Don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, albacea de su difunto padre don Juan Bárcena y Blanco, otorga que ha recibido de doña María Josefa, doña María Micaela y de doña María Francisca González y Guevara, de esta vecindad, la cantidad de 1 000 pesos de principal con intereses devengados hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo por el que otorgaron escritura de obligación y reconocimiento a favor de la testamentaria de su padre, en esta villa el primero de julio de 1815, con hipoteca especial de una casa y cuatro accesorias contiguas de su pertenencia, ubicadas en esta villa, en la calle de Alba y callejón de la Cerbatana o de las Bochas de Arrieta. En cuya virtud estando satisfecho el principal y sus réditos, declara a las González por libres de dicha obligación y a sus fincas exoneradas de tal gravamen, a cuyo efecto otorga la presente cancelación en forma.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOCASAS
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Don Alonso González de Castilla, vecino de la Nueva Veracruz, natural de Sanlúcar de Barrameda, mayor de ochenta y siete años de edad, hijo de don Juan González de Castilla y de doña Mariana Cebada, difuntos, ordena su testamento en el cual declara que es casado con doña María de la Luz Vicio, quién trajo al matrimonio 127 pesos y 2 y medio reales y 1 100 pesos más lo que recibió su esposa por herencia materna que pasaron a su poder. Declara como hijos a doña Mariana, de estado viuda; a don Diego, a don Juan y a don Miguel González de Castilla; a las difuntas doña Martina González de Castilla, que fue casada con don José Jaimes, difunto, de dicho matrimonio dejaron un hijo; y doña Manuela González de Castilla, que fue casada con don Manuel José Solórzano, quienes dejaron tres hijos. Declara por bienes una casita alta y baja situada en la calle de Santo Domingo de la Nueva Veracruz y otra baja situada en la Puerta Nueva. Ítem declara que por el año de 1819 entregó a su hijo don Diego 2 000 pesos, los mismos que le ha satisfecho en varias partidas, por lo que, en tal virtud, no hay que hacerle cargo ni reclamo alguno sobre este particular. Nombra por albaceas a su esposa, doña María de la Luz Vicio, y a su hijo don Diego González de Castilla. Y como únicos y universales herederos sus cuatro hijos y a sus cuatro nietos.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl presbítero don Juan Manuel del Valle y Vieyra, de esta vecindad, como albacea de su difunta madre doña María Josefa de Vieyra y Álvarez, quien a su vez lo fue de su consorte don Manuel Antonio del Valle, padre del otorgante, dijo que por fallecimiento de don José Ignacio de Uriarte, que fue del comercio de la Nueva España, y por el concurso formado por acreedores a sus bienes, se le remató a su citado padre la hacienda nombrada Nuestra Señora de Aránzazu, alías el Encero [Lencero], ubicada en esta jurisdicción de esta villa, su fecha en 3 de agosto de 1808, en la que estaban impuestos 30 000 pesos a premio de 5 por ciento pertenecientes al convento de religiosas de la Purísima Concepción de la Puebla de los Ángeles, los cuales, continuó reconociendo sobre la misma finca por escritura pública realizada en la ciudad de la Puebla, el 5 de diciembre de 1808, con condición expresa de redimir todo en el término de 5 años. Muerto su padre, sin haber realizado ningún pago, doña María Josefa de Vieyra solicitó prórroga de otros cinco años, la cual le fue concedida con la condición de garantizar la deuda con hipoteca especial de la hacienda del Encero [Lencero] y una casa baja y alta ubicada en la calle de la Caleta de Veracruz, de la que otorgó la escritura correspondiente, en la misma ciudad de la Puebla a 30 de septiembre de 1814. Y habiéndose cumplido el tiempo de la prorroga sin haberse efectuado la redención ni pagado la mayor parte de los réditos del año de 1821; en 1822 se entabló demanda por parte del convento acreedor en la ciudad de Veracruz, celebrándose remate de ambas fincas, fincándose la casa a don Francisco de Lizardi, como apoderado de su padre político don José Javier de Olazábal, por cantidad de 25 000 pesos pagaderos en la capital de México. En cuyo remate el otorgante consiguió que el comprador continué reconociendo la imposición de las capellanías que están impuestas sobre la misma casa, por el tiempo de un año a partir de esta fecha, mientras se aclaran las noticias y circunstancias que guardan las escrituras de sus fundaciones. En cuya virtud y restando solo el otorgamiento de la escritura, por la presente otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José Javier de Olazábal, una casa de paredes de cal y piedra, alta y baja, cubierta de madera, ladrillo y azotea, ubicada en la calle que nombran de la Caleta en la Nueva Veracruz, con su frente al poniente que se compone de 25 y media varas, calle en medio, y del otro lado casa alta de los herederos de don Alberto Herrero y 19 de fondo hacia el oriente, con más un pedazo; por el costado del norte linda con casa perteneciente a una obra pía que fundó don Diego Ortiz de Lagarchi; y por el del sur con el de otra que pertenece a don Martín de Olasagasti. Cuya deslindada finca, es la misma, que hubo por entrega y traspaso que le hizo su abuelo, don Juan de Vieyra y Sousa, a cuenta de lo que a su esposa, hija de aquel, pudiera pertenecerle de sus bienes, según escritura que de ello otorgó en la ciudad de Veracruz a 19 de mayo de 1795, dicha casa afecta en aquel tiempo a 2 500 pesos en favor del colegio de niñas de Nuestra Señora de Guadalupe de la Puebla de los Ángeles, que ya están redimidos, estando actualmente afecta con tres capellanías que se puntualizan en él acta. La vende por la cantidad de 25 000 pesos, de los cuales, 17 000 pesos que reconocerá por un año con el correspondiente interés y los 8 000 pesos restantes que entregará en una libranza en la ciudad de México, al cargo del apoderado por parte del convento de religiosas de la Concepción de la Puebla, el licenciado don Rafael Argüelles. Por último, el comprador declaró que hizo esta adquisición con la finalidad de obsequiársela a su esposa doña María Nicolasa Migoni, a quién tendrá por señora y dueña de dicha casa.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Francisco Díaz de la Rosa, actual mayordomo hermano mayor de la cofradía del Señor de la Santa Veracruz de esta parroquia, otorga que ha recibido del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, la cantidad de 500 pesos de principal con más los premios devengados hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo que le otorgó escritura de obligación y reconocimiento ante el presente escribano, en esta villa el 10 de octubre de 1809, con hipoteca una casa, ubicada en esta villa, en la calle del Beaterio con el frente al norte y bajo los linderos que en ella se expresan; la que por virtud de su redención declara dicha casa por libre de la afección, y dicha escritura por nula, rota y cancelada, consintiendo que así se anote y tilde en ella, como en el registro del libro de hipotecas para que no valgan.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Juan Bautista de Lezama, vecino y del comercio de esta villa, otorga que se constituye y obliga a subsanar y reponer a don Antonio María de Miranda, vecino y del comercio del pueblo viejo de Tampico, cualquier cantidad que tenga que lastar o sufrir, a consecuencia de la fianza que a favor del otorgante prestó el año pasado, por cantidad de 9 227 pesos 4 reales y 11 granos que le entregaron por aquella aduana nacional y le correspondieron como uno de los partícipes en el decomiso del bergantín goleta americano Washinton [Washington] Emmeline, cuyos autos se encuentran en este Tribunal de Segunda Instancia en virtud de la apelación que interpuso la parte interesada en dicho cargamento. Y para la mayor seguridad, hipoteca una casa de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, en una de las esquinas de la calle de San Francisco de Paula y la de San Miguel, con la tienda o almacén de géneros que en ella tiene y todos los demás bienes que posea. Además, se obliga a no vender ni enajenar, hasta no haberse autorizado la indicada sentencia.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Manuel José Domínguez, de esta vecindad, labrador en su jurisdicción, dijo que su nieta doña María Práxedis Martínez y Domínguez, de estado honesta y de dieciséis años de edad, hija legítima de don Ambrosio Martínez, difunto, y de doña María Josefa Domínguez, está por contraer matrimonio con don Joaquín Sedano, teniente del cuarto batallón permanente; y por cuanto, uno de los requisitos establecidos en el nuevo reglamento de primero de enero de 1796, es justificar la existencia de efectiva de 3 000 pesos fuertes, por lo cual, otorga que es su voluntad consignarle a su nieta 3 000 pesos, a fin de que tenga verificativo el enlace pactado. Y para la mayor estabilidad del principal lo asegura en dos casas de paredes, ubicadas en esta villa, de edificio bajo, cubiertas de madera y teja, una a la salida del camino Real de Veracruz, mirando al norte y del otro lado casa de José Viveros; por el costado del oriente linda con casa que fue de Antonio Mirón; por el poniente linda el solar todo cercado de piedra con un callejón que va para la Lagunilla; por su fondo linda con terreno que pertenece a la cofradía de la Pura y limpia [Concepción] de esta parroquia. Y la otra casa, también en terreno de la misma cofradía de cuyos pisos paga anualmente la renta. Dicha casa está ubicada en la calle que de la de San Francisco de Paula sigue para la de la Laguna, con el frente al norte y del otro lado casa de Juan Guevara; por el costado del poniente linda con casa de Antonio Salado; por el fondo al sur con callejuela que baja para los Berros y por el costado del oriente hace frente a una plazoleta que forman las dos calles y un solar en la antedicha calle de los Berros. Las que se obliga a no enajenar, hasta no estar redimido el principal de 3 000 pesos e impuesto en parte segura a disposición de la junta de gobierno de Montepío Militar, con arreglo a lo prevenido en el reglamento que trata de la materia. En caso contrario pueda la interesada o su consorte, el tribunal o junta de Montepío Militar, sacar las fincas de terceros, venderlas y rematarlas. Finalmente, en el entretanto no redimida dicho principal, contribuirá el 5 por ciento anual para ayuda a las cargas del matrimonio.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Gago, de este comercio y vecindad, otorga haber recibido 120 pesos de don Joaquín de Mora, como actual mayordomo de la cofradía de la Pura y Limpia Concepción de esta parroquia, y 100 pesos de don Francisco Díaz de la Rosa, como mayordomo de la cofradía del Señor de la Santa Veracruz, también de la misma parroquia, en reales de contado, cuyos principales son los mismos que redimió don José Fernández de Castañeda. Dicha cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular por cinco años, pagando el 5 por ciento de réditos anuales. En favor de las cofradías, hipoteca una casa de paredes, cubierta de madera y teja, en esta villa, ubicada en la penúltima cuadra de la calle del Calvario y de la del camino de San Roque, haciendo frente a la primera hacia el oriente y del otro lado casa del finado don Carlos Arias; por su fondo, al poniente, linda con solar de Antonio Choza; por el costado del norte hace el otro frente a la calle de San Roque y del otro lado casa de los herederos de don Antonio Pensado; y por el del sur con los herederos de doña Mariana Pérez Chamorro.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl presbítero don Francisco de Campo, vecino de esta villa, dijo que en la Puebla de los Ángeles el 5 de diciembre de 1819, otorgó escritura de obligación y reconocimiento por cantidad de 2 500 pesos en favor del convento de religiosas de Santa Clara, de aquella ciudad, por termino de cinco años y con réditos de 5 por ciento, con hipoteca de las tierras que nombran los Ojuelos, ubicadas en jurisdicción de esta villa, y una casa en la segunda cuadra de la calle Alba de esta villa. Y tratando de redimir 1 500 pesos de ellos, ha resuelto enajenar los Ojuelos, quedando el resto de los 1 000 impuestos solo sobre la casa; y con esta libertad enajenar las tierras. Y estando conformes las monjas interesadas, otorga que se obliga a reconocer los 100 pesos sobre la citada casa, por el tiempo de cinco años desde esta fecha, bajo las condiciones contenidas en aquella escritura que quedan vigentes, menos la hipoteca de los Ojuelos, que se venden como va dicho.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl presbítero don Francisco de Campo, de esta vecindad, otorga que tiene en su poder y debe realmente a la cofradía de Nuestra Señora del Carmen, de esta parroquia, la cantidad de 300 pesos que de sus fondos, le suministró el mayordomo que fue de ella, don José Fernández de Castañeda. Cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular, por el tiempo de cinco años a partir de esta fecha y a satisfacer en cada uno de ellos el 5 por ciento. Y para mayor seguridad del principal, hipoteca una casa de paredes, cubierta de madera y teja, en esta villa, situada en la segunda cuadra de la calle de Alba, con el frente al poniente y del otro lado casa de la difunta Juana Manuela de Alba; por el fondo al oriente linda con solar de don Martín Sánchez y Serrano; y por los costados del norte y sur con el de casas de don José María Becerra. Dicho principal es el mismo de que otorgó escritura de obligación y reconocimiento, ante el presente escribano, su fecha del nueve de febrero de 1810, en la que hipotecó las tierras nombradas los Ojuelos, que ahora quedan libres para enajenarlas, en virtud de este traslado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOMatías Mirón, de esta vecindad, otorga que ha recibido de María Gertrudis Córdoba, también de esta vecindad, la cantidad de 300 pesos, que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado y se obliga a satisfacer en el término de un año, a partir de esta fecha, junto con el rédito de 5 por ciento. Y para mayor seguridad de dicha cantidad, hipoteca una casita baja de paredes.
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