CODICILIOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0005 · Stuk · 1685/01/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que en 1684 otorgó testamento, pero que a la fecha se le han presentado algunas cosas que añadir y quitar, y por vía de codicilio otorga lo siguiente: Que por cuanto en su testamento ordenó se dieran 500 pesos de limosna para la obra del crucero y la iglesia parroquial de esta villa, y al presente ordena que a parte de esa cantidad se den otros 1 000 pesos para la obra. Por otra parte, señala que el novenario de misas que mandó no se haga en el altar de “Nuestra Señora de Guadalupe” de la ciudad de México, sino en el altar “Nuestra Señora de Guadalupe” de esta villa de Córdoba.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0032 · Stuk · 1686/06/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Tomás López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto tiene otorgado testamento ante el presente escribano con fecha de 21 de mayo de 1683, ahora por medio de codicilio declara que las deudas que tenía las tiene pagadas y que el Doctor don Francisco Sentin Villamane, Cura Beneficiado del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco], le debe 71 pesos. Revoca la cláusula donde ordenó se le dieran 100 peso de oro común a Diego Núñez, vecino de esta villa. Asimismo, ordena se ajuste la cuenta de la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial de esta villa, de la cual ha sido mayordomo y diputado mayor Domingo de Brito [Lomelín], su tío, vecino de ella. Ordena que empezándose la obra del crucero de esta iglesia parroquial, se den 100 pesos de limosna para ayuda de la obra. Confirma se den 10 pesos de limosna cada mes hasta cumplirse el año, para ayuda a la obra y fábrica del convento que se está haciendo en esta villa, de la Sagrada Religión de los Descalzos de Nuestro Padre San Francisco con advocación a San Antonio de Padua, entre otras disposiciones.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0065 · Stuk · 1693/10/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], vecina de esta villa, viuda, mujer que fue de Salvador de Brito Lomelín, difunto, dijo que por cuanto tiene otorgado testamento abierto en esta villa, y al presente por vía de codicilio se le ofrece declarar y añadir las cláusulas siguientes: Declara que en dicho testamento mandó se le diese a doña Antonia Gutiérrez, su nieta, hija del Alférez Juan Gutiérrez de Aguilar y de doña Ángela de Brito, su hija, vecina de la ciudad de los Ángeles, un negrito su esclavo nombrado Francisco Rodríguez, y porque dicho negrito lo vendió al Capitán Francisco de Brito [Lomelín], su hijo, en cantidad de 150 pesos, del cual no la ha hecho escritura, ordena que si falleciera sin hacerla, manda se le haga por sus albaceas, y en lugar de dicho negrito manda se le dé a la dicha Antonia otra negra nombrada Ana de la Cruz [roto]. Declara que como consta en dicho testamento mandó 100 pesos a doña María de Brito, su nieta, hija de Diego de Brito Lomelín, los cuales se sacarán del valor de 300 pesos de la tejería que declaró por sus bienes en dicho testamento. Ítem declara que en la hacienda trapiche nombrada San Antonio que quedó por bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, su hijo difunto, tiene 1 000 pesos que le legó, por tanto declara dicha cantidad por sus bienes. Manda que de dichos 1 000 pesos se le den a Diego de Brito Lomelín, su hijo, 400 pesos que de ellos le manda. Y en atención a que su testamento tenía nombrado por tutor y curador de la persona y bienes de doña Josefa de Brito, su hija, al citado Antonio de Brito Lomelín, difunto, en cuya atención nombra por tutor y curador de la persona y bienes de la susodicha al Capitán Francisco de Brito, así como también lo nombra como primer albacea.

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