CASAS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0017 · Unidad documental simple · 1693/04/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Maldonado, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Jerez de la Frontera en los Reinos de Castilla, dijo que por cuanto tiene otorgado su testamento fecho en la ciudad de los Ángeles y al presente por vía de codicilio manda lo siguiente: Declara que ha criado en su casa a María, niña española, huérfana, que será de edad de diez años, a la cual por el amor que le tiene manda se le den de sus bienes 300 pesos, dicha cantidad está en poder del Capitán Pedro López del Castrillo, su yerno. Declara por sus esclavos a Alfonsa Maldonado, mulata, Francisca y Teresa hijas de dicha Alfonsa; a Juan Manjarres [Manjarrez] y Diego Maldonado, mulatos; a Petrona negra cocha, que será de edad de nueve años, que al presente está en poder de doña Francisca de la Torre [Mercado], vecina de la ciudad de los Ángeles. Asimismo, declara por sus esclavos a Nicolás, mulato; a Antonio Congo, Félix y María Conga, negros. Declara que por lo bien que le han servido los dichos Juan de Manjarres [Manjarrez], Diego Maldonado y Alfonsa Maldonado, es su voluntad que desde el día del fallecimiento de doña María de Manjarres [Manjarrez Azañón], su legítima mujer, a los susodichos se les otorgue la libertad. Por el amor y voluntad que le tiene a Francisco del Castrillo, su nieto que será de edad de cuatro años, hijo legítimo del Capitán Pedro López del Castrillo y doña Josefa Maldonado, su hija, manda se le dé por su esclava a Francisca, mulata, que será de edad de trece años, hija de Alfonsa Maldonado, para que la tenga como suya, con obligación de que no la ha de poder vender durante los días de la vida del susodicho. También manda se le dé a doña Gertrudis, niña, su nieta, la esclava negra cocha nombrada Petrona; y a doña Josefa Maldonado, su hija, le manda la mulatilla nombrada Teresa, de edad de diez años. Menciona por sus bienes una casa de piedra y madera, a la cual impone doce misas rezadas en cada un año perpetuamente. Declara que debe a Diego de Brito Lomelín, vecino de esta villa, 28 pesos; y señala como su deudor a don Isidro Sánchez, por cantidad de 220 pesos, manda se cobre [roto]. Por último manda se digan doce misas rezadas por la limosna ordinaria para las almas de aquellas personas “en que yo pueda ser encargo”; y otras veinte misas rezadas para el alma de los naturales.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0039 · Unidad documental simple · 1691/08/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Millán, vecino de esta villa de Córdoba, y Sebastiana Cid, su legítima mujer, la susodicha con licencia previa de su marido, otorgan que vende a Juan Rodríguez Durán, vecino de esta dicha villa, Alcalde Ordinario de ella por su Majestad, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, con 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, ubicada en la calle que sale de las casas principales de Joseph de Leyva [José de Leiva] para el camino real que va a la Nueva ciudad de la Veracruz; linda por mayor parte con casa de Juan de los Santos [Cubillos], y por la otra con casa de Gerónimo de Leyva [Jerónimo de Leiva], y hace frente calle en medio con solar de Joseph Gomes [José Gómez]. La casa la venden con patio, pozo y horno de coser, en precio de 500 pesos.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0030 · Unidad documental simple · 1701/05/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Isidro Sánchez de la Llama, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Colana en las Asturias de Oviedo, hijo legítimo de Bartolomé Sánchez y Catalina Álvarez, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que tiene cuentas corrientes con Antonio Fernández de Obregón, vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, vecino de la ciudad de los Ángeles. Ítem declara que tiene por su propiedad una casa de madera, cubierta de teja, en donde vive, en esquina que hace frente a casa de Pedro Trillo de Figueroa y el solar en que está edificada con 25 varas de frente y 50 de fondo; una tienda, atendida por José Núñez; y una mula ensillada. Ítem declara estar casado con Magdalena Navarro, vecina de esta villa, viuda de Francisco Núñez. Ordena que le den a su mujer 200 pesos en reales, asimismo, la cama, sábanas, almohadas y lo demás que fuere de ropa y servicio de la cama; y también manda 100 pesos Catalina Navarro, hermana de su mujer, en remuneración de la asistencia que le tuvo. Nombra albaceas testamentarios a Gaspar Rendón y Juan de Piña, vecinos de esta villa, para que hagan inventario de sus bienes y los vendan y rematen almoneda o fuera de ella como les pareciere. Finalmente, como no tiene herederos, ascendientes ni descendientes, pide que el remante que quede de sus bienes lo convierta en misas por su alma.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0025 · Unidad documental simple · 06/04/1786
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Matías Romero, vecino de este pueblo, como albacea de su difunta hermana doña María Romero, dijo que dicha difunta tenia sobre su casa la cantidad de 150 pesos, de los cuales 100 pesos recibió doña Isabel de Castro, su madre, en depósito irregular del Doctor don Manuel de Olmedo como mayordomo que fue de la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción de este pueblo, y no habiendo dejado la difunta otro bien mas que la casa de su morada, se ha convenido con el mayordomo actual de dicha cofradía, don Francisco Javier López, que dicha cantidad de 150 pesos más 123 pesos 6 reales que gasto la cofradía en gastos del entierro, en total 273 pesos 6 reales, queden sobre dicha casa en calidad de depósito irregular, cuya casa se ubica en la calle de la caridad.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0028 · Unidad documental simple · 19/04/1786
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Ignacio de Herrasti, vecino de Jalapa, albacea testamentario de doña Ignacia Montañés de la Cueva, viuda del Capitán Alonso de Alba, como apoderado de los herederos de dichos difuntos y marido de doña María Ignacia de Alba, hija de los citados difuntos, otorga que vende una casa que dejaron sus suegros, a favor de doña Juana Manuela de Alba, heredera de los difuntos y mujer legítima de don José Miguel de Iriarte y Lezeta, vecina de este pueblo, cuya casa hace frente con casa de don Francisco Javier Fernández de Ulloa, calle de Tecuanapa en medio, al oriente con casa de don Mariano Antonio de Campo, al sur con casa que llaman de los Hornos propia de don Ignacio Javier de Urrutia y Landaburu y al poniente con casa de la viuda de Bernardo Gómez, La venta la hace en 6,000 pesos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0007 · Unidad documental simple · 1831/01/17
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María de Goiri, residente en este suelo, otorga poder especial a don Francisco Fernández y Agudo, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones pueda gravar e hipotecar una casa de edificio alto y bajo, de su propiedad, ubicada en esta ciudad a la calle Principal, haciendo frente con las que fueron del finado don Domingo Franceschi. Para que sobre dicha casa imponga el capital o capitales que quiera tomar, ya sea de las arcas de los conventos, del cofre de las catedrales o de personas particulares, con el premio permitido del 5 por ciento por el tiempo que a bien tuviere. También, le da poder para que proceda a la enajenación de una huerta ubicada en esta ciudad y sitio que llaman del Molino Viejo, en el precio que le pareciere.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0057 · Unidad documental simple · 1831/04/14
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Lucia Castro, mayor de edad, que se gobierna por sí sola, vecina de este suelo, dijo que el año pasado de 1828, vendió a doña María Francisca Peredo una casa que poseía por propia, ubicada en esta ciudad, haciendo esquina a las calles de San Francisco y del Ganado, con su frente principal al sur y del otro lado el cementerio de la iglesia de dicho San Francisco, por el costado de oriente linda con el callejón nombrado de la Sierpe o de Acazingo, y del otro lado casa de don Joaquín Mora, por el costado de poniente linda con dicha calle del Ganado, y del otro lado casa que fue de José Antonio Acosta y María Josefa Bravo, y por el norte, que es su fondo, linda con casa que fue del Presbítero don Antonio Zarate. Venta que la otorgante realizó ante el escribano don Juan Francisco Cardeña, y de la que éste señaló al pie de la copia de la escritura que entregó el original al alcalde cuarto, que era entonces don Dionisio Camacho, para que lo agregase al protocolo de este oficio público, mismo que no se encuentra ni suelto ni agregado, por lo que la comparente a través de la presente formaliza y ratifica dicha venta a doña María Francisca, al precio de 3 000 pesos, que desde la fecha antes mencionada le fueron entregados.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0059 · Unidad documental simple · 1831/04/14
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mariano Cadena, de esta vecindad y comercio, dijo debe a don Joaquín Fernández del Campo la cantidad de 418 pesos 6 reales y se obliga a pagar en los últimos días del mes de junio del presente año, con los réditos del 5 por ciento anual. Por dicha deuda, hace hipoteca especial de una casa de edificio bajo que por propia posee en esta ciudad, ubicada en esta ciudad en el barrio nombrado de la Laguna, haciendo esquina al camino Nacional de Veracruz y callejuela que la misma Laguna guía para los Berros, siendo los dos frentes de dicha casa al norte y poniente, por el primero mira a accesorias del difunto don José de Castro y por el segundo con casa que fue del finado don Juan de Anieva, y por los rumbos del oriente y sur linda con terreno perteneciente a la cofradía de la Pura y Limpia de esta parroquia. Cuya finca deslindada, se obliga a no vender ni grabar hasta que la deuda este pagada.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0079 · Unidad documental simple · 1831/05/31
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Cecilia Toral y Manuel Toral, sobrino de la primera, de quienes dieron conocimiento don Manuel Patiño y don Fulgencio Ochoa, asegurando que son vecinos de esta ciudad; dijeron que son únicos herederos de doña Ana María Toral, quien falleció después de estar enferma por algún tiempo, y durante su enfermedad le estuvo ministrando para alimentos y medicinas el Presbítero don José Policarpo Rodríguez, siendo el monto de los que franqueó este señor la cantidad de 588 pesos 3 y medio reales. Por los cual, los comparentes se obligan a pagar dicha cantidad a José Policarpo, abonándole lo que produzca el arrendamiento de una casa de la referida finada, entretanto se proporciona su venta, en cuyo caso le exhibirán todo el resto de lo que se le esté adeudando. Para seguridad hipotecan de la referida casa de la testamentaria, ubicada en esta ciudad en la calle Alfaro, misma que no gravará ni enajenará hasta que la deuda este pagada.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0084 · Unidad documental simple · 1831/06/20
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel Cruz y Bremont, hijo de don Anastasio Cruz y de doña Catarina Bremont, difuntos; otorga su testamento en la forma y manera siguiente: ordena sea sepultado en la forma que parezca sus albaceas. Manda que sus bienes libres después de deducido el quinto de sus bienes se destinen 12 pesos para darles 4 reales a cada uno de 24 pobres que se solicitarán para que asistan a su entierro. Ordena que los gastos de su funeral y entierro, no se tome del quinto de sus bienes. Declara que es soltero. Expresa que tiene una hija nombrada María Dolores Eulalia Cruz y Ochoa, de edad de veintidós años, doncella, que hubo con doña Felipa Ochoa que, por fallecimiento de ésta, dicha niña quedó en su poder y él crio y educó en su casa y compañía. También hubo otra hija nombrada Juliana, de trece años, con doña Antonia Hernández, mujer libre que aún vive. Declara por bienes la casa de su morada, situada en esta ciudad, frente a los lavaderos de Techacapa; una casa con su frente a la calle de las Damas y otra casita baja en la calle de Santiago, perteneciente a su hija Eulalia, que heredó de su madre doña Felipa; un solar con paredes viejas en la calle de las Damas; un rancho nombrado el Pinillo, lindando con tierras del Castillo, Ánimas y Agua Santa, en éste cantón; otro rancho en la jurisdicción de San Juan de los Llanos, estado de Puebla, nombrado Tesoquitipa; dichos ranchos y la casa que va para los Berros fueron de su tío don Pedro Mariano Cruz, que por muerte de éste pasaron a poder del padre del comparente, quien pagó transacción judicial a los acreedores de su tío, pasando de esta forma a ser de su propiedad. Manda que el quinto de sus bienes se aplique a su hija María Dolores Eulalia Cruz y Ochoa, y que el remanente de sus bienes se divida en dos partes iguales, de las cuales manda que una se le aplique a su hija Juliana Cruz y Hernández, calculando dicha cantidad, en la casita baja de la segunda calle de Lucero, y la otra mitad a su intimo y antiguo amigo don Diego Briseño, partibles en toda igualdad con la nominada hija doña Juliana Cruz. Referente a la cláusula quince, respecto a la casita situada en la calle de Lucero, ordena que mientras viva y no se case doña Antonia Hernández tenga el usufructo de ella, pero sin poderla gravar ni enajenar, en caso contrario, se entregará a su hija Juliana. Declara que excepto los 200 pesos que a favor del convento de San Francisco se reconocen sobre la casa de vecindad no debe a nadie, y que a él se le debe lo que encontrarán en una lista. Nombra a don Diego Briseño por curador ad bona de sus hijas Eulalia y Juliana. Por su albacea y tenedor de bienes nombra a don Diego Briseño y por su fallecimiento o imposibilidad a don José María Becerra, de esta vecindad.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO