Don Francisco Fernández y Agudo, vecino y del comercio de esta villa, regidor del Ilustre Ayuntamiento Constitucional, en uso del poder general que a su favor sustituyó don José Ignacio de Cendoya, del comercio de Veracruz, nombrado en primer lugar por don Juan Francisco de Abaroa, vecino de este suelo, residente en la Habana; otorga que ha recibido de don Juan Francisco de Abaroa, la cantidad de 3 000 pesos, de los bienes del finado de don José Ignacio Siloniz, vecino que fue del pueblo de Teotitlan del Camino, de los que otorga recibo. Cantidad que el compareciente, se obliga a tener por vía de depósito irregular, por el tiempo de nueve años, que deben contarse desde el primer día del corriente mes, a contribuir en cada año el rédito de un 5 por ciento, para subvenir a la voluntad del mismo Siloniz, quién ordenó fundar y establecer con la cantidad de 3 000 pesos, una escuela pública en el pueblo de Teotitlan del Camino a cargo de maestro honrado y buen cristiano, para que enseñe a todos los niños de la jurisdicción sin que dicho maestro les cobre, pues con el rédito de la indicada cantidad deberá contar para sus alimentos. Y pide a los señores curas del lugar cuidar el desempeño de dicha causa y para ello los nombra Patrones de dicha fundación. Y en favor de esta fundación, hipoteca una casa de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja que tiene Abaroa en esta villa, haciendo esquina a la primera cuadra de las calles Real y de la Raqueta, con su frente a la primera hacia el sur y del otro lado casa alta de doña Josefa María Gómez de Estrada; por su fondo al norte, linda con el costado de casa baja de don Miguel de Garagorri, vecino de Puebla; por el costado del poniente, linda con casa baja que fue del finado Francisco de Paula Franceschi y Castro; y por el del oriente que hace frente a la calle de la Raqueta tiene del otro lado la casa de los herederos de don Juan Antonio de Espinosa. Cuya deslindada finca que no reconoce en sí, sino tan solamente el de 1 000 pesos pertenecientes al principal de la capellanía, que sirve actual al señor prebendado don José Nicolás Maniau y Torquemada, canónigo de la Catedral de México, cuya casa es libre de otro empeño, censo e hipoteca; y es la misma que el mencionado Abaroa hubo y compró de don Manuel Fernández del Campo, en esta villa su fecha a 28 de noviembre de 1818. Finalmente se obliga a no vender, enajenar dicha casa, hasta estar pagado este principal y sus premios.
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Don Pedro Martín del Puerto Vicario, de esta vecindad, dijo que en uso del poder especial que le concedieron los hermanos y herederos ab intestato del finado presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso y con la licencia del juez procedió a la formación de los inventarios extrajudiciales, aprecio de los bienes, cuentas y división entre los legítimos participes; asimismo, todo aprobado por el Alcalde Constitucional primer nombrado don José Ruiz Sánchez por su auto del 11 de abril del presente año, resta solo el otorgamiento de la escritura de adjudicación que le hizo a doña María Tiburcia Rubio Roso de una casa que adelante se expresará. Y cumpliendo con ella, otorga que adjudica, aplica y entrega a doña María Tiburcia, una casa baja de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, con el frente que le corresponde y su fondo respectivo, ubicada en esta villa en la calle que nombran de Velen [Belén] a la que hace su frente al oriente y del otro lado casa que fue del finado don Mariano Ladrón de Guevara, por su fondo al poniente, linda con casa del concurso de Rivero; por el costado del norte, con el de casa alta de los herederos de doña Juana Robledano y por el costado del sur, con el de casa baja que fue de doña Josefa de la Torre. Cuya deslindada finca es la misma que el finado presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso hubo y compró de los albaceas de la mencionada Robledano por escritura que su apoderado otorgó a su favor en esta villa a los diecisiete de agosto de 1820. Y es la que ahora adjudica a la referida doña María Tiburcia por libre de empeño, censo e hipoteca por la cantidad de 2 312 pesos que es el valor que señalo en la adjudicación o hijuela, otorgando asimismo recibo en forma.
Zonder titelJosé Félix Domínguez, vecino de esta villa, dijo que don José Catarino Arellano, de la misma vecindad, le presta la cantidad de 100 pesos en moneda corriente del cuño que circula, bajo el rédito de 5 por ciento anual, los cuales se obliga a pagar por el término de seis meses. Y en favor de Arellano, otorga recibo en forma entregándole para mayor seguridad, en calidad de empeño los títulos de propiedad de una casita situada en el camino que sale para Veracruz, lado sur de la misma, que podrá vender sin citación del otorgante, sino cumple con dicho plazo y al cumplimiento de esta escritura de obligación.
Zonder titelDon Francisco Álvarez, hijo mayor del difunto don Bartolomé Álvarez; don Diego Briseño su albacea y tutor de los menores y don Juan Bautista de Campo, curador ad litem de los propios dijeron que, con previa licencia judicial dada por el señor Alcalde Juez Político, otorgan que venden, ceden y traspasan a don Juan Bautista de Lezama, vecino de Veracruz, una casa de piedra y madera baja, cubierta de teja, situada en esta villa, en la calle que llaman de San Francisco de Paula con la que hace frente y esquina, que linda por ella hacia el norte con casa contra esquina de don José Bocelo, la otra esquina con casa que fue de don Lucas Rosete, por el oriente linda con casa y solar de María Ruiz, hija de la difunta Josefa Molina, por el sur linda con casa que fue de la viuda de don Juan Garcés, y por el poniente, con el callejón de San Miguel esquina de don José Rodríguez. Cuya casa quedó por bienes del dicho Bartolomé y éste la hubo y compró a don José Manuel Rosendo y don Francisco Ramírez, albaceas de la difunta Josefa Molina, según escritura pública que otorgaron a su favor su fecha en esta villa a 14 de diciembre de 1793. Dicha casa la vende en la cantidad de 4 000 pesos de contado.
Zonder titelDon Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad, como apoderado del capitán retirado de Ejército don Francisco Durán, marido y conjunta persona de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes, otorga que recibió, el 31 de diciembre próximo pasado, de don Juan Bautista Priani, residente en esta villa, emigrado del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 2 000 pesos en reales de contado. Que son los mismos que se constituyó a entregarle para el citado día, en parte del valor de la venta de una casa alta y baja que le vendió de la pertenencia de la citada Santa María, ubicada en la calle Real de esta villa, por escritura su fecha en esta villa a 25 de noviembre último y en la que le dejó hipotecada esta finca al pago de estos 2 000 pesos. Y otorga cancelación en forma, asimismo declara por libre de tal afección dicha finca, consintiendo que se anote en la misma escritura y sus traslados para que en esta parte no obre ni haga efecto.
Zonder titelJosé Antonio Moreno, de esta vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de don Juan Bautista Priani, de este comercio y vecindad, una casita de paredes de edificio bajo, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la calle de Mafara que es la que nace de la de San Miguel para la bajada de los Berros a la que hace su frente al norte, con 25 y media varas, y del otro lado casa de Juliana Chávez y 33 de fondo hacia el sur por donde termina con una cuchilla de 18 varas de ancho y por donde linda con el fondo casa de los herederos de don Antonio Bremón; por el costado del oriente linda con el de una casita de don Manuel Nava y Mota; y por el del poniente con el de casa que fue doña María Guadalupe Valle de Bandala. Cuya deslindada casita, es la misma que hubo y compró del finado maestro de albañilería Juan Manuel Rodríguez, por escritura que le otorgó en esta villa en 18 de marzo de 1816. La vende en la cantidad de 200 pesos en reales de contado.
Zonder titelJuliana Alarcón, de esta vecindad, de estado libre, otorga que vende, cede y traspasa en favor del presbítero don José Policarpo Rodríguez, también de esta villa, una casita de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja situada en esta villa, en el callejón que nombran de la Cerbatana o de las Bochas de Arrieta, que se compone de 7 y tercia de varas de frente hacia el norte, dicho callejón en medio, y del otro lado, solar de la casa de don Pedro Telmo Landero y González, y 15 y tres cuartas varas de fondo hacia el sur, por donde linda con el de la casa panadería que fue del finado don Antonio Gomila, por el costado del poniente, linda con el de unas accesorias de las herederas de don Francisco González, y por el del oriente, con el costado de otra casita del comprador. Cuya deslindada finca es la misma que hubo y compró de don Cayetano Gándara por escritura otorgada, en esta villa a 12 de septiembre de 1821. La venta la hace por 400 pesos en la condición que se menciona en el acta.
Zonder titelDon José Gago, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Antonio Velasco Quiroz, actual hermano mayor de la venerable Orden Tercera de Penitencia de esta villa, en cuya mesa reside el patronato de las fundaciones y obras pías del convento de San Francisco, la cantidad de 250 pesos en reales, otorgando a favor del convento recibo en forma. Cuyo principal es el mismo, que recientemente se ha redimido por parte del finado don Francisco de Castro Pérez. Y se obliga a tener en calidad de depósito irregular por el tiempo de cinco años o el demás de su redención, satisfaciendo el rédito de 5 por ciento anual para subvenir a las cargas de la fundación, cuya contribución hará hasta el día de la redención. Y para asegurar el principal, hipoteca una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera y teja, haciendo esquina a la penúltima cuadra de la calle del Calvario o Amargura y callejón para el Molino de San Roque, hace su frente principal hacia el oriente y del otro lado casa de don Carlos Arias, por su fondo al poniente, linda con el de casas de Antonio Choza y de don José Antonio de la Peña, por el costado del norte con el callejón dicho y casa de don Antonio Pérez Pensado, y por el de sur con el de casa que fue de doña Mariana Pérez Chamorro, de quién hubo y compró ésta, por escritura que pasó ante el presente escribano el 23 de marzo de 1810.
Zonder titelEl presbítero don José Alejandro de Campo, natural y vecino de esta villa de Xalapa, hijo de don Juan Francisco de Campo y de doña María Catalina Serrano, ambos difuntos, ordena su testamento en la siguiente manera: declara por bienes suyos, una casa de su habitación, otra contigua chiquita por el costado del sur; otra en la calle Nueva, libres de empeño o hipoteca, y otra en el callejón que nombran de los Tecajetes, junto a la de Vicente Barrientos, afecta a 500 pesos que cargo sobre ella, pertenecientes al hospital de Caridad de esta villa, titulado San Juan de Dios, quién recibe mensualmente sus intereses, y si éstos gustan se pueden quedar y adjudicar la finca en pago de su capital; entre otros bienes que se mencionan en el acta. Asimismo, declara no tener adeudos. Nombra por albacea a don José María Becerra, de este comercio y vecindad. En caso de que su citado albacea este sobre cargado de ocupaciones, que se le han de aumentar con el reciente nombramiento de Alcalde Constitucional de cuarta denominación, nombra por segundo albacea a don José María Berrio, de esta vecindad, para que le auxilie. Y al no tener heredero ascendente ni descendiente, nombra por únicas y universales herederas a sus dos sirvientas, antiguas y perpetuas a María Lorenza de Campo y María Guadalupe de Campo y Torquemada, en retribución de los buenos servicios. Y revoca y anula otros cualesquier testamentos, codicilos, poderes para testar u otras ultimas disposiciones que antes de esta hacha hecho de palabra o por escrito.
Zonder titelDon Francisco González, actual alcalde constitucional de tercera denominación, dijo que en uso del poder que le confirió don José Fernández de Castañeda; otorga que vende, cede y traspasa en favor de Juan Benítez de esta vecindad, una casita de madera revocada, muy arruinada, cubierta de teja, con pedazo de solar donde está ubicada ésta, que se compone el terreno de 15 varas de frente, que lo hace hacia el sur en la calle de Santiago, y del otro lado, casa de los herederos del difunto Patricio de Santa María, con 120 varas de fondo hacia el norte, por donde linda con solar que fue de Andrés Basilio, por el costado del oriente, linda con el de casa y solar de José Hilario Ortega y por el poniente con el de otra que fue de Juan Ayala. Cuya casita y terreno la hubo y compró su constituyente de doña Juana Jiménez en esta villa el 30 de junio de 1810. Y aunque la vendió al finado Miguel Viveros su fecha a 5 de agosto de 1811 y como aquel falleció sin haberle satisfecho su valor, sus herederos le hicieron devolución de ella. La vende en cantidad de 200 pesos en reales de contado.
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