Don José Miguel de Iriarte y Alba, de esta vecindad, dijo que por cuanto este día acaba de otorgar obligación en favor de don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, por cantidad de 1 000 pesos pagaderos en el término de dos años, contados desde hoy, con más sus premios de 5 por ciento anual. En cuya obligación se constituyó por su fiador don Juan Lucas de Olavarrieta, también de esta vecindad, y deseando caucionar a éste de toda responsabilidad por el servicio que le hace en caso de sufrir el lasto, hipoteca a su favor la parte que le pueda corresponder en el valor de la casa que fue de la habitación de su señora madre, doña Juana Manuela de Alba, ubicada en esta villa, haciendo esquina a las calles del Beaterio y de Alba, con frentes al norte y oriente, la cual no podrá enajenar hasta que no esté satisfecho íntegramente el principal e intereses.
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Don Cayetano Gándara, de este comercio y vecindad, y doña Ana Josefa de Abraga, su esposa, ella con su respectiva licencia, otorgan que venden en favor de don Guillermo de Espino, labrador, vecino de esta jurisdicción, una casa de paredes de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, con unas viviendas altas al confín por el rumbo del oriente y todas las demás bajas, con su horno, amasijo y útiles para hacer pan y una pila de agua corriente, en esta villa, en el confín de la calle que llaman del Beaterio, con la que hace su frente principal, y a la boca de la calle que va para los ingenios, mirando hacia el sur, y del otro lado, en su principio, casa de don José Domingo de la Rocha, por cuyo rumbo tiene 37 y media varas y 35 y media de fondo hacia el norte, por su confín hacia el oriente; y por la otra mitad hacia el poniente con 24 varas y por cuyo rumbo linda con el de casa de doña María Josefa González y Echeverría y hermanas; por el costado del oriente hacen otro frente las viviendas altas, a una callejuela que nace en el callejón de la Cerbatana o de las Bochas de Arrieta y se une con la citada de los Ingenios, y del otro lado huerta cerrada y paredones de los otorgantes y otras casitas de distintos dueños, haciendo esquina dichas viviendas altas; y por el costado del poniente linda con el de casa concursada del finado don Pedro Martín del Puerto Vicario. Cuya deslindada finca es la misma, que hubieron por mitades ambos otorgantes por herencia de doña Antonia Amaya, consorte del primero y tía de la segunda, y la misma que aquella adquirió por fallecimiento de su primer marido don Antonio Gomila. La venden con solo la hipoteca de 800 pesos de principal, que hoy pertenecen a la Tercer Orden de San Francisco de esta villa, que impuso Gomila sobre ella a premio de 5 por ciento por el término de cinco años. Y otros 2 000 pesos a que la gravó Antonia Amaya, en favor de don Juan Andrés de Azcarate, vecino de la Puebla de los Ángeles. Cuya enajenación la hacen por la cantidad de 6 500 pesos, 2 800 de ellos impuestos sobre dicha casa por el tiempo y orden que se menciona en el acta y los 3 700 pesos restantes que el comprador le ha pagado en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOMaría Rita Valero, de esta vecindad, de estado libre, mayor de veinticinco años de edad, otorga que vende en favor de María Josefa Campos, de esta vecindad, una casita de paredes de piedra y lodo, cubierta de madera y teja, ubicada en esta villa, en la calle que nombran de San Juan, que nace en la plazuela del Carbón y sigue para la Cruz Verde y camino de Naolinco, a la que hace su frente hacia el sur y del otro lado solar de José Barradas; con 16 varas de fondo al norte, por donde acaba con solo 8 varas, por donde linda con solar de don José María Hoyos; por el costado del poniente linda casa de Cristóbal Montes de Oca; y por el del oriente con casas de Francisco de León. Cuya casita es la misma que hubo y compró de don José María Hoyos, por escritura pública en esta villa a 13 de enero de 1821. La vende en precio de 200 pesos en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Javier de Olazábal, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en este suelo, otorga poder especial al licenciado don José María Serrano, también vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación celebre contrato de arrendamiento de una casa alta y baja, ubicada en aquella ciudad, en la esquina de la calle de San Juan de Dios y de las Damas, perteneciente al heredero o herederos del finado don Francisco Septiem, cuyo contrato sea por el tiempo de 10 años, con el precio inalterable y las condiciones que convengan. Además, que vencido el término del arrendamiento se otorgará otro nuevo, siempre que la finca esté en estado de ser arrendada. También, que cualquier enajenación que de ella se hiciere durante este arrendamiento será sujeta al cumplimiento sin variación y que, por su fallecimiento su esposa e hijos han de cumplir hasta su término este contrato.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Manuel López Bueno, natural de la Nueva Veracruz, hijo de otro don Manuel López Bueno y de doña María Méndez Granda, ambos difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con doña Josefa Paula Moya, siendo de estado viuda, la que trajo a este matrimonio unos 800 pesos y él tendría unos 18 000 valor a que ascienden sus casas, afectas a 7 000 de principales diferentes, cuyos apuntes de dichas hipotecas están en poder de don Pedro Antonio del Paso y Troncoso y de cuyo matrimonio no tiene hijo alguno. Declara como bienes las fincas dichas, de que tienen conocimientos sus albaceas, ubicadas en la Nueva Veracruz, las que han sufrido desgaste por las hostilidades del Castillo de Ulúa, quedando en estado ruinoso y agregado el retraso de premios de los capitales indicados, le hacen presumir el atraso de sus haberes. Además, declara que están afectas a un legado de su padre de 800 pesos, la mitad de ellos para invertirlos en limosnas a pobres de aquella ciudad y la otra para misas de las Almas del Purgatorio, que encarga a sus albaceas que lo cumplan, de toda preferencia ya que no le ha sido posible verificarlo. Nombra por sus albaceas a la citada doña Josefa Paula Moya, su esposa, y a don Pedro Antonio del Paso y Troncoso, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz. Y en atención a no tener heredero forzoso, ascendiente ni descendientes, su voluntad es que den al erario nacional 3 000 pesos para sus gastos y urgencia y el resto lo herede su esposa.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Juan Lucas de Olavarrieta, de esta vecindad, como albacea del difunto de don Juan de Unanue, que fue del comercio de la Nueva Veracruz, tutor y curador de sus menores hijos y herederos, otorga poder especial a don Pedro Nolasco de Unanue y jiménez, hijo emancipado del mencionado don Juan de Unanue, para que en su nombre y representación perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de don Juan José de Iraeta, también del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad que le adeuda a la testamentaria de su cargo, por razón de arrendamiento de la casa pro indivisa que fue del difunto Unanue, ubicada en la misma ciudad, y para celebrar con este u otro tercero, nuevo arrendamiento de la finca por el término, precio y condiciones que convengan.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Vicente de las Casas, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Bernardo de Elías Vallejo y don Antonio Juille y Moreno, albaceas del finado don Juan Melitón de Lascurain, la cantidad de 753 pesos 7 reales y 4 granos, los mismos que en la cuenta de división y partición de los bienes de aquel se aplicaron a su madre; y como resultase que ésta no le sobrevivió, han aplicado este haber a sus tres hijos naturales, para engrosarles sus cortos bienes, aumentándole a cada uno 251 pesos y dos reales, a Juan Manuel, José María Julián y a Pomposo Lascurain y Altamirano. De forma que, con los 538 con dos [reales] que correspondió a cada uno en la división, monta su haber íntegro 789 pesos 4 y medio reales; y cuya suma, dicha al inicio, se da por entregado a su entera satisfacción, de que otorga a favor de los albaceas recibo en forma. Y se obliga a tener dicha suma en su poder, por vía de depósito irregular, cuarta y fiel encomienda, por el término o espacio que dure la menoría de cada uno de ellos, o de otra manera se habiliten para recibir cada uno su haber; y les ha de acudir en el entretanto con el acostumbrado y permitido premio de 5 por ciento para subvenir en parte a su subsistencia; para asegurar el pago en favor de los menores, hipoteca dos casas bajas que posee en esta villa, haciendo esquinas al confín de la calle de San Francisco de Paula y principio de la Laguna, y callejuela que de ellas nace para la curtiduría de don Luis de Zárate y paseo que nombran de los Berros. Señala que dichas casas actualmente las está reedificando, las cuales compró del concurso del finado don Joaquín Toraño a quien pertenecieron.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANOEl presbítero don Eduardo José Estefanía de Tejada, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, otorga poder especial al presbítero don Luis Zavaleta, vecino de la ciudad de la Puebla, para que en su nombre concurra ante el Superior Juzgado Eclesiástico de la misma ciudad, a tomar por su colación canónica de la capellanía que se le acaba de conferir por el ilustrísimo señor obispo doctor don Antonio Joaquín Pérez Martínez, y es la que con el principal de 3 772 pesos, con cargo de doce misas rezadas en cada mes, fundó don Francisco Félix de Estrada; cuyo principal reconoce don Juan José de Erazo, sobre una casa ubicada en la Nueva Veracruz, en la calle de la Amargura. Para cuyo acto haga a su nombre las protestas de la Santa Fe Católica según costumbre y juramento.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANODon José de la Fuente, residente en esta villa, como albacea único de su abuela paterna doña Juana Robledano, otorga que da en arrendamiento en favor de doña María Margarita Barradas, viuda del finado don Cipriano Pensado y Navarrete, dos casas, la una alta y baja, y la otra contigua y baja, situadas en esta villa. La primera casa hace esquina a las calles de Belén e Imperial, en la presente fecha nombrada Nacional, con su frente principal al oriente; y la segunda con su frente al norte, lindando con el fondo de la primera; dichas casas pertenecen a la testamentaría de la citada Robledano. Éste se hizo bajo las condiciones siguientes: El arrendamiento es por el tiempo de cinco años que empieza a contarse a partir del primero de agosto del presente, por el precio en cada uno de 700 pesos. Si la inquilina falleciere, los familiares seguirán pagando el arrendamiento.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANODon Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, dijo que el 15 de septiembre del año pasado, otorgó una escritura de obligación y reconocimiento en favor de Pomposa Cortés y Altamirano y María Porfiria Cortés y Altamirano, por cantidad de 1 040 pesos, mitad para las dos, y se obligó a reconocer a premio corriente durante la menoría de aquellas, para seguridad del premio hipotecó dos casas que posee en la plaza Principal de esta villa y calle Ancha. Señala que ha franqueado de ese capital 420 pesos para alimentos, vestuarios y otros precisos de las interesadas, que ha distribuido y presenciado la citada su madre y don José Vicente de las Casas, como en representación de aquellas; por lo cual su obligación solo queda reducida a 600 pesos, consintiendo esta declaración la antedicha madre y Vicente de las Casas.
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