para testar que le otorgó la difunta doña Josefa Navarrete, realiza el testamento de dicha difunta, en el cual después de un codicilio en el mismo, nombró como únicos herederos a su hijo legitimo, Domingo Lezama, junto con sus nietos María Josefa, hija de Cristóbal de Lezama y Josefa Andrea, hija de María Josefa Lezama.
Don Cristóbal Jiménez Barragán, Médico, vecino del pueblo de Jalapa, con testamento hecho donde nombra albaceas testamentarios y herederos, pero ahora por vía de codicilio, nombra a don Vicente Jiménez Barragán, su hijo legítimo, junto con don Juan Gómez de Estrada, como sus albaceas, en lugar de don Carlos José Garzón y don Dionisio José Salvo, ambos difuntos.
Don Manuel Joaquín de Artieda y Urra, natural de la Ciudad de Pamplona, en el Reino de Navarra, declara que por vía de codicilio, otorga se le entreguen al sacerdote, cuyo nombre ignora, la cantidad de 900 pesos, para la obra pía que señala en su poder para testar.
Don Andrés de Anaya Navarrete, vecino de Guichiapa, de oficio herrero, con testamento hecho, en el cual otorga poder para testar, designa albaceas y herederos, de fecha 28 de octubre de 1748, en este pueblo de Jalapa, informa que por vía de codicilio, manda se digan 50 misas por su alma, en la iglesia parroquial de este pueblo, en el altar de Nuestra Señora del Carmen, así como pagar de lo que se gaste en estas misas a don Nicolás de Ibáñez y don Sebastián Barradas.