Doña Ángela Francisca del Pino, vecina de este pueblo, viuda de don Bartolomé Salvo, con testamento hecho, ahora por vía de codicilio manda que a don Manuel de Boza, Cajero Mayor de su casa, se le den 500 pesos en cada año.
CODICILIOS
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Cobdicilio de Juan Martín de Abreo[Abreu],vecino de este pueblo, por el cual ordena que su esposa María Rodríguez sea la tenedora de todos sus bienes y tutora de sus menores hijos.
Manuel de Riveros, vecino de Jalapa, por vía de codicilio declaró: que revoca los albaceas nombrados anteriormente, y nombra por tales a su mujer Teresa de la Gasca y Ortega y a Don Alonso de Ceballos, vecino de esta jurisdicción; asimismo, dijo haber procreado a otros 2 hijos, y los nombró también como sus herederos.
Juan López Ruiz, vecino de Los Angeles, por vía de codicilio modificó una cláusula de su testamento y revocó una donación de 200 pesos al Clérigo Juan del Moral, su sobrino. Asimismo, dispuso que de sus bienes se le dieran 200 pesos de oro común a su prima María de las Nieves, viuda de Gaspar González.
María de las Nieves dio carta poder a su hijo Diego del Moral y a su sobrino Juan del Moral, para que en su nombre cobren 200 pesos de oro común de los bienes y herederos de Juan López Ruiz, que por codicilio mandó se le diesen.
Codicilo de María Balera [Valera], vecina de nueva ciudad de la Veracruz, por el cual, entre otras cosas, dispuso se le den a Juan del Moral, maestro de zapatero y vecino de este pueblo, 4 pesos, y se paguen de sus bienes; así como la venta de uno de sus esclavos para sufragar los gastos de su funeral.
Isabel Tamayo, dueña de la Venta de Lencero, natural de la Antigua Veracruz, dio su poder cumplido a su hijo Damián Tamayo para que en su nombre haga y ordene su testamento; no obstante haber hecho uno y varios codicilos, y porque al parecer no alcanzan sus bienes para pagar ciertas deudas, revocó una cláusula donde mandó a Leonor Romero, una esclava de 15 a 16 años, por lo arriba referido.
Codicilo de Luisa Ordoñéz, vecina de Jalapa, viuda de Manuel Rodríguez de Maya, por el cual dijo que de las mulas, yeguas, una mulata Andrea, y otras casillas declaradas en el testamento que hizo el 11 de mayo de 1643 en Jalacingo, no ha quedado nada porque todo lo vendió.
Doña Francisca de Vieyra y Sousa, natural de Sanlúcar de Barrameda, vecina de la Ciudad de Veracruz, con testamento otorgado el 10 de octubre de 1804, añade a él por vía de codicilio, a la cláusula tercera referente a los encargos que le dejó su difunto hermano don Juan de Vieyra y Sousa, que la capellanía que se ha de fundar con el principal de 2 000 pesos, se deberán imponer en finca segura en este suelo o donde pareciere a sus albaceas, la cual deberá recaer siempre en sujeto pobre, virtuoso y de buena conducta. Y si por falta del principal completo su capellanía no pueda ordenarse, nombra por patrón de ella a su albacea, don Manuel Antonio del Valle, quien precisamente deberá hacer la primera fundación y nombrar por primer capellán al que le pareciere. Y en el caso de no querer continuar con el patronato, nombrarán a la Venerable Mesa de la Orden Tercera de Penitenciaria de esta Villa, y recayendo en ella, nombraría ésta en lo sucesivo al capellán que deba sostenerla, el cual deberá no estar ordenado de presbítero y que no lo hagan por falta de capellanía, pues teniendo ésta no se les aplicará la que se ha de fundar, prefiriendo a cualesquiera de la línea sanguínea de su hermano don Juan de Vieyra y Sousa.
Don Miguel [José] de Zavaleta, Clérigo Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles vecino de esta Villa, con testamento hecho el 16 de diciembre de 1806, declara que por vía de codicilio, nombra a un nuevo albacea, al Presbítero don Francisco Pablo Verenguier, para que venda y remate en almoneda todos los bienes existentes, para la más pronta satisfacción de las deudas y créditos particulares señalados en la memoria secreta dejada.